Autorizan a HSBC Bank Perú S.A. efectuar procesamiento principal de su información en la ciudad de Montevideo, República del Uruguay

Fecha de disposición20 Octubre 2006
Fecha de publicación20 Octubre 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
viernes 20 de octubre de 2006 330907
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Autorizan a HSBC Bank Perú S.A.
efectuar procesamiento principal de su
información en la ciudad de
Montevideo, República del Uruguay
RESOLUCIÓN SBS Nº 1341-2006
Lima, 11 de octubre de 2006
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
VISTA:
La solicitud presentada por HSBC Latin America
Holdings (UK) Limited, organizador responsable de la
empresa bancaria HSBC Bank Perú S.A., para que se le
autorice el procesamiento principal de su información en
la ciudad de Montevideo, República del Uruguay, a cargo
del proveedor HSBC Bank (Uruguay) S.A.; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución SBS Nº 006-2002 se
aprobó el Reglamento para la Administración de Riesgos
de Operación, en adelante el Reglamento;
Que, la Circular Nº G-105-2002 establece que las
empresas que deseen realizar su procesamiento
principal de datos en el exterior, deberán requerir la
autorización previa y expresa de esta Superintendencia,
presentando, para dicho efecto, la documentación que
sustente la forma en que la empresa asegurará el
cumplimiento de lo dispuesto en la Circular antes
mencionada, y en la Primera Disposición Final y
Transitoria del Reglamento;
Que, para otorgar la autorización de procesamiento
principal de información en el exterior, es necesario que
la empresa HSBC Bank Perú S.A. haya sido autorizada
a funcionar como empresa bancaria y encontrarse sujeta
al ámbito de aplicación de las normas señaladas en los
dos párrafos precedentes;
Que, mediante Resolución SBS Nº 1256-2006 del 28 de
setiembre de 2006, se autorizó el funcionamiento de HSBC
Bank Perú S.A. como empresa bancaria, la misma que podrá
realizar las operaciones señaladas en el artículo 283º de la
Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -
Ley Nº 26702 y modificatorias;
De acuerdo a lo informado por el Departamento de
Evaluación Bancaria "A" mediante Informe Nº 147-2006-
DEB "A", el Departamento de Evaluación de Riesgos de
Operación mediante Informe Nº 092-2006-DERO y, el
Departamento de Operaciones mediante Informe Nº 008-
2006-DO; con la opinión favorable de las Superintendencias
Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Asesoría Jurídica y
de Riesgos y, de la Gerencia de Tecnologías de Información;
En uso de las atribuciones conferidas por la referida
Ley General;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a HSBC Bank Perú S.A.
a efectuar el procesamiento principal de su información
en la ciudad de Montevideo, República del Uruguay, a
cargo del proveedor HSBC Bank (Uruguay) S.A.
Artículo Segundo.- Las modificaciones que se
realicen a los contratos, el cambio de proveedor o la
contratación de nuevos servicios de procesamiento de
datos en el exterior deberán ser comunicadas a esta
Superintendencia y estar a satisfacción de ella.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
03251-1
UNIVERSIDADES
Autorizan viaje de Rector de la
Universidad Nacional Mayor de San
Marcos a Francia, en comisión de
servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR
DE SAN MARCOS
RESOLUCIÓN RECTORAL
Nº 04778-R-06
Lima, 19 de octubre del 2006
Visto el expediente con Registro de Mesa de Partes
General Nº 12711-SG-06 del Rectorado, sobre viaje al
exterior en comisión de servicios y encargatura.
CONSIDERANDO:
Que la Universidad Nacional Mayor de San Marcos
celebra con la Universidad Nacional de Ingeniería y la
Universidad Nacional Agraria - La Molina, un acuerdo
denominado “Alianza Estratégica para el Desarrollo de
la Educación Superior”;
Que mediante carta fechada 4 de octubre de 2006, la
Escuela Politécnica de la Universidad de Marsella
(Francia) invita al Dr. LUIS FERNANDO IZQUIERDO
VÁSQUEZ, Rector de nuestra Casa Superior de
Estudios, a un conversatorio con los Directores de los
Departamentos Académicos de dicha Escuela;
Que el conversatorio en referencia tiene por objeto
fijar la redacción final del Convenio que suscriba la Alianza
Estratégica para el Desarrollo de la Educación Superior
con la Escuela Politécnica de la Universidad de Marsella;
Que dicho Convenio beneficiará en lo académico y
científico, a las comunidades de las tres Universidades
Peruanas antes citadas, lo que redundará a favor de la
imagen de nuestro país, y por ende, contribuirá a su
promoción económica;
Que en sesión del 13 de octubre de 2006, el Consejo
Universitario autoriza al señor Rector a viajar en comisión
de servicios con la finalidad antes descrita, del 21 de
octubre al 1 de noviembre de 2006;
Que para el efecto, es necesario otorgar al Dr. LUIS
FERNANDO IZQUIERDO VÁSQUEZ las sumas en
nuevos soles equivalentes a US$ 1,417.58 dólares
americanos por concepto de Pasajes, US$ 3,120.00
dólares americanos por concepto de doce (12) días de
viáticos, US$ 30.25 dólares americanos por concepto
de Tarifa CORPAC; más una subvención económica
social de US$ 160.00 dólares americanos, para sufragar
el seguro médico internacional y el pago por derecho de
uso del terminal aéreo francés; con cargo a los recursos
directamente recaudados por la administración central;
Que la Oficina General de Planificación mediante
Oficio Nº 3332-OGPL-2006, emite opinión favorable al
respecto;
Que a fin de mantener el normal desarrollo de las
actividades universitarias, es necesario encargar el
Rectorado al Dr. VÍCTOR ANTONIO PEÑA
RODRÍGUEZ, Vicerrector Académico, por el período que
dure la ausencia del titular;
Que se cumplen con los requisitos exigidos por el
artículo 8º de la Directiva Nº 001-SG-03 aprobada con
Resolución Rectoral Nº 01536-R-03 del 7 de marzo de
2003, modificada con Resolución Rectoral Nº 00235-R-
06 del 25 de enero de 2006; y,
Estando a las atribuciones conferidas al señor Rector
por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la
Universidad Nacional Mayor de San Marcos;
SE RESUELVE:
1º.- Autorizar el viaje en COMISIÓN DE SERVICIOS
del Dr. LUIS FERNANDO IZQUIERDO VÁSQUEZ, con
código Nº 035238, Rector de la Universidad Nacional

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