ORDENANZA Nº 389-MDEA - Incorporan procedimientos en el TUPA de la Municipalidad
Fecha de disposición | 05 Diciembre 2008 |
Fecha de publicación | 05 Diciembre 2008 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 5 de diciembre de 2008
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programas especiales de capacitación para que todas las
organizaciones sociales adecuen sus estatutos en el plazo
señalado para que logren su reconocimiento y registro
municipal, conforme a lo dispuesto en el D.S. 004-2008-
MIMMDES, estableciendo que son socios titulares ambos
cónyuges, pudiendo representar a la sociedad conyugal
de manera conjunta y/o alternada; promoviendo así la
igualdad de oportunidades en el ejercicio de su derecho
de administrar y conservar los bienes de la familia.
Artículo 4º.- Para el registro de organizaciones
sociales se establecerá una Campaña de Inscripción en
el Registro Único de Organización Sociales (RUOS) de
la Municipalidad de El Agustino, por el término de 120
días, la que se iniciará con la entrada en Vigencia de la
presente Ordenanza.
Artículo 5º.- Las Organizaciones Sociales, deberán
adecuar sus estatutos en un plazo no mayor de 06
meses conforme lo dispone el D.S. 004-2008-MIMMDES.
Estableciéndose que ambos cónyuges gocen de los mismos
derechos, pudiendo representar a la sociedad conyugal de
manera conjunta y/o alternada; promoviendo así la igualdad
de oportunidades en el ejercicio de su derecho de administrar
y conservar los bienes de la familia.
Artículo 6º.- Con la creación del Registro Único de
Organizaciones Sociales (RUOS), quedan sin efecto los
demás registros de organizaciones sociales creados al
amparo de normas municipales, debiendo transferirse toda
la documentación pertinente a la Unidad de Participación
Vecinal, Prensa, RR. PP. y Protocolo.
Artículo 7°.- FACULTAR al señor Alcalde para
que mediante Decreto de Alcaldía emita las normas
reglamentarias y complementarias necesarias para el
cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo 8°.- DISPONER la publicación en el Diario
Ofi cial “El Peruano” de la presente Ordenanza que aprueba
el “Reglamento del Registro Único de Organizaciones
Sociales (RUOS) en el distrito de El Agustino”, y la
publicación en la página web de la municipalidad www.
munielagustino.gob.pe del “Reglamento del Registro Único
de Organizaciones Sociales (RUOS) en el distrito de El
Agustino”, así como la exhibición del mismo por un plazo
de veinte (20) días hábiles en los carteles municipales,
acto que será constatado por Notario Público.
Ubicación de carteles municipales de pleno acceso
libre al público en general:
- Local “Palacio Municipal”, sito en la Av. Riva Agüero
N° 1358 Urb. Popular El Agustino.
- Local “Demuna”, sito en la Calle San José N° 195
Cooperativa San José - El Agustino.
Artículo 9°.- ENCARGAR a la Unidad de Participación
Vecinal, Prensa, RR. PP. y Protocolo, velar por el
cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Artículo 10°.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el diario
ofi cial “El Peruano”, debiéndose dar fi el cumplimiento a
lo dispuesto en la presente Ordenanza, quedando sin
efecto cualquier otra norma que se oponga a la presente
Ordenanza.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase
VÍCTOR MODESTO SALCEDO RÍOS
Alcalde
287143-5
Incorporan procedimientos en el TUPA
de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 389 - MDEA
El Agustino, 21 de agosto del 2008.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE EL AGUSTINO
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE EL AGUSTINO
VISTO: en Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe
Técnico Nº 365-2008-GAFP-MDEA, de la Gerencia de
administración, Finanzas y Presupuesto, y;
CONSIDERANDO
Que, el artículo 191º de la Constitución Política del
Perú señala que las Municipalidades tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, con Ordenanza Nº 132-MDEA de fecha 31 de
enero del 2002, y RATIFICADA por la Municipalidad
Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 316-
MML de fecha 29 de noviembre del 2002. La Municipalidad
de El Agustino aprobó su Texto Único de Procedimientos
Administrativos;
Que posteriormente con Ordenanzas Nº 201-
MDEA de fecha 7 de febrero del 2004, Nº 231-MDEA
de fecha 28 de octubre del 2004 y Nº 247-MDEA de
fecha 5 de abril del 2005 y ratifi cadas todas ellas con
Acuerdo de Consejo Nº 171-MML de fecha 9 de junio
del 2005 y la Ordenanza Nº 387-MDEA de fecha 24 de
julio de 2008 y ratifi cada con el Acuerdo de Concejo
Nº 352-MML de fecha 05 de agosto de 2008 de la
Municipalidad Metropolitana de Lima; son aprobadas las
modifi caciones y nuevos procedimientos al Texto Único
de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
de El Agustino;
Que, en el Tupa de nuestra Entidad no esta considerado
el trámite de registro de altas y bajas de contribuyentes,
cuyo trámite debe ser de manera simplifi cada y gratuita,
a través de un formulario de declaración jurada conforme
la normativa vigente, confundiéndose el trámite con la
actualización de datos catastrales que esta orientado a
la modifi cación, variación de las características del predio
y su respectiva valuación, trámite que implica un trabajo
técnico (gabinete y campo) y por el cual sí corresponde
a un costo por derechos administrativos y un trámite de
evaluación previa;
Que, de acuerdo a las directivas del SAT de MML
enmarcada en el convenio interinstitucional recientemente
fi rmado es necesario disponer de un procedimiento expreso
simplifi cado para la inscripción de los contribuyentes
(transferencias altas y bajas), que permita un registro
efi caz en nuestra base de datos integrada a la base de
datos del SAT de MML;
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades
que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades
– Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, y con dispensa
del trámite de Comisiones, lectura y de aprobación del
Acta, con el voto Mayoritario de los Regidores aprobó la
siguiente Ordenanza:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA
INCORPORACIÓN AL TEXTO ÚNICO DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA
MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO
Artículo 1º.- APROBAR los procedimientos
administrativos: “Inscripción de Nuevos Contribuyentes,
Registro de Altas y Bajas de Titulares Sujetos a los Tributos
Prediales” y “Estado de Cuenta Corriente de Tributos”, e
INCORPORAR dichos procedimientos en el Texto Único
de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
Distrital de El Agustino, según Anexo Nº 01 que forma
parte de la presente Ordenanza.
Artículo 2º.- APROBAR el costo por la expedición de
Estado de Cuenta Corriente a S/. 1.00 (un nuevo sol).
Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y
a la Gerencia de Desarrollo Urbano el cumplimiento de la
presente Ordenanza y a las demás ofi cinas de las áreas
correspondientes.
Artículo 4º.- ENCARGAR a la Secretaría General
su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y poner en
conocimiento a las demás ofi cinas de esta Municipalidad
para su debido cumplimiento; y a la Unidad de Participación
Vecinal, Prensa, Relaciones Públicas y Protocolo su
correspondiente difusión masiva.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
VÍCTOR MODESTO SALCEDO RÍOS
Alcalde
Descargado desde www.elperuano.com.pe
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