RESOLUCION MINISTERIAL N° 643-2012-EF/15 - Aprueban Índices de Distribución del Canon Pesquero provenientes de los Derechos de Pesca, correspondientes al Primer Semestre del año 2012

Fecha de disposición24 Octubre 2012
Fecha de publicación24 Octubre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 24 de octubre de 2012
477030
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la
República, sin armas de guerra, del personal militar de la
República del Ecuador detallado a continuación, del 24 de
octubre al 24 de noviembre de 2012, a f‌i n que participen
en una pasantía de levantamiento hidrográf‌i co f‌l uvial a
bordo del B.A.P. ‘STIGLICH”.
1. Teniente de Navío Jorge TORRES Olvedo
2. Marinero Leonardo LEON Huayamabe
Artículo 2°.- Poner en conocimiento del Presidente
del Consejo de Ministros la presente resolución, a f‌i n que
dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que
se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modif‌i cada
por Ley N° 28899.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
857578-1
DESARROLLO E
INCLUSION SOCIAL
Designan Jefes de las Unidades de
Planeamiento y Presupuesto y de
Comunicación e Imagen en el Programa
Nacional de Asistencia Solidaria
“Pensión 65”
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 040-2012-MIDIS/P65-DE
Lima, 15 de octubre de 2012.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 065-2012-
MIDIS se formalizó la creación de la Unidad Ejecutora
006: Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión
65”, en el Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión
Social; asimismo, se dispuso designar como funcionario
responsable de dicha unidad ejecutora al Director
Ejecutivo del Programa;
Que, por Resolución Ministerial Nº 177-2012-MIDIS
se aprobó el Manual de Operaciones del Programa
Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, documento
técnico normativo de gestión que determina su estructura,
funciones generales del programa social, funciones
específ‌i cas de las unidades que lo integran, necesidades
mínimas de personal, así como los principales procesos
técnicos y/o administrativos del programa orientados al
logro de su misión, visión y objetivos estratégicos, de
conformidad con los lineamientos establecidos por el
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;
Que, se encuentran vacantes los cargos de Jefes de las
Unidades Orgánicas de Planeamiento y Presupuesto; y de
Comunicación e Imagen del Programa Nacional de Asistencia
Solidaria “Pensión 65”, por lo que resulta pertinente emitir
el acto administrativo que designe a los profesionales que
asumirán la Jefatura de las citadas unidades orgánicas;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Supremo Nº 081-2011-PCM, modif‌i cado por los Decretos
Supremos Nº 001-2012-MIDIS, 006-2012-MIDIS y 009-
2012-MIDIS, y las Resoluciones Ministeriales Nº 065-
2012-MIDIS y 177-2012-MIDIS;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar como Jefes de Unidad en
el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión
65”, a partir del 15 de octubre de 2012, a los siguientes
profesionales:
CARGO NOMBRES Y APELLIDOS
Jefe de la Unidad de
Planeamiento y Presupuesto Jesús Manuel Contreras Zambrano
Jefe de la Unidad de
Comunicación e Imagen Ysabel Delia Geldres Alavedra
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NORMA E. VIDAL AÑAÑOS
Directora Ejecutiva
Programa Nacional de Asistencia Solidaria
“Pensión 65”
857166-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Índices de Distribución del
Canon Pesquero provenientes de los
Derechos de Pesca, correspondientes
al Primer Semestre del año 2012
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 643-2012-EF/15
Lima, 19 de octubre de 2012
CONSIDERANDO:
creó el Canon Pesquero señalando que dicho Canon está
compuesto por el 50% (cincuenta por ciento) del total
de los Ingresos y Rentas que percibe el Estado de las
empresas dedicadas a la extracción comercial de pesca
de mayor escala, de recursos naturales hidrobiológicos de
aguas marítimas, y continentales lacustres y f‌l uviales;
Que, el numeral 5.2 del artículo 5º de la Ley Nº
27506, y normas modif‌i catorias, establece los criterios de
distribución del Canon;
Que, el literal e) del artículo 2º del Reglamento de la
Ley Nº 27506 - Ley de Canon, aprobado por el Decreto
Supremo Nº 005-2002-EF y normas modif‌i catorias,
establece la base de referencia para calcular el Canon
Pesquero, la cual está constituida por el 50% (cincuenta por
ciento) del Impuesto a la Renta y los Derechos de Pesca
a que se ref‌i ere la Ley General de Pesca pagado por las
empresas dedicadas a la extracción comercial de pesca
de mayor escala, de recursos naturales hidrobiológicos de
aguas marítimas, y continentales lacustres y f‌l uviales;
Que, el literal e) del artículo 7º del citado Reglamento
dispone que el monto del Canon Pesquero proveniente de
los Derechos de Pesca será determinado semestralmente,
en virtud de lo dispuesto en los artículos 41º y 47º del
mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, debiendo
el Ministerio de la Producción informar al Ministerio de
Economía y Finanzas respecto de los lugares donde las
empresas dedicadas a la extracción comercial de pesca de
mayor escala desembarquen los recursos hidrobiológicos
así como los volúmenes de pesca de mayor escala
desembarcados en tales lugares durante cada período,
dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes al último
día del mes que culmine el semestre, a efectos de
determinar los índices de distribución respectivos;
Que, asimismo, el primer párrafo del artículo 6º del
Reglamento en mención, señala que el Instituto Nacional
de Estadística e Informática – INEI y el sector al cual
corresponde la actividad que explota el recurso natural
por el cual se origina la transferencia de un Canon, dentro
de los 3 (tres) primeros meses del año, proporcionarán
al Ministerio de Economía y Finanzas la información
necesaria a f‌i n de elaborar los índices de distribución del
Canon que resulten de la aplicación de los criterios de
distribución establecidos;
Que, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15º
de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto, en concordancia con lo dispuesto

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