Informe Técnico 1675-2022-SERVIR-GPGSC, 7 de setiembre de 2022

Fecha07 Enero 2022
Tipo de documentoInforme
"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
"Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional"
"Año del Bicentenario del Congreso de la Reblica del Perú"
Gerencia de Políticas de Gestión del
Servicio Civil
Autoridad Nacional
del Servicio Civil
Presidencia del
Consejo de Ministros
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, aplicando lo dispuesto
por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D .S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser
contrastadas a través de la siguiente dirección web: http://sgd.servir.gob.pe/VerificaD ocumentoSERVIR e ingresando la siguiente clave: 5CETCQKMCG
1
Fecha
INFORME TÉCNICO N° -2022 -SERVIR-GPGSC
Para : BRATZO BENJAMÍN BARTRA IBAZETA
Gerente de Políticas de Gestión del Servicio Civil
De : MARÍA EUGENIA DEL CARMEN CERNA GARCÍA DE ORSOS
Ejecutiva de Soporte y Orientación Legal
Asunto : Sobre la experiencia laboral en el marco del Sistema Administrativo de Gestión
de Recursos Humanos
Referencia : Oficio N° 1806-2021-GRA-SGRH/GOB.REG.TACNA
I. Objeto de la consulta
Mediante el documento de la referencia, el Subgerente de Recursos Humanos del Gobierno Regional
de Tacna, consulta a SERVIR desde cuando se computaría la experiencia laboral o profesional si un
perfil de puesto requiere contar con título profesional universitario, colegiado, habilitado en el
ejercicio profesional y cinco (5) años de amplia experiencia profesional.
II. Análisis
Competencias de SERVIR
2.1. Las competencias de SERVIR para emitir opiniones en materia del Servicio Civil están
contextualizadas en el marco de las políticas que en materia de gestión del empleo e ingreso al
Servicio Civil, entre otras, emita de manera progresiva.
2.2. Siendo SERVIR un órgano rector que define, implementa y supervisa las políticas de personal de
todo el Estado, no puede entenderse que como parte de sus competencias se encuentra el
constituirse en una instancia administrativa o consultiva previa a la adopción de decisiones
individuales por cada Entidad.
2.3. En ese sentido, debe precisarse que las consultas que absuelve SERVIR son aquellas referidas al
sentido y alcance de la normativa sobre el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos
Humanos, planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre sí, sin hacer alusión a asuntos
concretos o específicos; por lo tanto, las conclusiones del presente informe no se encuentran
vinculadas necesariamente a situación particular alguna.
Delimitación del informe
2.4. SERVIR no tiene competencia para calificar la legalidad o ilegalidad de actos administrativos
emitidos por entidades públicas, ni de emitir opinión respecto de las decisiones que adopten
sobre casos específicos. Consecuentemente, no corresponde a SERVIR, a través de una opinión
Firmado digitalmente
por
JARA BAUTISTA Jose
Luis FAU 20477906461
soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 2022/09/07
19:17:27-0500
Firmado digitalmente por
CERNA GARCIA DE ORSOS Maria
Eugenia Del Carmen FAU
20477906461 hard
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 2022/09/07 19:22:50-0500

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