Informe Técnico 1425-2021-SERVIR-GPGSC, 22 de julio de 2021

Fecha22 Julio 2021
Tipo de documentoInforme
"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
"Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia"
Gerencia de Políticas de Gestión del
Servicio Civil
Autoridad Nacional
del Servicio Civil
Presidencia del
Consejo de Ministros
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, aplicando lo dispuesto
por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S . 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser
contrastadas a través de la siguiente dirección web: http://sgd.servir.gob.pe/Verifi caDocumentoSERVIR e ingresando la siguiente clave: SNZ6AXJ
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Fecha
INFORME TÉCNICO N° -2021-SERVIR-GPGSC
Para : ADA YESENIA PACA PALAO
Gerenta de Políticas de Gestión del Servicio Civil
De : ANGEL AUGUSTO BASTIDAS SOLIS
Coordinador de Soporte y Orientación Legal
Asunto : Sobre la reasignación del personal de la salud
Referencia : Oficio N° 007-2021-GR-LL/GGR/GS-IREN-NORTE-DE-ADM.URRHH
I. Objeto de la consulta
Mediante el documento de la referencia, el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos del Instituto
Nacional de Enfermedades Neoplásicas del Norte consulta a SERVIR respecto al cumplimiento del
requisito de “tener un mínimo de 03 años de permanencia en el último lugar para el caso de
reasignación por interés personal y unidad familiar”, previsto por el Manual Normativo de Personal del
Sector Salud, aprobado mediante Resolución Directoral N° 419-92-SA-P.
II. Análisis
Competencias de SERVIR
2.1. Las competencias de SERVIR para emitir opiniones en materia del Servicio Civil están
contextualizadas en el marco de las políticas que en materia de gestión del empleo e ingreso al
Servicio Civil, entre otras, emita de manera progresiva.
2.2. Siendo SERVIR un órgano rector que define, implementa y supervisa las políticas de personal de
todo el Estado, no puede entenderse que como parte de sus competencias se encuentra el
constituirse en una instancia administrativa o consultiva previa a la adopción de decisiones
individuales por cada Entidad.
2.3. En ese sentido, debe precisarse que las consultas que absuelve SERVIR son aquellas referidas al
sentido y alcance de la normativa sobre el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos
Humanos, planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre sí, sin hacer alusión a asuntos
concretos o específicos; por lo tanto, las conclusiones del presente informe no se encuentran
vinculadas necesariamente a situación particular alguna.
Delimitación de la consulta
2.4. De la consulta formulada se advierte que se requiere que SERVIR se pronuncie sobr e el
contenido de actos administrativos, como parte del proceso de reasignación; en ese sentido,
SERVIR no emite pronunciamiento en casos específicos; por lo cual, la presente opinión tratará·
aspectos generales relacionados con la consulta formulada.
Firmado digitalmente por
TENORIO CUYUTUPAC Katiana Nahomi FAU
20477906461 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 2021/07/22 16:33:03-0500
Firmado digitalmente por
BASTIDAS SOLIS Angel Augusto FAU
20477906461 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 2021/07/22 17:21:09-0500

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