Informe Técnico 2193-2021-SERVIR-GPGSC, 3 de noviembre de 2021

Fecha03 Noviembre 2021
Tipo de documentoInforme
"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
"Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia"
Gerencia de Políticas de Gestión del
Servicio Civil
Autoridad Nacional
del Servicio Civil
Presidencia del
Consejo de Ministros
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en la Autoridad Nacional del Ser vicio Civil - SERVIR, aplicando lo dispuesto
por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S . 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser
contrastadas a través de la siguiente dirección web: http://sgd.servir.gob.pe/VerificaD ocumentoSERVIR e ingresando la siguiente clave: NCHUOJM
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Fecha
INFORME TÉCNICO -2021 -SERVIR-GPGSC
Para : BRATZO BENJAMÍN BARTRA IBAZETA
Gerente de Políticas de Gestión del Servicio Civil
De : MARÍA EUGENIA DEL CARMEN CERNA GARCÍA DE ORSOS
Ejecutiva de Soporte y Orientación Legal
Asunto : Sobre la jornada de trabajo de personal de la salud que presta servicios en sedes
administrativas
Referencia : Oficio N.° 1871-2021-GOB.REG.AMAZONAS/DIRESA-OAJ
I. Objeto de la consulta
Mediante el documento de la referencia, el Director Regional de la Dirección Regional de Salud del Gobierno
Regional de Amazonas consulta a SERVIR respecto de la jornada laboral aplicable al personal de la salud que
presta servicios en la sede administrativa de la DIRESA y en las sedes administrativas de las Redes de Salud.
II. Análisis
Competencias de SERVIR
2.1 La Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR es un organismo rector que define, implementa y
supervisa las políticas de personal de todo el Estado. No puede entenderse que como parte de sus
competencias se encuentra el constituirse en una instancia administrativa o consultiva previa a la
adopción de decisiones individuales que adopte cada entidad.
2.2 Debe precisarse que las consultas que absuelve SERVIR son aquellas referidas al sentido y alcance de
la normativa aplicable al Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, planteadas sobre
temas genéricos y vinculados entre sí, sin hacer alusión a asuntos concretos o específicos. Por lo
tanto, las conclusiones del presente informe no se encuentran vinculadas necesariamente a situación
particular alguna.
2.3 Considerando lo señalado hasta este punto resulta evidente que no corresponde a SERVIR a través
de una opinión técnica emitir pronunciamiento sobre alguna situación concreta. Por ello, el
presente informe examina las nociones generales a considerar sobre las materias de la presente
consulta.
Delimitación del presente informe
2.4 Teniendo en cuenta lo antes señalado, se puede colegir que no corresponde a SERVIR, a través de
una opinión técnica, emitir pronunciamiento sobre la situación concreta descrita en el documento
de la referencia. Por ello, el presente informe examina las nociones generales a considerar respecto
de las materias consultadas.
Firmado digitalmente por
CERNA GARCIA DE ORSOS Maria
Eugenia Del Carmen FAU 20477906461
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 2021/11/03 15:54:52-0500

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