ORDENANZA Nº 150-GOB.REG-HVCA/CR - Aprueban Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo 2011 del Gobierno Regional de Huancavelica

Fecha de disposición09 Abril 2010
Fecha de publicación09 Abril 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 9 de abril de 2010 416877
Aprueban Reglamento del Proceso del
Presupuesto Participativo 2011 del
Gobierno Regional de Huancavelica
ORDENANZA REGIONAL
Nº 150-GOB.REG-HVCA/CR
Huancavelica, 17 de febrero de 2010
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA:
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ORDENANZA REGIONAL QUE DISPONE EL INICIO
DEL PLANEAMIENTO DEL DESARROLLO DEL
PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
2011 Y APRUEBA SU REGLAMENTO
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad
popular, son personas jurídicas de Derecho Público con
autonomía política, económica y administrativa teniendo
por misión organizar y conducir la gestión pública regional
de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas
y delegadas en el marco de las políticas nacionales y
sectoriales para la contribución al desarrollo integral y
sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen
por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y
simplif‌i cación administrativa.
Que, mediante Ley N° 27783 - Ley de Bases de la
Descentralización en su Capítulo IV, de Participación
Ciudadana, Artículo 17° numeral 17.1 y 17.2 establece
que los Gobiernos Regionales y Locales están obligados
a promover la participación ciudadana en la formulación,
debate y concertación de sus planes de desarrollo y
presupuesto, y en la gestión pública;
Que, mediante Ley N° 28056 - Ley Marco del
Presupuesto Participativo en su Capítulo I, Disposiciones
Complementarias, Artículo 1°, establece que el Proceso del
Presupuesto Participativo es un mecanismo de asignación
equitativa, racional, ef‌i ciente, ef‌i caz y transparente de los
recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado –
Sociedad Civil. Para ello los Gobiernos Regionales y Locales
promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de
participación en la programación de sus presupuestos, así
como en la vigilancia y f‌i scalización de la gestión de los
recursos públicos;
Que, según el Artículo 4º de la Ley N° 29298 - Ley que
constituyen instancias de participación el Consejo de
Coordinación Regional, Consejo de Coordinación Local
Provincial y Consejo de Coordinación Local Distrital,
asimismo establece que cada instancia formula su
presupuesto participativo respetando el marco de
competencias establecido en la Constitución Política del
Perú y en las correspondientes leyes orgánicas; para tal
efecto se considera criterios de alcance, cobertura de
población, así como montos de ejecución o envergadura;
y el Artículo 6°, desarrolla las fases del proceso,
señalando que la adecuación de fases y actividades que
se requieran para el mejor cumplimiento del proceso,
considerando la realidad territorial, serán reguladas por
ordenanza;
se aprobó el nuevo Reglamento de la Ley Nº 28056 – Ley
Marco del Presupuesto Participativo y su Modif‌i catoria
la Ley Nº 29298, donde se establece las acciones
que regulan el desarrollo del Proceso de Presupuesto
Participativo;
los criterios de alcance, cobertura y monto de ejecución
para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y
distrital;
Que, para el desarrollo de las actividades del
Presupuesto Participativo, previamente es necesario
aprobar el Inicio del Proceso de Presupuesto Participativo
Regional 2011 y su reglamento que regirá para un adecuado
desarrollo del proceso.
Que, el Artículo 38º de la Ley 27867 - Ley Orgánica de
los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas
Regionales norman asuntos de carácter general, la
organización y administración del Gobierno Regional y
reglamentan materias de su competencia;
Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la
Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, sus modif‌i catorias y al Reglamento Interno del
Consejo Regional; con el voto unánime de sus miembros;
ORDENA:
Artículo Primero.- DISPONER el inicio del Proceso de
Planeamiento del Desarrollo y del Presupuesto Participativo
del Departamento de Huancavelica, para el Año Fiscal
2011; conforme a la presente ordenanza, su reglamento y a
la normatividad vigente
Artículo Segundo.- APROBAR el Reglamento
del Proceso del Presupuesto Participativo 2011, del
Gobierno Regional de Huancavelica, que consta de
dos (02) Capítulos, ocho (08) Artículos y cuatro (04)
Disposiciones Complementarias y Finales, el mismo
que se adjunta y forma parte de la presente Ordenanza
Regional.
Artículo Tercero.- DERÓGUESE O DÉJESE sin
efecto legal toda disposición que se oponga a la presente
Ordenanza Regional.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Huancavelica para su promulgación.
En Huancavelica a los Diecisiete días del mes de
Febrero del Dos Mil Diez.
BENITO NAVARRO MUÑOZ.
Consejero Delegado
POR TANTO:
Mando se Publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica,
a los diecinueve días del mes de febrero del año Dos Mil
Diez.
L. FEDERICO SALAS GUEVARA SCHULTZ
Presidente Regional
477451-2
Conforman Equipo Técnico del
Presupuesto Participativo del
departamento de Huancavelica
ORDENANZA REGIONAL
Nº 151-GOB.REG-HVCA/CR
Huancavelica, 17 de febrero de 2010
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA:
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ORDENANZA REGIONAL QUE DISPONE
LA CONFORMACIÓN DEL EQUIPO TÉCNICO
DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL
DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA,
PARA EL AÑO FISCAL 2011
Que, los Gobiernos Regionales emanan de
la voluntad popular, son personas jurídicas de
Derecho Público con autonomía política, económica
y administrativa teniendo por misión organizar y
conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus
competencias exclusivas, comparativas y delegadas
en el marco de las políticas nacionales y sectoriales
para la contribución al desarrollo integral y sostenible
de la región, sus normas y disposiciones se rigen por
los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y
simplificación administrativa.
Que, el Artículo 17º Inciso 1) de la Ley Nº 27783
los Gobiernos Regionales están obligados a promover la
participación ciudadana en la formulación de sus planes
de desarrollo y presupuestos en la gestión pública y, en
el Artículo 20º, precisa que los Gobiernos Regionales se
sustentan y rigen por sus Presupuestos Participativos
anuales como Instrumento de Administración y Gestión,
los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley y
en concordancia con el Plan de Desarrollo Concertado;

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