Informe Técnico 1442-2022-SERVIR-GPGSC, 11 de agosto de 2022

Fecha11 Agosto 2022
Tipo de documentoInforme
"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
"Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional"
"Año del Bicentenario del Congreso de la Reblica del Perú"
Gerencia de Políticas de Gestión del
Servicio Civil
Autoridad Nacional
del Servicio Civil
Presidencia del
Consejo de Ministros
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, aplicando lo dispuesto
por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D .S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser
contrastadas a través de la siguiente dirección web: http://sgd.servir.gob.pe/VerificaD ocumentoSERVIR e ingresando la siguiente clave: TUDEQ5KMCG
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Fecha
INFORME TÉCNICO N° -XXXX-SERVIR-GPGSC
Para : BRATZO BENJAMÍN BARTRA IBAZETA
Gerente de Políticas de Gestión del Servicio Civil
De : MARÍA EUGENIA DEL CARMEN CERNA GARCÍA DE ORSOS
Ejecutiva de Soporte y Orientación Legal
Asunto : Sobre la ejecución de la sanción de destitución prevista en Ley N° 29944, Ley de
Reforma Magisterial y efectos de la declaración de su nulidad en segunda instancia
administrativa
Referencia : Carta 3146-2022-EF/53.06
I. Objeto de la consulta
Mediante el documento de la referencia la Directora General de la Dirección General de Gestión
Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, haciendo alusión al caso de
un docente sujeto a la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, formula a SERVIR las siguientes
consultas:
a) ¿Cuál es la situación laboral de un/a servidor/a civil que es sancionado/a con medida
disciplinaria de destitución, pero que presenta un medio impugnatorio ante la entidad o el
Tribunal del Servicio Civil? ¿El/la servidor/a civil puede continuar laborando hasta que la
entidad o el Tribunal del Servicio Civil resuelva su recurso impugnatorio, o la entidad debe
desvincularlo/a?
b) ¿En caso el Tribunal del Servicio Civil declare la nulidad de una sanción de destitución por error
de derecho, ello conllevaría a que la entidad pública deba reincorporar de manera inmediata
al/la servidor/a civil destituido?
II. Análisis
Competencias de SERVIR
2.1 La Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR es un organismo rector que define, implementa y
supervisa las políticas de personal de todo el Estado. No puede entenderse que como parte de sus
competencias se encuentra el constituirse en una instancia administrativa o consultiva previa a la
adopción de decisiones individuales que adopte cada entidad.
2.2 Debe precisarse que las consultas que absuelve SERVIR son aquellas referidas al sentido y alcance
de la normativa aplicable al Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, planteadas
sobre temas genéricos y vinculados entre sí, sin hacer alusión a asuntos concretos o específicos.
Por lo tanto, las conclusiones del presente informe no se encuentran vinculadas necesariamente a
situación particular alguna.
Firmado digitalmente por
CERNA GARCIA DE ORSOS Maria
Eugenia Del Carmen FAU
20477906461 hard
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 2022/08/11 21:19:38-0500

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