DECRETO SUPREMO N° 001-2009-AG - Incorporan disposición al reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura

Fecha de publicación08 Enero 2009
Fecha de disposición08 Enero 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 8 de enero de 2009
387846
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127º
Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27619, Ley N°
29289 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en
misión of‌i cial del señor Luis Miguel Valdivieso Montano,
Ministro de Economía y Finanzas, a las ciudades de Los
Ángeles y San Francisco, Estados Unidos de América, del
08 al 11 de enero de 2009, para los f‌i nes expuestos en la
parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, serán con cargo a la Unidad
Ejecutora 001 - Administración General del Pliego
Ministerio de Economía y Finanzas, según detalle:
Pasajes : US $ 2 614,97
Viáticos : US $ 1 100,00
Tarifa CORPAC (TUUA) : US $ 30,25
Artículo 3º.- Encargar la Cartera de Economía y
Finanzas al señor Pedro Sánchez Gamarra, Ministro
de Energía y Minas, a partir del 08 de enero de 2009 y
mientras dure la ausencia del Titular.
Artículo 4°.- La presente norma no da derecho a
exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación.
Artículo 5°.- La presente Resolución será refrendada
por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro
de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
YEHUDE SIMON MUNARO
Presidente del Consejo de Ministros
LUIS M. VALDIVIESO M.
Ministro de Economía y Finanzas
298152-6
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 347-2008-PCM
Mediante Of‌i cio Nº 008-2009-SCM-PR, la Secretaría
del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas
de la Resolución Suprema Nº 347-2008-PCM, publicada
en nuestra edición del día 31 de diciembre de 2008.
- En el Artículo 1º;
DICE:
“... la designación de la ingeniera INGRID SORAYA
SUÁREZ VELARDE ...”
DEBE DECIR:
“... la designación de la señorita INGRID SORAYA
SUÁREZ VELARDE ...”
298153-1
AGRICULTURA
Incorporan disposición al Reglamento
de Organización y Funciones del
Ministerio de Agricultura
DECRETO SUPREMO
Nº 001-2009-AG
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 997, se aprobó
la Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Agricultura, en cuya disposición complementaria
derogatoria única se dispone derogar el Decreto Ley
Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, con
excepción de lo dispuesto en el Título V;
Que, la décimo primera disposición complementaria
de la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, aprobada
por Decreto Ley Nº 25902, está vinculada a lo dispuesto
en el referido Título V, y establece que “El Personal de los
Organismos Públicos Descentralizados creados con esta
disposición legal estará comprendido dentro del Régimen
Laboral de la Actividad Privada regido por la Ley Nº 4916
y en el Sistema Nacional de Pensiones del Decreto Ley
Nº 19990, sin excepción alguna a partir del primer día de
enero de 1993”;
Que, en la cuarta disposición complementaria de
los Lineamientos para Elaboración y Aprobación de los
Reglamentos de Organización y Funciones por parte
de las entidades de la administración pública, aprobado
por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se señala que
sólo mediante ley expresa se establece la aplicación del
régimen laboral de la actividad privada;
Que, por Decreto Supremo Nº 030-2008-AG se aprobó
la fusión del Instituto Nacional de Recursos Naturales
- INRENA y el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE
en el Ministerio de Agricultura, siendo este último el ente
absorbente;
Que, el personal del Instituto Nacional de
Recursos Naturales - INRENA y el Instituto Nacional
de Desarrollo - INADE está comprendido dentro del
régimen laboral de la actividad privada, regido por el Texto
Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 Ley de
Productividad y Competitividad Laboral aprobado
conexas;
Que, en virtud a lo dispuesto en el artículo 73º del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-
2008-AG, su personal está sujeto al régimen laboral, de
remuneraciones y benef‌i cios establecidos en la Ley de
Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones
del Sector Público, aprobado por Decreto Legislativo
Nº 276, así como a las normas reglamentarias y
complementarias;
Que, a f‌i n de dar cumplimiento a lo establecido en el
referido Decreto Supremo Nº 030-2008-AG, es necesario
contar con el marco legal adecuado que permita evaluar
el traspaso del personal;
Que, en tal sentido, resulta necesario ampliar el
artículo 73º del Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Agricultura, referente al régimen
laboral;
En uso de la facultad conferida por el numeral 8 del
conformidad con la Ley Nº 29158, Ley del Poder Ejecutivo,
el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Agricultura; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1º.- Incorporación de disposición al
Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Agricultura
Incorporar como segundo párrafo del artículo 73º del
Título III del Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo
Nº 031-2008-AG, el siguiente tenor:
“Artículo 73º.- Régimen Laboral
(…)
Estarán comprendidos en el régimen laboral privado,
regido por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-97-TR y
leyes conexas, únicamente el personal que provenga
de una entidad sujeta a dicho régimen y que como
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