GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO ORDENANZA Nº 057-2013-CR/GRC.CUSCO - Autorizan se lleve a cabo proceso de reasignaciOn excepcional del personal docente y auxiliar de educaciOn ORDENANZA Nº 057-2013-CR/GRC.CUSCO

EmisorGobiernos Regionales
Fecha de la disposición27 de Noviembre de 2013
El Peruano
Miércoles 27 de noviembre de 2013
507828
la Municipalidad Provincial de Casma, departamento de
Áncash, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 7,
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
PEREIRA RIVAROLA
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1019642-3
MINISTERIO PUBLICO
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 3846-2013-MP-FN
Mediante Ocio Nº 23080-2013-MP-FN-SEGFIN, el
Ministerio Público solicita se publique Fe de Erratas de
la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3846-2013-
MP-FN, publicada en la edición del día 23 de noviembre
de 2013.
ARTÍCULO PRIMERO.-
DICE:
“(...), designándola en el Despacho de la Fiscalía
Provincial Mixta de Huaypetue.”
DEBE DECIR:
“(...), designándola en el Despacho de la Fiscalía
Provincial Penal Corporativa de Huaypetue.”
ARTÍCULO TERCERO.-
DICE:
“NOMBRAR al doctor OSCAR DURAN MEJIA, (...),
designándolo en el Despacho de la Fiscalía Especializada
en Delitos de Tráco Ilícito de Drogas- Sede Huamanga.”
DEBE DECIR:
“NOMBRAR al doctor OSCAR DURAND MEJIA, (...),
designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial
Especializada en Delitos de Tráco Ilícito de Drogas-
Sede Huamanga.”
1019705-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE CUSCO
Autorizan se lleve a cabo proceso de
reasignación excepcional del personal
docente y auxiliar de educación
ORDENANZA REGIONAL
Nº 057-2013-CR/GRC.CUSCO
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional Cusco,
en la decimo segunda sesión ordinaria de fecha quince
y diecisiete de octubre del año dos mil trece, ha debatido
y aprobado el Dictamen de la Comisión Ordinaria de
Educación y Desarrollo Humano que propone la aprobación
del proceso de reasignación excepcional complementaria
del personal docente y auxiliar de educación; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Articulo 191º del Capítulo XIV del Título IV de
la Constitución Política del Perú, modicado por la ley Nº
27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV
del Título IV, concordante con el Articulo 31 de la Ley de
Bases de la Descentralización- Ley Nº 27783, Señala que:
“Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política,
económica y administrativa en asuntos de su competencia
(…);
Que, el Artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales señala que las Ordenanzas Regionales
norman asuntos de carácter general, la organización y
la administración del Gobierno Regional y reglamentan
materias de su competencia;
Que, el Artículo del Reglamento Interno de
Organización y Funciones del Consejo Regional del
Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional
049-2013-CR/GRC.CUSCO, señala que “El Consejo
Regional del Cusco es el órgano representativo del
Departamento del Cusco, encargado de realizar las
funciones normativas, scalizadoras y de control político
y constituye el máximo órgano deliberativo. Emana de
la voluntad popular, ejerce funciones y atribuciones con
autonomía conforme a la Constitución Política del Perú,
de Gobiernos Regionales, sus modicatorias y demás
disposiciones. Relacionadas con la descentralización y
regionalización;
Que, en merito a la solicitud presentada por el
Secretario General de la SUTEP Regional del Cusco,
representado por el profesor Augusto Idme Ramos,
mediante Ocio Nº 0037-2013/CER-SUTEP/CUSCO de
fecha 23 de Julio del 2013, mediante el cual peticiona
la AMPLIACION DEL PROCESO DE REASIGNACION
mediante Ordenanza Regional, a n de que este se
lleve de manera Excepcional- Complementaria a la
primera fase dentro del marco normativo de la R.M Nº
434, modicado por la R.M Nº466 y la R.M Nº1174-
91-ED, teniendo en cuenta que el 04 de Diciembre
del 2012, el Congreso de la República aprueba la
Ley Nº 29951 Ley de Presupuesto del Sector Publico
para el año scal 2013, y en la nonagésima Segunda
Disposición Complementaria se establece como plazas
docentes orgánicas del Sector de Educación, las plazas
docentes y administrativas que hayan sido validadas
por el Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto del
Ministerio de Educación y que hayan sido nanciadas en
los años 2010-2012, las mismas que deben encontrarse
registradas en el Aplicativo Informático.
Que, contando la Región Cusco con 4100 plazas
aprobadas y no habiendo sido ofertadas para el proceso
de Reasignación convocado por la R.M Nº 434 Y 466-
2012-ED, por deciencias técnicas en la codicación
denitiva por parte del Ministerio de Educación, acción
que recién se dio el día 28 de Febrero del 2013; no
posibilitando que estas plazas sean ocupadas por
reasignación por los docentes que por muchos años
laboran, en zonas rurales del ámbito de la Región,
quienes se han visto relegados en su expectativas
de ser reasignados a una de estas referidas plazas
por omisión en su publicación por parte de la entidad
administrativa., en su oportunidad por no haberse
codicado por deciencias del Ministerio de Educación;
por lo que es necesario superar este problema
ampliando el proceso de Reasignación excepcional-
complementaria a la primera fase, respetando el orden
de méritos y/o ranquin de reasignación establecido para
el año 2013, siendo esto que no es un nuevo proceso;
más aún que el Artículo 47º de la R.M Nº1174-91-ED,
regula que el proceso de reasignación debe efectuarse
conforme establece al 31 de Diciembre de cada año.
Que, según el Plan Perú Maestro, lanzado por el
Ministerio de Educación, para el año 2014, se tiene
previsto llevara adelante los siguientes procesos:

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