1063 025-DE/MGP - Modifican artículo del D.S. Nº 014-DE/MGP, mediante el cual se incluyó procedimiento sobre acceso a la información en el TUPA de la Marina de Guerra del Perú

Fecha de disposición12 Mayo 2001
Fecha de publicación12 Mayo 2001
Pág. 202660
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 12 de mayo de 2001
Artículo 3º.- Transcurridos seis meses de la notifica-
ción judicial, sin haberse cumplido el mandato, el Titular
del Pliego Presupuestal o el órgano que haga sus veces
presentará al juez correspondiente alguna modalidad de
pago que dé cumplimiento al fallo de acuerdo a la dispo-
nibilidad de la hacienda pública, en caso el cumpli-
miento de la sentencia pueda producir grave trastorno
económico a la gestión de la entidad. El Juez correrá
traslado a la otra parte en un término de 5 días.
En caso que la otra parte no esté de acuerdo con la
modalidad propuesta, la entidad, bajo responsabilidad
funcional de su más alta autoridad individual o colegia-
da, preverá en sus subsiguientes presupuestos institucio-
nales anuales, en armonía con la Norma I de la Ley Nº
27209, los fondos necesarios para la atención progresiva
de los adeudos que se originen en mandatos judiciales,
consentidos y ejecutoriados, que se encuentren en cali-
dad de cosa juzgada.
Artículo 4º.- El Poder Ejecutivo propondrá al Congre-
so de la República, dentro de los 60 días siguientes a la
fecha de publicación del presente Decreto de Urgencia, el
proyecto de ley que establezca los bienes que son de
dominio público.
Artículo 5º.- Los procesos judiciales actualmente
existentes, en trámite o en ejecución de sentencia, se
someterán al procedimiento establecido en el presente
Decreto de Urgencia.
Artículo 6º.- El presente Decreto de Urgencia será
refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el
Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Justicia.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días
del mes de mayo del año dos mil uno.
VALENTIN PANIAGUA CORAZAO
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
JAVIER SILVA RUETE
Ministro de Economía y Finanzas
DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE
Ministro de Justicia
23432
P C M
Autorizan viaje del Ministro de Salud
para concurrir a la 54ª Asamblea Mun-
dial de la Salud
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 259-2001-PCM
Lima, 11 de mayo de 2001
CONSIDERANDO:
Que el Ministro de Salud, doctor EDUARDO PRE-
TELL ZARATE, debe concurrir a la 54ª Asamblea Mun-
dial de la Salud, presidiendo la Delegación Peruana,
evento programado en la ciudad de Ginebra;
De conformidad con lo previsto en el Decreto Supre-
mo Nº 048-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo
Nº 053-2001-PCM; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
1º.- Autorizar el viaje del Ministro de Salud, doctor
EDUARDO PRETELL ZARATE, a la ciudad de Ginebra,
del 12 al 17 de mayo de 2001, de acuerdo a lo expresado
en la parte considerativa.
2º.- Los gastos que origine el cumplimiento de la
presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presu-
puestal del Ministerio de Salud, según detalle:
- Pasajes US$ 3,564.00
- Viáticos US$ 1,300.00
- Tarifa CORPAC US$ 25.00
3º.- La presente Resolución no dará derecho a exone-
raciones aduaneras de ninguna clase o denominación.
4º.- La presente Resolución será refrendada por el
Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de
Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
EDUARDO PRETELL ZARATE
Ministro de Salud
23433
Encargan el Despacho de Salud al
Ministro de Trabajo y Promoción Social
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 260-2001-PCM
Lima, 11 de mayo de 2001
CONSIDERANDO:
Que, el doctor Eduardo Pretell Zárate, Ministro de
Salud, se ausentará del país en Misión Oficial;
Que, es necesario encargar el Despacho de Salud;
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 127º
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Encargar el Despacho de Salud al
doctor Jaime Zavala Costa, Ministro de Trabajo y Pro-
moción Social, a partir del 12 de mayo de 2001, en tanto
dure la ausencia del Titular.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
23418
DEFENSA
Modifican artículo del D.S. Nº 014-DE/
MGP, mediante el cual se incluyó pro-
cedimiento sobre acceso a la infor-
mación en el TUPA de la Marina de
Guerra del Perú
DECRETO SUPREMO
Nº 025-DE/MGP
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo Nº 014-DE/MGP de
fecha 10.abril.2001, se aprobó incluir como Disposi-
ción General en el Texto Unico de Procedimientos
Administrativos de la Marina de Guerra del Perú,
TUPAM-15001, Edición 2000, el Procedimiento de-
nominado "Acceso de las Personas Naturales o Jurí-
dicas a la información que posee o produzca la Mari-
na de Guerra del Perú";
Que, el Artículo 2º del referido Decreto Supremo
dispone que dicha norma entrará en vigencia a los
TREINTA (30) días de su promulgación;

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