Informe de Superintendencia nº 077-2022-SUNAT/7T0000

Año2022
Fecha17 Octubre 2022
EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
MATERIA:
Se consulta si la exención prevista en el inciso b. del artículo tercero del Convenio
entre el Gobierno del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), sobre
Privilegios e Inmunidades para el personal del Banco en el Perú, es aplicable a
las rentas que perciban las personas de nacionalidad peruana en su condición
de personal del BID y/o técnicos a que se refieren los incisos a. y b. del artículo
segundo de dicho Convenio, por los servicios que brinden en el país.
BASE LEGAL:
- Convenio entre el Gobierno del Perú y el Banco Interamericano de
Desarrollo, sobre Privilegios e Inmunidades para el personal del Banco en
el Perú, suscrito el 19.1.1966, aprobado mediante Decreto Ley N.° 18696,
publicado el 23.12.1970 (en adelante, Acuerdo de Sede).
- Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo, aprobado
mediante Resolución Legislativa N.° 13287, publicada el 29.12.1959 (en
adelante, Convenio Constitutivo).
ANÁLISIS:
1. El artículo primero del Acuerdo de Sede señala que el régimen de
privilegios e inmunidades para el personal vinculado a las operaciones del
Banco Interamericano de Desarrollo (BID) en el Perú será el que se
consigna en el Convenio Constitutivo y en el Acuerdo de Sede, sin perjuicio
de que por analogía el gobierno pueda conceder cualquier otro beneficio
que rija en favor de los organismos internacionales que operan en el
territorio del país.
Agrega el citado artículo que los nombres de las personas con derecho a
tales privilegios e inmunidades serán consignados en una nómina oficial
que llevará el Ministerio de Relaciones Exteriores; y que el BID pondrá
oportunamente en conocimiento de dicho ministerio los nombres de
quienes deban figurar en esa nómina oficial.
INFORME N.º 000077-2022-SUNAT/7T0000
ASUNTO : Consulta institucional sobre el sentido y alcance de las
normas tributarias.
LUGAR : Lima, 17 de octubre de 2022
V° B°
7T2000
REG. 4022
PERCY MANUEL DIAZ
SANCHEZ
GERENTE
17/10/2022 14:44:59
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por la Superintendencia Nacional de
Aduanas y Administración Tributaria - SUNAT, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la
Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser
contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://www.sunat.gob.pe/cl-ti-
itinteroperabilidad/valida/verificacion e ingresando la siguiente clave: 21IX3ALI
Firmado Digitalmente por:
GUILLERMO CESAR SOLANO
MENDOZA
INTENDENTE NACIONAL
INTENDENCIA NACIONAL JURÍDICO
TRIBUTARIA
Fecha y hora: 17/10/2022 15:14

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