Informe Técnico IT_1379-2020-SERVIR-GPGSC, 9 de setiembre de 2020

Fecha09 Enero 2020
Tipo de documentoInforme
"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
"Año de la Universalización de la Salud"
Gerencia de Políticas de Gestión del
Servicio Civil
Autoridad Nacional
del Servicio Civil
Presidencia del
Consejo de Ministros
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, aplicando lo dispuesto
por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S . 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser
contrastadas a través de la siguiente dirección web: http://sgd.servir.gob.pe/VerificaD ocumentoSERVIR e ingresando la siguiente clave: UAW0YBH
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Fecha
INFORME TÉCNICO N° -2020-SERVIR-GPGSC
De : CYNTHIA CHEENYI SÚ LAY
Gerenta de Políticas de Gestión del Servicio Civil
Asunto : a) Sobre la naturaleza temporal de los Contratos Administrativos de Servicios
b) Sobre la potestad disciplinaria de una Unidad Ejecutora
Referencia : Oficio Nº 024-2020-OP-OEA/HEAV
I. Objeto de la consulta
Mediante el documento de la referencia, el Jefe de la Oficina de Personal de la Unidad Ejecutora
Hospital de Emergencia Ate Vitarterea liza a SERVIR las siguientes consultas:
a) En la Emergencia Sanitaria se creó Unidad Ejecutora “Hospital de Emergencia Ate Vitarte”
mediante el Decreto de Urgencia Nº 032-2020; asimismo, se autorizó la contratación de
personal bajo el régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057 en la Unidad de Cuidados
Intensivos de la entidad. Sin embargo, a la fecha, surge el problema que pasado el periodo
de prueba los trabajadores adquieren la denominada estabilidad laboral contractual hasta
el término de la Emergencia Sanitaria lo que no permite desvincularlos ante la comisión de
presuntas faltas graves y/o muy graves. En ese contexto: ¿La entidad puede subrogarse la
facultad de generar contratos administrativos de servicios COVID 19 durante la
Emergencia Sanitaria, sin que ello signifique arbitrariedad?
b) Teniendo en cuenta que la entidad es de reciente creación y no cuenta con documentos de
gestión, ni con resolución que la designe como Entidad Tipo B, pero cuenta con Titular,
Oficina de Personal, Secretario Técnico, organigrama estructural y funcional.
¿La Entidad puede generar procesos disciplinarios en este Estado de Emergencia sin contar
con los documentos de gestión?
II. Análisis
Competencias de SERVIR
2.1 La Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR es un organismo rector que define, implementa
y supervisa las políticas de personal de todo el Estado. No puede entenderse que como parte de
sus competencias se encuentra el constituirse en una instancia administrativa o co nsultiva
previa a la adopción de decisiones individuales que adopte cada entidad.
2.2 Debe precisarse que las consultas que absuelve SERVIR son aquellas referidas al sentido y
alcance de la normativa aplicable al Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos,
planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre sí, sin hacer alusión a asuntos concretos o
específicos. Por lo tanto, las conclusiones del presente informe no se encuentran vinculadas
necesariamente a situación particular alguna.
Firmado digitalmente por
SU LAY Cynthia Cheenyi FAU
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Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 2020/09/09 13:15:16-0500

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