Prorrogan plazo para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales

EmisorMUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Fecha de la disposición 4 de Junio de 2000
Pág. 187598
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 4 de junio de 2000
Que, es política de la actual Gestión Municipal brindar a
los contribuyentes las mayores facilidades de pago, para lo
cual propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 057/
MDS, sobre el Beneficio de Regularización Tributaria y Admi-
nistrativa hasta el 17 de junio del 2000;
Que, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 111º
de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853;
DECRETA:
Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 17 de junio del
2000, los alcances de la Ordenanza Nº 057/MDS, sobre el
Beneficio de Regularización Tributaria y Administrativa para
que los señores Contribuyentes puedan cumplir con el pago de
sus obligaciones tributarias.
Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del pre-
sente Decreto, a las Direcciones de Rentas, Administración e
Informática, en cuanto les corresponda.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
GUIDO CASASSA BACIGALUPO
Alcalde
6317
Prorrogan plazo para el pago del Impues-
to Predial y Arbitrios Municipales
DECRETO DE ALCALDIA
Nº 009-2000/MDS
Surquillo, 31 de mayo de 2000
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE SURQUILLO
Visto el Acuerdo de Concejo de fecha 17 de febrero del 2000,
mediante el cual faculta al Sr. Alcalde para que vía Decreto de
Alcaldía, establezca las prórrogas que fueran necesarias para
el cumplimiento de las obligaciones tributarias;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 002-2000/MDS, se
aprobó el Cronograma de Pagos de las Obligaciones Tributarias;
Que, mediante Informe Nº 020-00/OR-MDS, de fecha 31 de
mayo del año en curso, la Dirección de Rentas informa sobre
la recaudación del 30% del total de los tributos municipales
generados del año 2000, por lo que solicita fijar como nueva
fecha hasta el 30 de junio del año en curso, para el pago del
Primer y Segundo Trimestre del Impuesto Predial; Primer y
Segundo Bimestre de los Arbitrios Municipales del 2000;
Que, es política de la actual Gestión Municipal brindar a
los contribuyentes las mayores facilidades de pago, para lo
cual se propone fijar como nueva fecha de vencimiento del
plazo para el pago de las Obligaciones Tributarias hasta el 30
de junio del 2000;
Que, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 111º
de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853;
DECRETA:
Artículo Primero.- Fijar como nueva fecha de venci-
miento para el pago de los Tributos Municipales del año 2000,
como sigue:
IMPUESTO PREDIAL:
PRIMER TRIMESTRE 30 DE JUNIO DEL 2000.
SEGUNDO TRIMESTRE 30 DE JUNIO DEL 2000.
ARBITRIOS MUNICIPALES
PRIMER BIMESTRE 30 DE JUNIO DEL 2000.
SEGUNDO BIMESTRE 30 DE JUNIO DEL 2000.
Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del pre-
sente Decreto, a las Oficinas de Rentas, Administración e
Informática, en cuanto les corresponda.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
GUIDO CASASSA BACIGALUPO
Alcalde
6318
MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE SAN
JUAN DE CHICLA
Inician procedimiento disciplinario a
ex funcionarios de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA
Nº 013-2000/MDCH-ALC
Chicla, 10 de mayo del 2000
EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE CHICLA
Visto el Informe Nº 001-2000-CEPAD; Comisión Especial
de Procesos Administrativos Disciplinarios; con el Informe Nº
020-99-CG/AA1 Contraloría General de la República, por el
cual se pronuncian al respecto de que se aperture proceso
administrativo al ex alcalde de la Municipalidad Distrital de
San Juan de Chicla, Sr. Orlando Soto de la Cruz; a la ex
coordinadora administrativa del Programa de Vaso de Leche,
Srta. Marlene Zegarra Martínez; al ex regidor responsable del
Programa del Vaso de Leche, Sr. Agapito Balvin Contreras.
CONSIDERANDO:
Que, la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de
Remuneraciones del Sector Público promulgada por Decreto
Legislativo Nº 276, Arts. 25º al 33º, se norma el Régimen
Disciplinario de los servidores públicos;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-PCM, se aprueba
el Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrati-
va y específicamente el Art. 166º determina que la Comisión
Especial de Procesos Administrativos tiene facultad de califi-
car las denuncias que le son remitidas y pronunciarse sobre la
procedencia de la apertura de procesos administrativos co-
rrespondientes;
Que, con el informe de Asesoría Jurídica Nº 001-AJ-2000;
opina aperturar proceso administrativo; asimismo, estando a
lo expuesto en el informe de la Comisión Especial de Procesos
Administrativos y existiendo indicios de que los referidos
funcionarios públicos; Sr. Orlando Soto de la Cruz, ex alcalde;
Srta. Marlene Zegarra Martínez, ex coordinadora; Sr. Agapito
Balvin Contreras, ex regidor, han cometido infracción adminis-
trativa en el desempeño de sus funciones, tales como no
cumplir diligentemente sus deberes en salvaguarda de los
intereses del Estado; el no haber devuelto el remanente del
presupuesto del Programa del Vaso de Leche lo que conllevó a
que, se perjudique a las madres de familia beneficiarias; por
negligencia al no haber comprado dichos productos; así como
no haber sustentado el dinero no utilizado al 31 de diciembre
del 97, la suma de S/. 37,959.00 (Treintisiete mil novecientos
cincuentinueve nuevos soles);
Que, estando a las facultades conferidas por la Ley Nº
23853, Ley Orgánica de Municipalidades;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Abrir Proceso Administrativo Disci-
plinario al ex alcalde de la Municipalidad Distrital de San
Juan de Chicla, Sr. Orlando Soto de la Cruz; Srta. Marlene
Zegarra Martínez, ex coordinadora y al Sr. Agapito Balvin
Contreras, ex regidor, por las consideraciones expuestas.
Artículo Segundo.- Encargar a la Comisión de Procesos
Administrativos Disciplinarios, para que proceda a efectuar
las investigaciones, evaluar y determinar las responsabilida-
des dentro del plazo de ley.
Artículo Tercero.- Notificar la presente resolución al
citado funcionario mediante publicación en el Diario Oficial El
Peruano, para que presente su descargo conforme esta norma-
do. Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección Municipal el
cumplimiento de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ARMANDO CALCINA COLQUI
Alcalde
6320

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR