DECRETO SUPREMO N° 016-2012-MTC - Decreto Supremo que modifica e incorpora disposiciones al Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2008-MTC

Fecha de disposición05 Diciembre 2012
Fecha de publicación05 Diciembre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 5 de diciembre de 2012
480084
profesional de la Dirección General de Medicamentos,
Insumos y Drogas, para que participe en el referido evento;
Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10º de la
Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2012, establece que los viajes al exterior de
los servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos
públicos, que se efectúen en el marco de la negociación de
acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales,
negociaciones económicas y f‌i nancieras y las acciones de
promoción de importancia para el Perú, están exceptuadas de
la prohibición a que hace referencia el mencionado artículo y
se aprueban mediante Resolución del Titular de la Entidad;
Con el visado del Director General de la Of‌i cina General
de Gestión de Recursos Humanos, del Director General
de la Of‌i cina General de Administración, de la Directora
General de la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica y del
Viceministro de Salud; y,
De conformidad con lo dispuesto en el literal a) del
numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 29812, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; en
la Ley Nº 27619, Ley que regula los viajes al exterior de los
servidores y funcionarios públicos y su modif‌i catoria; en el
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas
reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de
servidores y funcionarios públicos y en el literal I) del artículo
8º de la Ley Nº 27657 – Ley del Ministerio de Salud
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Modif‌i car el artículo 1° de la Resolución
Ministerial N° 929-2012/MINSA, de fecha 21 de noviembre
de 2012, el cual quedará redactado de la siguiente
manera:
“Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la Química
Farmacéutica Laura Octavia CERÓN ARAGÓN, profesional
de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y
Drogas del Ministerio de Salud, a la ciudad de Auckland,
Nueva Zelanda, para que participe en representación del
Ministerio de Salud, en la XV Ronda de Negociaciones del
Acuerdo de Asociación Transpacíf‌i co (TPP), del 5 al 14 de
diciembre de 2012”.
Artículo 2°.- Modif‌i car el artículo 2° de la Resolución
Ministerial N° 929-2012/MINSA de fecha 21 de noviembre de
2012, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con
cargo a la Unidad Ejecutora 001, del Pliego 011–Ministerio
de Salud, conforme al siguiente detalle:
- Pasajes
(incluido TUUA) : $. 4,672.94
- Viáticos x 9 días : $. 2,160.00
------------------
TOTAL : $. 6,832.94”
Artículo 3º.- Dejar subsistentes los demás aspectos
contenidos en la Resolución Ministerial N° 929-2012/
MINSA.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud
874510-1
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Decreto Supremo que modifica e
incorpora disposiciones al Reglamento
de Placa Única Nacional de Rodaje,
aprobado por Decreto Supremo Nº 017-
2008-MTC
DECRETO SUPREMO
Nº 016-2012-MTC
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27181 - Ley General
de Transporte y Tránsito Terrestre - en adelante la Ley -
, prescribe que en materia de transporte y tránsito
terrestre, la acción estatal se orienta a la satisfacción de
las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus
condiciones de seguridad y salud, así como a la protección
del ambiente y la comunidad en su conjunto;
Que, el Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje,
adelante el Reglamento -, tiene por objeto regular la Placa
Única Nacional de Rodaje, como elemento de identif‌i cación
vehicular durante la circulación de los vehículos por las
vías públicas terrestres, estableciendo su clasif‌i cación
y características, así como los procedimientos para su
manufactura, obtención y expedición, con el f‌i n de alcanzar
los estándares de seguridad internacional para evitar su
falsif‌i cación, adulteración, destrucción o empleo indebido,
conforme a los lineamientos establecidos en la Ley;
Que, en tal sentido, el Título II del Reglamento establece
un Sistema de Codif‌i cación de la Placa Única Nacional de
Rodaje, complementado en los Anexos I, II y III del citado
Reglamento, en los que se dispone la distribución de colores
y representación gráf‌i ca de la Placa Única Nacional de
Rodaje, el cuadro de zonas registrales para la asignación
del primer y segundo carácter de la Placa Ordinaria según
corresponda y la distribución del segundo y tercer carácter
de la Placa Especial;
Que, el numeral 4.7 del artículo 4 del Reglamento
def‌i ne al Proceso General Extraordinario de Cambio
de Placas, como el cambio de Placa Única Nacional
de Rodaje dispuesto por el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones con carácter general para todo o parte
del parque automotor; igualmente, la Segunda Disposición
Complementaria Transitoria del Reglamento, regula lo
referente al cronograma de dicho Proceso, señalando que
el mismo se establecerá por Resolución Ministerial;
Que, de acuerdo a la información proporcionada por la
Gerencia General de la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos - en adelante SUNARP - mediante Of‌i cio
Nº 245-2012-SUNARP-GR-GI/GG, como consecuencia del
crecimiento del parque automotor, se ha incrementado en
la zona norte del país la inscripción de los vehículos, en
especial los de la categoría L (vehículos menores), lo que
ha ocasionado duplicidad de placas únicas de rodaje; en
consecuencia la SUNARP ha solicitando el rediseño de la
codif‌i cación de la Placa Única Nacional de Rodaje;
Que, por otro lado, se ha identif‌i cado que las
combinaciones disponibles para las placas de exhibición se
han agotado, por lo que resulta necesario agregar una letra
más como carácter de reserva; en tal sentido, es preciso
modif‌i car el rubro correspondiente a la placa especial de
exhibición del Anexo III del Reglamento;
Que, en tal sentido, se considera necesario modif‌i car
el Sistema de Codif‌i cación de la Placa Única Nacional
de Rodaje establecido en el Título II del Reglamento, así
como los Anexos I, II y III del citado dispositivo, referidos
a la distribución de colores y representación gráf‌i ca de
la Placa Única Nacional de Rodaje, el cuadro de zonas
registrales para la asignación del primer y segundo carácter
de la Placa Ordinaria según corresponda y la distribución
del segundo y tercer carácter de la Placa Especial, a f‌i n
de evitar duplicidades en la emisión de la Placa Única
Nacional de Rodaje;
Que, f‌i nalmente, es necesario adoptar medidas
destinadas a que el Proceso General Extraordinario de
Cambio de Placas, se realice de manera adecuada y
oportuna;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del
27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre,
la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el
Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, aprobado
DECRETA:
Artículo 1º.- Modif‌i cación al Reglamento de Placa
Única Nacional de Rodaje
Modifíquese el numeral 9.1 del artículo 9; el numeral
1.1 del Anexo I, el Anexo II y el rubro correspondiente a la
placa especial de exhibición del Anexo III del Reglamento
de Placa Única Nacional de Rodaje, aprobado mediante
siguientes:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR