Informe Técnico 1170-2019-SERVIR-GPGSC, 24 de julio de 2019

Fecha24 Julio 2019
Tipo de documentoInforme
....
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~
. . Presidencia
del Consejo de Ministros Autoridad Nacional
del Servicio Civil
De
Asunto
"Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres"
"Año
de
la
lucha contra
la
corrupción y la
impunidad"
INFORME
TÉCNICO
N2
\\~0
-2019-SERVIR/GPGSC
CYNTHIA
LA
Y
Gerente (e) de Políticas
de
Gestión del Servicio Civil
Derechos e impedimentos del servidor en el régimen disciplinario
de
la Ley 30057
-
Ley
del Servicio Civil
Referencia Oficio 433-2019-GRA/GRTC-OA-ARH
Fecha
Lima, 2 4
JUL.
20
19
l.
Objeto
de la consulta
Mediante el
documento
de
la
referencia, la Jefatura del Área
de
Recursos Humanos del Gobierno Regional
de
Arequlpa, consulta a
SERVIR
sobre los derechos, impedimentos y prohibiciones
de
un
servidor
sujeto
a alguno
de los regímenes laborales de los Decretos Legislativos
276, 728 y 1057, cuando
se
encuentra
en un
procedimiento administrativo disciplinario (PAD) en
trámite.
11.
Análisis
Competencias de
SERVIR
2.1
Las
competencias de
SERVIR
para
emitir
opiniones en materia del Servicio Civil están contextualizadas
en el marco
de
las políticas que en materia
de
gestión del empleo e ingreso al Servicio Civil,
entre
otras,
emita de manera progresiva.
2.2 Siendo
SERVIR
un órgano rector que define, implementa y supervisa las políticas
de
personal
de
todo
el
Estado,
no
puede entenderse que como
parte
de
sus competencias
se
encuentra el constituirse en una
instancia administrativa o consultiva previa a
la
adopción de decisiones individuales
que
adopte
cada
Entidad.
2.3
En
ese
sentido, debe precisarse que las consultas que absuelve
SERVIR
son
aquellas referidas al sentido
y alcance de
la
normativa sobre el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, planteadas
sobre temas genéricos y vinculados entre
sí,
sin hacer alusión a asuntos concretos o específicos;
por
lo
tanto,
las
conclusiones del presente
informe
no
se
encuentran vinculadas necesariamente a situación
particular alguna.
Sobre los derechos
durante
el
procedimiento
administrativo
disciplinario regulado
por
la Ley
30057, Ley
del Servicio Civil
Al respecto, debe señalarse que el régimen disciplinario regulado
por
el marco
normat
i
vo
de
la Ley
30057, Ley del Servicio Civil (en adelante,
LSC),
y
su
Reglamento General, aprobado
por
el Decreto
Supremo
040-2014-PCM (en adelante, Reglamento General),
se
encuentra vigente desde el 14
de
septiembre
de
2014 y
de
aplicación común a todos los regímenes laborales
de
las
entidade
s (Decretos
legislativos
276, 728 y 1057),
de
conformidad con
Jo
dispuesto
por
la Undécima Disposición
Complementaria Transitoria de
su
Reglamento General.
2.S
Siendo
así,
de acuerdo con
el
numeral 96.1 del artículo 96º del Reglamen
to
General,
concordante
con el
numeral 93.4 de
la
LSC,
se
ha
regulado
lo
referente a los derechos que tiene un servidor
inmerso
en
un
procedimiento administrativo disciplinario, estableciéndose lo siguiente:
1

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