Informe Técnico 0550-2022-SERVIR-GPGSC, 13 de abril de 2022

Fecha13 Abril 2022
Tipo de documentoInforme
"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
"Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional"
Gerencia de Políticas de Gestión del
Servicio Civil
Autoridad Nacional
del Servicio Civil
Presidencia del
Consejo de Ministros
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en la Autoridad Nacional del Servicio C ivil - SERVIR, aplicando lo dispuesto
por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S . 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser
contrastadas a través de la siguiente dirección web: http://sgd.servir.gob.pe/VerificaD ocumentoSERVIR e ingresando la siguiente clave: UHSD6RE
1
Fecha
INFORME TÉCNICO N° -2022-SERVIR-GPGSC
Para : BRATZO BENJAMÍN BARTRA IBAZETA
Gerente de Políticas de Gestión del Servicio Civil
De : MARÍA EUGENIA DEL CARMEN CERNA GARCÍA DE ORSOS
Ejecutiva de Soporte y Orientación Legal
Asunto : a) Sobre el pago de remuneraciones por labor efectivamente realizada
b) Sobre la licencia por enfermedad en el marco de la Carrera Administrativa
c) Sobre la incapacidad no temporal
d) Cese de servidores sujetos al régimen del Decreto Legislativo N° 276 por
incapacidad permanente
Referencia : Oficio Nº 239-2022-EF/43.02
I. Objeto de la consulta:
Mediante el documento de la referencia, el Director de la Oficina de Recursos Humanos del
Ministerio de Economía y Finanzas realiza a SERVIR las siguientes consultas:
a) ¿El empleador debe continuar abonando las remuneraciones y beneficios al servidor
vinculado bajo los alcances del Decreto Legislativo 276, después de que este haya
superado el plazo máximo de once (11) meses y diez (10) días consecutivos y continúe
presentando descansos médicos?
b) De ser negativa la respuesta, ¿Cuáles serían las acciones que debe realizar el empleador
de dichos servidores?
c) De ser positiva la respuesta, ¿el abono de remuneraciones se efectuaría hasta la emisión
del Informe de la COMECI o, este abono continuaría hasta que se declare la invalidez
absoluta permanente?
II. Análisis:
Competencias de SERVIR
2.1 La Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR es un organismo rector que define,
implementa y supervisa las políticas de personal de todo el Estado. No puede entenderse que
como parte de sus competencias se encuentra el constituirse en una instancia administrativa
o consultiva previa a la adopción de decisiones individuales que adopte cada entidad.
2.2 Debe precisarse que las consultas que absuelve SERVIR son aquellas referidas al sentido y
alcance de la normativa aplicable al Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos,
planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre sí, sin hacer alusión a asuntos concretos
Firmado
digitalmente por
ALCALA
HILASACA Karin
Paola FAU
20477906461 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 2022/04/13
18:39:52-0500
Firmado digitalmente por
CERNA GARCIA DE ORSOS Maria
Eugenia Del Carmen FAU 20477906461
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 2022/04/13 19:08:57-0500

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