Informe Técnico 1692-2018-SERVIR-GPGSC, 23 de noviembre de 2018

Fecha23 Noviembre 2018
Tipo de documentoInforme
De
Asunto
Presidencia
del Consejo de Ministros
Autor
idad Nacional
del Servicio Civil
INFORME
TÉCNICO
No
/
'lf2.
2018-SERVIR/GPGSC
CVNTHIA
LAY
Gerente
(e)
de
Políticas de Gestión del Servicio Civil
Otorgamiento de licencia sindical
en
la
administración pública
Referencia Oficio
61-2018-CER-FENTASE
-
RLP.
Fecha
Lima, 2 3
NOV.
2018
l. Objeto de la consulta
Mediante el documento de
la
referencia,
la
Secretaria de Organización de
la
Federación
Nacional de Trabajadores Administrativos del Sector Educación
de
la
Región Lima Provincias
-
FENTASE
RLP
formula a
SERVIR
las siguientes consultas:
a)
¿Es
obligatorio el cumplimiento -
por
parte del Ministerio de Educación, Gobiernos
Regionales,
DRE
y
UGEL
-de
la
licencia sindical otorgada a favor de los sindicatos
ba
se
de
la
FENTASE
contenida
en
la
Resolución Ministerial W 1485-
90-ED?
b) ¿Corresponde otorgar
la
licencia sindical a
tiempo
completo, contenida en
la
Resolución
Ministerial
No
1485-90-ED,
al
Secretario General y a
la
Secretaria de Actas y Archivos?
e)
¿Corresponde otorgar
la
licencia sindical a
tiempo
parcial de los demás dirigent
es
del
SITAS
E-H
UARAL?
d)
En
caso
de Incumplimiento de lo dispuesto
por
la
Resolución Ministerial W 1485-
90
-E
D,
¿se
podría interponer una denuncia contra
las
autoridades responsables?
11.
Análisis
Competencias
de
SERVIR
2.1
SERVIR
es
un órgano rector que define, implementa y supervisa
las
políticas de personal de
todo el Estado, no puede entenderse que como parte
de
sus
competencias
se
encuentra el
constituirse
en
una instan
cia
administrativa o consultiva previa a
la
adopción de decisiones
individua
les
que adopte
cada
Entidad.
2
.2
Debe precisarse que
las
consultas que absuelve
SERV
IR
son aquellas referidas al
se
ntido
y
alcance de
la
normativa sobre el Sistema Administrativo de
Ge
stión de Recursos Humanos,
planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre
sí,
sin hacer alusión a asuntos
concretos o específicos; por lo
tanto
, las conclusiones del presente informe no se encuentran
vinculadas necesariamente a situación particular alguna.
2.3
En
esa
línea, en el presente
informe
no responderemos aquellas consultas s
obre
aspectos
particulares, sino que
se
hará alusión a
la
licencia sindical otorgada mediante Resolución
Ministerial
No
1485-90-ED y otros aspectos conexos.
Sobre el derecho a la licencia sindical otorgada mediante Resolución
Ministerial
W 1485-90-ED en
el sector educación
2.4 Debemos indicar que
en
el sector educación,
la
Resolución Ministerial W 1485-1990-ED
regula
el
otorgamiento de
la
licencia sindical a favor de los dirigentes de
la
Federación
1

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