1067 151-99-INEI - Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana correspondiente al mes de abril de 1999

Fecha de disposición01 Mayo 1999
Fecha de publicación01 Mayo 1999
Pág. 172732
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 1 de mayo de 1999
señalados en el anexo de la presente resolución, presentada por
Financiera San Pedro S.A., conforme a lo previsto por el Artículo
215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y
del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 215º de la mencionada Ley General, estable-
ce que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraí-
da previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total
o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se
trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) año, el mismo que
podrá ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola
vez y por un máximo de seis (6) meses;
Que, en el segundo párrafo del referido artículo se precisa
que vencido dicho plazo, sin que la enajenación se haya efectua-
do, la empresa deberá constituir una provisión hasta por el
monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos;
Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones
Financieras "C" mediante el Informe Nº ASIF "C"085-OT/99 y
a lo opinado por los Superintendentes Adjuntos de Banca y
Asesoría Jurídica; y,
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702,
Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y
Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a
que se refiere el Artículo 215º de la Ley General, para que
Financiera San Pedro S.A. proceda a la enajenación de los
bienes muebles e inmuebles señalados en el anexo que forma
parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Vencido el plazo de prórroga otorgado
a Financiera San Pedro S.A., dicha empresa deberá proceder
conforme a lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 215º
de la Ley General, debiendo constituir la correspondiente provi-
sión con cargo a los resultados del mes en que vence el referido
plazo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTIN NARANJO LANDERER
Superintendente de Banca y Seguros
ANEXO (Resolución SBS Nº 0297-99)
BIENES MUEBLES E INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES
DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA
SU VENTA
(ARTICULO 215º DE LA LEY Nº 26702, LEY GENERAL DEL SISTEMA
FINANCIERO Y DEL SISTEMA DE SEGUROS Y ORGANICA DE LA
SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS)
FECHA DE VALOR EN PRORROGA
DIRECCION/ DEPARTA- ADJUDICACION LIBROS DE
DESCRIPCION MENTO (Soles) TENENCIA
Mercadería diversa Lima 98.4.2 152 513.96 99.10.2
Inmueble en Av. La Molina Lima 98.4.28 285 883.17 99.10.28
Nº 1104, Mz. R, Lt. 3-A,
Urb. Sol de La Molina
TOTAL 438 397.13
5668
I N E I
Indice de Precios al Consumidor de
Lima Metropolitana correspondiente al
mes de abril de 1999
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 151-99-INEI
Lima, 30 de abril de 1999
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 10º del Decreto Legisla-
tivo Nº 502, el Instituto Nacional de Estadística e Informática
publicará en el Diario Oficial El Peruano, con carácter de norma
legal, el primer día útil del mes siguiente al que corresponda, la
variación mensual que haya experimentado el Indice de Precios
al Consumidor de Lima Metropolitana;
Que, asimismo, la Primera Disposición Final del Decreto
Legislativo Nº 510, expresa que el INEI, deberá publicar men-
sualmente con carácter de norma legal, la Variación Acumulada
del Indice de Precios al Consumidor, con respecto al índice del
mes de diciembre del año anterior;
Que, por consiguiente, es necesario disponer la publicación
de la Variación Mensual del Indice de Precios al Consumidor de
Lima Metropolitana, correspondiente al mes de abril de 1999 y
la Variación Acumulada del Indice de Precios al Consumidor con
respecto al mes de diciembre de 1998 y aprobar la publicación
del Boletín Mensual que contiene la información oficial de
precios al consumidor;
En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la publicación de la Variación Porcen-
tual Mensual y Acumulada del Indice de Precios al Consumidor
de Lima Metropolitana, (Base: Año 1994 = 100,0) correspon-
diente al mes de abril de 1999:
AÑO 1999 NUMERO VARIACION PORCENTUAL
MES INDICE MENSUAL ACUMULADA
ENERO 146,27 0,01 0,01
FEBRERO 146,73 0,31 0,33
MARZO 147,63 0,61 0,94
ABRIL 148,50 0,59 1,54
Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual
del Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana,
correspondiente al mes de abril de 1999, documento que contie-
ne la Información Oficial de Precios al Consumidor.
Regístrese y comuníquese.
FELIX MURILLO ALFARO
Jefe
5744
Indice de Precios Promedio Mensual al
Por Mayor a Nivel Nacional correspon-
diente al mes de abril de 1999
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 152-99-INEI
Lima, 30 de abril de 1999
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo Nº 797 establece las Normas de
Ajuste por Inflación del Balance General con Incidencia Tribu-
taria, usando para tal caso de corrección, el Indice de Precios
Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 041-91-EF/93, se
ha dispuesto que el Instituto Nacional de Estadística e Informá-
tica publique mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, el
Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel
Nacional;
Que, el INEI a fin de uniformizar los períodos base de los
Indicadores de Precios que elabora, ha actualizado el período
base del Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a
Nivel Nacional, adoptando la Base: 1994 = 100,0, a partir del
mes de enero de 1999;
Que, es conveniente disponer la publicación de la serie de
índices correspondiente a la anterior Base: 1990 = 100,0, así
como la serie empalmada de la nueva Base: 1994 = 100,0,
correspondientes al año 1998, y la publicación de la Variación
Mensual y Acumulada del Indice de Precios Promedio Mensual
al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de abril de 1999, y del
Boletín Mensual que contiene la información oficial de Precios al
Por Mayor;
En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la publicación, del Indice de Pre-
cios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional que
contiene la serie de índices correspondiente a la anterior
Base: 1990 = 100,0, así como la serie empalmada de la nueva
Base: 1994 = 100,0, correspondiente al año 1998, y la publi-
cación de la variación mensual y acumulada del Indice de
Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional del
mes de abril de 1999:

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