Informe Técnico 1839-2019-SERVIR-GPGSC, 25 de noviembre de 2019
Fecha | 25 Noviembre 2019 |
Tipo de documento | Informe |
~
·
Presidencia
del Consejo de Ministros Autoridad Nacional
del Servicio Civil
Gerencia de
Políticas de Gestión
del Servicio Civil
De
"Decenio de
la
Igualdad
de
Oportunidades para Mu
jere
s y Hombres"
"Año de la
Lucha
contra la Corrupción y
la
Impunidad"
INFORME
TÉCNICO
NI!
J'82>0J
-2019-SERVIR/GPGSC
J
CYNTHIA
SÚ
LAY
Gerenta
de
Políticas
de
Gestión del Servicio Civil
Asunto Rotación de los servidores bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276 en
el sector educación
Referencia Oficio Nº 02743-2019-ME/RA/DREA/UGEL Hz/AGA/EAll-P
Fecha
Lima, 2 5
NOV
.
2019
l.
Objeto de la consulta
Mediante el documento
de
la
referencia, la Directora de
la
Unidad de Gestión Educativa Local
de Huaraz consulta a
SERVIR
si
es
procedente
la
rotación de
un
personal nombrado bajo el
régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276 -en el sector educación-
por
recomendación del
Órgano de Control Institucional, de ser positiva
la
respuesta, cuál
sería
el procedimiento para
ello.
11.
Análisis
Competencias de
SERVIR
2.1 L
as
competencias
de
SERVIR
para
emitir
opiniones en materia del Servicio Civil están
contextuali
za
das
en
el
marco
de
las
políticas que en materia de gestión del
empleo
e ingreso al
Servicio Civil, entre otras, emita de manera progresiva.
2.2 Siendo
SERVIR
un órgano rector que define, implementa y supervisa las políticas de personal
de todo el Estado, no puede entenderse que como parte de
su
s competencias
se
encuentra el
constituirse en una instancia administrativa o consultiva previa a
la
adopción de decisiones
individuales
por
cada
Entidad.
2.3
En
ese
sentido, debe precisarse que las consultas que absuelve
SERVIR
son aquellas referid
as
al
sentido y alcance de
la
normativa sobre el Sistema Administrativo de
Ge
s
tión
de Recursos
Humanos, planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre
sí,
sin hacer alusión a asuntos
concretos o específicos; por lo tanto, las conclusiones del presente informe
no
se
encuentran
vinculadas necesariamente a situación particular alguna.
En
atención a lo señalado, no corresponde a
SERVIR,
a través de una opinión técnica como
la
presente, pronunciarse r
es
p
ec
to
a
cas
os concretos c
omo
el planteado
por
la entidad
consultante;
por
lo que el presente
informe
abordará
las
re
gl
as
generales a considerar con
relación a
la
materia consu
lt
ada
.
1
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