RESOLUCION MINISTERIAL Nº 490-2008-EF/15 - Modifican Índices de Distribución de la Participación en la Renta de Aduanas

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición 7 de Agosto de 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 7 de agosto de 2008
377690
correspondientes a las Etapas II y III del procedimiento
a que se refiere el Decreto Supremo Nº 091-2007-PCM,
solicitud que también ha sido efectuada de manera
urgente por el Presidente del Consejo de Ministros y el
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de
Economía y Finanzas cuenta con recursos orientados
a la reconstrucción de la infraestructura por desastres
naturales, parte de los cuales pueden destinarse a dar
cobertura al requerimiento efectuado por el INDECI, hasta
por la suma de S/. 60 000 000,00;
De conformidad con lo establecido por el artículo 45º
de la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto;
DECRETA:
Artículo 1º.- Objeto
Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2008, hasta por la suma
de SESENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
60 000 000,00), que será destinada al otorgamiento de la
subvención por pérdidas materiales dispuesta en el artículo 2°
literal B. del Decreto de Urgencia N° 023-2007 a diez mil jefes
de hogar benef‌i ciarios, que corresponden a las Etapas II y III,
de acuerdo al detalle siguiente:
DE LA:
SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
FUNCION 03 : Administración y Planeamiento
PROGRAMA 006 : Planeamiento Gubernamental
SUBPROGRAMA 0019 : Planeamiento Presupuestario,
Financiero y Contable
ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso
Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
(En Nuevos Soles)
CATEGORIA DEL GASTO
5. GASTOS CORRIENTES
0. Reserva de Contingencia 60 000 000,00
---------------------
TOTAL 60 000 000,00
============
A LA:
SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil
UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI- Instituto Nacional de
Defensa Civil
FUNCION 07 : Defensa y Seguridad Nacional
PROGRAMA 024 : Prevención y Atención de Desastres
SUBPROGRAMA 0066 : Defensa Civil
ACTIVIDAD 029434 : Atención de desastres y apoyo a
la Rehabilitación y la Reconstrucción
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
(En Nuevos Soles)
CATEGORIA DEL GASTO
5. GASTOS CORRIENTES
4. Otros Gastos Corrientes 60 000 000,00
---------------------
TOTAL 60 000 000,00
============
Artículo 2°.- Procedimiento para la aprobación
institucional
2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente
Transferencia de Partidas, aprueba mediante
Resolución del Titular del Pliego la desagregación
de los recursos autorizados en el artículo 1º de la
presente norma, a nivel funcional programático, dentro
de los cinco (5) días calendario de la vigencia del
presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será
remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los
organismos señalados en el artículo 23º numeral 23.2
de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto.
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces
en los Pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección
Nacional del Presupuesto Público las codif‌i caciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades
de Metas y Unidades de Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto de los Pliegos
involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que
elaboren las correspondientes “Notas para Modif‌i cación
Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de
lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis diás
del mes de agosto del año dos mil ocho.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
LUIS M. VALDIVIESO M.
Ministro de Economía y Finanzas
235390-1
Modifican Índices de Distribución de la
Participación en la Renta de Aduanas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 490-2008-EF/15
Lima, 5 de agosto de 2008
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 114-2008-
EF/15 se aprobaron los Índices de Distribución de los
recursos que se recauden durante el Año Fiscal 2008
correspondientes al 2% de la Participación en la Renta
de Aduanas en base a la información proporcionada por
Instituto Nacional de Estadística e Informática, mediante
Of‌i cio Nº 004-2008-INEI/DTDIS;
Que, mediante Of‌i cio Nº 645-2008-INEI-/DTDIS el
Instituto Nacional de Estadística e Informática ha informado
al Ministerio de Economía y Finanzas los resultados de
los Censos Nacionales: XI de Población y VI de Vivienda
realizados en el año 2007 en lo que respecta a Población
2007, por lo que la Dirección General de Asuntos
Económicos y Sociales de este Ministerio ha procedido
a efectuar un nuevo cálculo para la determinación de la
Participación en la Renta de Aduanas;
Que, resulta necesario aprobar la modif‌i cación de
los Índices de Distribución que permitan efectuar las
transferencias de recursos provenientes de la Participación
en la Renta de Aduanas a favor de los gobiernos locales
benef‌i ciarios y a la Provincia Constitucional del Callao;
Que, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15° de
la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, establece que los índices de distribución de la
Participación en las Rentas de Aduanas son aprobados por
el Ministerio de Economía y Finanzas mediante resolución
ministerial, sobre la base de los cálculos que para tal efecto
formule la Dirección General de Asuntos Económicos y
Sociales, considerando los criterios establecidos en el
marco legal correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto el literal b) del
numeral 15.5 del artículo 15° de la Ley Nº 28411 – Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Modifíquese los Índices de
Distribución del 2% de la Participación en la Renta de
Aduanas, aprobados por la Resolución Ministerial Nº 114-
2008-EF/15 conforme a los Anexos Nº 1 y Nº 2 que forman
parte de la presente Resolución Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS M. VALDIVIESO M.
Ministro de Economía y Finanzas
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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