Informe Técnico IT_1252-2020-SERVIR-GPGSC, 14 de agosto de 2020

Fecha14 Agosto 2020
Tipo de documentoInforme
"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
"Año de la Universalización de la Salud"
Gerencia de Políticas de Gestión del
Servicio Civil
Autoridad Nacional
del Servicio Civil
Presidencia del
Consejo de Ministros
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en la Autoridad Nacional del Se rvicio Civil - SERVIR, aplicando lo
dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D .S. 026-2016-PCM . Su autenticidad e integridad
pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: http://sgd.servir.gob.pe/VerificaDocum entoSERVIR e ingresando la siguiente clave:
ORZJ35H
1
Fecha
INFORME TÉCNICO N° -2020-SERVIR-GPGSC
De : CYNTHIA CHEENYI SÚ LAY
Gerenta de Políticas de Gestión del Servicio Civil
Asunto : Aplicación del Decreto Legislativo N° 713 a servidores civiles vinculados bajo
el régimen laboral de la actividad privada
Referencia : Documento con Registro N° 14124-2020
I. Objeto de la consulta
Mediante el documento de la referencia nos consultan sobre la aplicación del Decreto
Legislativo N° 713 a servidores civiles vinculados bajo el régimen laboral de la actividad
privada.
II. Análisis
Competencias de SERVIR
2.1 La Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR es un organismo rector que define,
implementa y supervisa las políticas de personal de todo el Estado. No puede entenderse
que como parte de sus competencias se encuentra el constituirse en una instancia
administrativa o consultiva previa a la adopción de decisiones individuales que adopte cada
entidad.
2.2 Debe precisarse que las consultas que absuelve SERVIR son aquellas referidas al sentido y
alcance de la normativa aplicable al Sistema Administrativo de Gestión de Recursos
Humanos, planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre sí, sin hacer alusión a
asuntos concretos o específicos. Por lo tanto, las conclusiones del presente informe no se
encuentran vinculadas necesariamente a situación particular alguna.
Sobre el goce del descanso vacacional
2.3 A través del Decreto Legislativo N° 1405 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo
N° 013-2019-PCM, se definieron las reglas para el goce del descanso vacacional de los
servidores civiles indistintamente del régimen que regule su vinculación. Ninguna de las
normas mencionadas regula las condiciones de la compensación vacacional o deroga la
normativa preliminar que contemplaba las disposiciones sobre la materia.
2.4 Por lo tanto, el Capítulo III del Decreto Legislativo N° 713 continúa siendo aplicable a los
servidores civiles sujetos al régimen laboral de la actividad privada en todo aquello que no se
oponga al Decreto Legislativo N° 1405 y su Reglamento o que hubiera sido modificado por la
Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1405.
Firmado digitalmente por
SU LAY Cynthia Cheenyi FAU
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Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 2020/08/14 11:25:47-0500

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