1076 1334-2002 - Autorizan inscripción de inspector marítimo cascos en el Registro del Sistema de Seguros

Fecha de disposición08 Enero 2003
Fecha de publicación08 Enero 2003
Pág. 236676
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 8 de enero de 2003
Judicial de Lima, Gerencia Central de Personal, Geren-
cia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NELLY CALDERÓN NAVARRO
Fiscal de la Nación
00286
S B S
Autorizan inscripción de inspector
marítimo cascos en el Registro del Sis-
tema de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 1334-2002
Lima, 27 de diciembre de 2002
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS
VISTA:
La solicitud presentada por el señor Walter Washington
Málaga Málaga, para que se le autorice la inscripción en
el Registro del Sistema de Seguros - Sección A: Perso-
nas Naturales del Libro III de Ajustadores de Siniestros
y/o Peritos de Seguros; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de
noviembre de 1999, se estableció los requisitos formales para
la inscripción de los Ajustadores y Peritos de Seguros;
Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos for-
males exigidos por la citada norma administrativa;
Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros median-
te Convocatoria Nº 026-2002-DASIA celebrada el 23 de
diciembre de 2002, en concordancia con lo dispuesto en
el artículo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de
Seguros ha calificado y aprobado la inscripción respecti-
va en el indicado Registro; y,
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Ge-
neral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y
Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -
Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la fa-
cultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7
de enero de 1998;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor
Walter Washington Málaga Málaga, con Matrícula Nº PN-
0270 en el Registro del Sistema de Seguros - Sección A:
Personas Naturales del Libro III de Ajustadores de Si-
niestros y/o Peritos de Seguros, para operar como Ins-
pector Marítimo Cascos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA
Superintendente Adjunto de Seguros
00211
Fijan factor de contribución a que se
refiere el D.S. Nº 167-93-EF para el año
2003 RESOLUCIÓN SBS Nº 01-2003
Lima, 2 de enero de 2003
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 167-93-EF se han
fijado los lineamientos generales para el cálculo de las
contribuciones que abonarán las Administradoras Priva-
das de Fondos de Pensiones a la Superintendencia por
concepto de supervisión de conformidad con lo estable-
cido por el artículo 59º del Texto Único Ordenado de la
Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de
Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-
EF;Que, de conformidad con el Artículo 2º del Decreto
Supremo Nº 167-93-EF, a partir del mes de enero, la base
de aplicación de la contribución para efectos de lo seña-
lado en el considerando precedente, será el promedio
del valor del fondo de los doce (12) meses anteriores,
utilizando para este fin el valor del fondo al último día de
cada uno de los meses respectivos;
Que, atendiendo a lo establecido en el Artículo 5º del
Decreto Supremo Nº 167-93-EF, es necesario fijar la con-
tribución mensual a cargo de las Administradoras Priva-
das de Fondos de Pensiones, correspondiente al ejerci-
cio 2003;
En uso de las facultades establecidas en los Artícu-
los 1º y 4º de la Ley Nº 27328 en la Ley Nº 26702, Ley
General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu-
ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Segu-
ros
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Fíjese el factor de contribución, a que se
refiere el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 167-93-EF,
en 0.000074 para el año 2003, aplicada sobre el prome-
dio del valor del Fondo de los doce meses anteriores,
utilizando para este fin el valor del Fondo al último día de
cada uno de los meses respectivos. En ningún caso, la
contribución mensual será mayor al monto equivalente al
3.5% de la recaudación de los aportes devengados el
mes anterior.
Artículo 2º.- La contribución a que se refiere el Artí-
culo 1º de la presente resolución será pagadera a partir
del mes de enero del 2003, y dentro de los primeros doce
(12) días calendario de cada mes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN
Superintendente de Banca y Seguros
00206
Autorizan contratación del servicio de
soporte de hardware y software median-
te proceso de adjudicación de menor
cuantía RESOLUCIÓN SBS Nº 5-2003
Lima, 3 de enero de 2003
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS
CONSIDERANDO:
Que, por Memorándum Nº 212-2002-GI de fecha 28
de agosto de 2002, la Gerencia de Informática de esta
Superintendencia, hace conocer su requerimiento para
la contratación del Servicio de Soporte de Hardware y
Software para el Servidor marca SUN 3500, adquirido a
la empresa GMD S.A. y cuyo período de garantía culmi-
nó el 3 de julio de 2002; posteriormente, mediante Me-
morándum Nº 263-2002-GI de fecha 23 de setiembre de
2002, amplía su requerimiento, adjuntando las especifi-
caciones técnicas de los tres equipos marca SUN: Servi-
dor SUN 250, Servidor SUN Netra T1 y Servidor SUN
3500;
Que, mediante Resolución Administrativa Nº 360-
2002-SBS de fecha 1 de octubre de 2002, se constituyó
el Comité Especial encargado de la organización, conduc-
ción y ejecución del proceso para la contratación del ser-
vicio solicitado por la Gerencia de Informática descrito
con anterioridad, convocándose el 25 de octubre de 2002
a la Adjudicación Directa Pública Nº 003-2002, la misma
que se declaró Desierta por no haberse presentado pos-
tores. En Acta Nº 03 de fecha 12 de noviembre de 2002
el Comité Especial determinó las causas que motivaron
declarar desierto el proceso;

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