¿Cómo identificar la condición de minería artesanal ilegal e informal para calificar el delito de Lavado de activos?

Se trata de la investigación seguida por el Ministerio Público en contra Edisa Saavedra Tananta por la presunta comisión del delito de lavado de activos en la modalidad de traslado de dinero, en perjuicio del Estado.

El representante del Ministerio Público presenta recurso de casación contra la sentencia de vista, Resolución N.º 27 del 08 de agosto de 2018, emitida por la Sala Penal Superior de la Corte Superior de Justicia de Tacna, que confirmó la sentencia de primera instancia, Resolución N.º 7 del 17 d enero de 2017, que absolvió a Edisa Saavedra Tananta de la acusación fiscal por el delito de lavado de activos en la modalidad de traslado de dinero, en perjuicio del Estado.

De conformidad con ello, se postuló la imposición de nueve años de pena privativa de libertad, el pago de ciento noventa días-multa y el decomiso del importe incautado. Por su parte, el actor civil, la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Procesos de Pérdida de Dominio, postuló como reparación civil la suma de S/ 20 000 (veinte mil soles).

El Juzgado Penal Colegiado absolvió a Edisa Saavedra Tananta de la acusación fiscal por el delito de lavado de activos en la modalidad de traslado de dinero, en agravio del Estado.

Dicho pronunciamiento fue recurrido por el Ministerio Público y el actor civil Superior de Justicia de Tacna, quienes, mediante sentencia de vista, Resolución N.º 27 del 08 de agosto de dos mil 2018 confirmó la resolución y dispuso el archivo definitivo de la causa.

El representante del Ministerio Público formalizó el recurso de casación. Los agravios que sustentaron la admisión del recurso refieren que: i) se debe interpretar como ilegal a toda actividad minera que no tenga autorización y no haya iniciado su proceso de formalización ante la autoridad administrativa competente y, por tanto, todo activo que provenga de los mismos deberá ser considerado como ilícito. ii) La sentencia de vista llevó a cabo una errada interpretación del artículo 307-A del Código Penal al sostener que el origen del dinero provino de una actividad de minería artesanal, y que ello no la convierte en ilegal o ilícita, en tanto se trataría de una actividad informal que una persona realiza con lo finalidad de obtener un ingreso económico.

Por ello, es necesario precisar a qué se define como minería ilegal y, de otro lado, qué se entiende por minería informal.

El delito de minería ilegal, en su configuración típica señala que el sujeto activo debe actuar sin contar con la autorización de la entidad administrativa competente para poder...

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