Informe Técnico 1708-2018-SERVIR-GPGSC, 28 de noviembre de 2018

Fecha28 Noviembre 2018
Tipo de documentoInforme
De
Presidencia
del Consejo de
Ministros
Autoridad
Nacional
del
Servicio Civil
Gere ncia
de
Políticas
de
Gestión
del Servicio Civil
"Decenio
de
la
Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres"
"Año del Diálogo y
la
Reconciliación Nacional"
INFORME TÉCNICO
N2
11-0S
-2018-SERVIR/GPGSC
CYNTHIA
LAY
Gerente (e) de Políticas
de
Gestión
del
Servicio Civil
Asunto Presunción de
licitud
en
materia
disciplinaria
Referencia
Documento
con registro W 0039034-2018
Fecha lima, 2 8
NOV.
2018
l.
Objeto
de
la
consulta
Mediante
el
documento
de
la
referencia, se
formula
a
SERVIR
las siguientes consultas:
a)
¿En
un
proceso disciplinario,
la
Comisión
Permanente
de
Procesos
Administrativos
Disciplinarios para Docentes
debe
probar
con
medios
probatorio
s
fehacientes
y con
inst
r
um
e
ntos
documentales la
conducta
del procesado y la
norma
que
se
infraccionó,
para
rebatir
la
presunción de inocencia del
investigado
o
solo
debe
señalarlo
algunos
indicios
que
generó convicción para
imponer
la
sanción disciplinaria?
b)
¿En
un
proceso disciplinario
la
Comisión
Permanente
de
Procesos
Admini
s
tr
a
tivos
Disciplinarios para Docentes
debe
rebatir
la presunción de inocencia
del
investigado
o el
inves
tigado
debe
probar
su inocencia?
e)
¿En
un proceso disciplinario, si el procesa
do
no
absuelve los cargos se
considera
qu
e e stá
reconociendo los hechos
de
imputación,
o la Comisión
Permanente
de
Procesos
Administrativos Disciplinarios para Docentes
debe
rebatir
la
presunción
de
inocencia del
investigado para sancionar?
11.
Análisis
Competencias
de
SERVIR
2.1
la
s competencias de
SERVIR
para
emit
ir opm1ones
en
materia
del Se
rvicio
Civil están
c
ontextuali
zadas en el marco de las políticas
que
en
materi
a de
gestión
del
empleo
e
ingr
es
o al
Servicio Civil,
entre
otras,
emita
de manera progresiva.
Siendo
SERVIR
un
órg
a
no
rector
que
define,
implementa
y supervisa las
polí
ticas
de
personal
de
todo
el Estado, no puede entenderse
que
como
parte
de
sus competencias se e
ncuentra
el
constituir
se
en
una instancia
administrativa
o consultiva previa a la a
dopci
ón d e decisiones
individuales
por
cada Entidad.
2.3
En
ese sentido,
deb
e precisarse
que
las consultas
que
absuelve
SERVIR
son aquellas referidas al
sentido y alcance de
la
normativa
sobre
el
Sistema
Administr
a
tivo
de Ges
tión
de
R
ec
ursos
Humano
s, planteadas sobre
temas
genéricos y vinculados
entre
sí, s
in
hacer a
lu
s
ión
a
asunto
s
concr etos o específicos; p
or
lo tant
o,
la
s conclus
ion
es d el presente
in
f
orme
no
se
encuent ran
vinculadas necesariame
nt
e a sit
ua
ción
parti
c
ular
alguna.
1

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