Informe Técnico IT_1364-2020-SERVIR-GPGSC, 7 de setiembre de 2020

Fecha07 Enero 2020
Tipo de documentoInforme
"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
"Año de la Universalización de la Salud"
Gerencia de Políticas de Gestión del
Servicio Civil
Autoridad Nacional
del Servicio Civil
Presidencia del
Consejo de Ministros
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, aplicando lo dispuesto
por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S . 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser
contrastadas a través de la siguiente dirección web: http://sgd.servir.gob.pe/VerificaD ocumentoSERVIR e ingresando la siguiente clave: M4AJB0F
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Fecha
INFORME TÉCNICO N° -2020-SERVIR-GPGSC
De : CYNTHIA CHEENYI SÚ LAY
Gerenta de Políticas de Gestión del Servicio Civil
Asunto : Límites a la incorporación de personal bajo el régimen del Decreto Legislativo
N° 276 frente a la emisión de la resolución de inicio de implementación del
régimen del servicio civil
Referencia : a) Oficio Nº 0484-2020-ME-GRA/DREA/UGEL-R-D
b) Oficio Nº 00496-2020-ME-GRA/DREA/UGEL-R-D
I. Objeto de la consulta
Mediante los documentos de la referencia, el Director de la Unidad de Gestión Educativa Local
de Recuay realiza a SERVIR las siguientes consultas:
a) Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 024-2020-SERVIR/PE declaran iniciado el
Proceso de Implementación del nuevo régimen del servicio civil en el Gobierno Regional de
Áncash, ¿este proceso involucra solo a la “Sede administrativa del Gobierno Regional de
Áncash” o también a “todas sus unidades ejecutoras” como por ejemplo a la Unidad de
Gestión Educativa Local de Recuay, integrante del Pliego Presupuestal del Gobierno Regional
de Áncash?
b) Si la UGEL Recuay es parte del proceso de implementación del nuevo régimen del Servicio
Civil, ¿es posible atender las solicitudes referentes a las peticiones concerniente al proceso
de rotación por interés personal, que presentarán el personal nombrado comprendido bajo
el régimen del Decreto Legislativo Nº 276 en las plazas orgánicas presupuestadas?
c) El Ministerio de Economía y Finanzas ha bloqueado, a través de sus aplicativos informáticos,
las plazas para contratación o nombramiento de servidores bajo el régimen del Decreto
Legislativo Nº 276; sin embargo, no prohíbe reasignaciones, rotaciones y permutas para el
personal administrativo del Sector Educación ¿sería viable efectuar la rotación a las plazas
vacantes bloqueadas para contratación y nombramiento, que en algunos casos dichas plazas
no han sido coberturadas y aún se encuentran vacantes pero en otros casos algunas plazas
están ocupadas por la modalidad CAS?
II. Análisis
Competencias de SERVIR
2.1 La Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR es un organismo rector que define, implementa
y supervisa las políticas de personal de todo el Estado. No puede entenderse que como parte de
sus competencias se encuentra el constituirse en una instancia administrativa o consultiva
previa a la adopción de decisiones individuales que adopte cada entidad.
Firmado digitalmente por
SU LAY Cynthia Cheenyi FAU
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Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 2020/09/07 15:33:39-0500

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