Las garantías para el desempeño profesional del Juez y la independencia judicial en un Estado Constitucional

AutorGorki Gonzales Mantilla
Páginas733-741

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Presentación

Las reglas que ordenan la actividad profesional del juez forman parte del ámbito de legitimidad normativa que resguarda el ejercicio de la función judicial. Esta articulación resulta particularmente relevante cuando se piensa en uno de los principios que describen en forma esencial la función de juzgar: la independencia.

En efecto, la relación entre carrera e independencia judicial describe un tipo de vínculo que influye en el modelo de juez y en la posición que se le asigna en el ordenamiento jurídico. Es el margen de actuación del juez el que está en cuestión cuando se le entiende asociado al tipo de carrera judicial y a la intensidad atribuida a la independencia del juez. Más aún, recuérdese en esta línea, que las reglas previstas en el sistema de carrera judicial, junto al principio de independencia, son un aspecto cuyo significado no puede prescindir del influjo ejercido por el proceso político y por el papel que las democracias constitucionales reclaman en la actualidad de los jueces.

El examen de las razones que justifican la relación entre la carrera judicial y la independencia del juez, desde el punto de vista del Estado Constitucional, es la razón que vertebra el desarrollo de las siguientes líneas. El enfoque metodológico propuesto para tal efecto, se orienta por la necesidad de formular premisas y elementos de juicio que permitan comprender la rele-Page 734vancia de este problema, más allá de los diseños legales y los afanes reformistas, más allá incluso de los activismos sugeridos por la coyuntura.

1. Las dimensiones del problema

Las instituciones legales no se explican únicamente por las normas que las contienen. Son un conjunto de factores de tipo político, cultural e histórico, los que inciden en su origen y evolución. Por esa razón, las instituciones legales adquieren sentido sólo cuando se vinculan a la realidad, es decir, cuando sus efectos atribuyen identidad a las conductas y a las relaciones sociales, a la vez que se nutren de ellas 2 . Se entiende así que la carrera judicial y la independencia misma, se explican por su nexo específico con la organización judicial y con la posición atribuida a quienes forman parte de ella.

La función judicial se desarrolla en un campo delimitado por pautas institucionalizadas que asignan competencias y otorgan poderes legales. La carrera judicial es una de aquellas pautas y su configuración se asocia a la necesidad de resguardar y legitimar el ejercicio de la función judicial. Su conformación presenta una textura compleja, tejida a partir de los principios que fundamentan el ordenamiento constitucional y modelan la actuación del juez. Entre éstos, la independencia adquiere notoria relevancia, pues sus rasgos definitorios sólo se describen a través de garantías concurrentes y visibles en el sistema de carrera judicial.

Sin embargo, la racionalidad que impera en la relación entre carrera judicial e independencia no es homogénea y está configurada por trazos de distinto origen e intensidad ideológica. En efecto, superada la tesis de la neutralidad del Derecho y dejada atrás la idea de la imparcialidad per se del juez 3 , las garantías para el ejercicio de la función judicial se convierten en una herramienta crucial para crear el espacio institucional y establecer el contenido de las pautas que legitiman la actuación judicial. No otra cosa resulta de asumir que la relevancia substancial del juez en la definición de los derechos y libertades públicas a través de su actividad interpretativa 4 , lo convierten en un actor protagónico de las democracias constitucionales.

Se advierte así que la relación entre carrera judicial e independencia se produce en un escenario en el que convergen dos dimensiones, una de orden político y otra de orden técnico. Esta particularidad permite revalorar el sentido de la carrera judicial. En otras palabras, se trata de entender que la finalidad de ésta, sobrepasa el ámbito de los derechos, reglas y procedimientos que rodean el desarrollo profesional del juez. La carrera judicial proyecta una dimensión de tipo institucional que permite la realización de principios constitucionales, gravitantes para el funcionamiento de la democracia como un todo 5 , en particular, la independencia, que, como se ha dicho, expresa en forma vital el sentido de la función judicial.

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2. La posición del juez en el ordenamiento como punto de unificación

Desde una perspectiva constitucional, se puede afirmar entonces, que la posición atribuida al juez, por los valores y principios que está llamado a realizar, debería encontrar una respuesta adecuada y conforme, en las distintas fases y modalidades a través de las cuales se produce su vida profesional en el ejercicio de la judicatura 6 .

2. 1 El proceso de selección y la Independencia del juez

Las diversas fases y modalidades previstas para el ingreso a la carrera judicial, tanto como lo relativo a su formación y evaluación, revisten un sentido técnico, pero al mismo tiempo –es importante reiterarlo- forman parte de un cuadro de carácter político. El proceso de selección para el ingreso incide directamente en el tipo de juez y en la relación que se espera exista entre éste y el resto de instituciones y actores políticos 7 . Y es que la valoración de una buena preparación profesional, influye directamente en la autoestima del futuro magistrado, pues además de crear «una fuerte identificación con el papel que se desempeña» en la sociedad, se convierte en un poderoso mecanismo de contraste contra los intentos de injerencia externa en la función de juzgar 8 .

Por esa razón, el sistema de selección, pero además, en general, el valor atribuido a la calificación profesional a lo largo de la carrera judicial, son un buen indicador del valor asignado a la independencia 9 , como factor esencial de todo sistema democrático 10 .

El principio de independencia, vale la pena reiterarlo, tiene un valor instrumental orientado a proveer las garantías para la imparcialidad del juez. 11 Con la imparcialidad se alude, en todo caso, a las condiciones ex ante , que buscan garantizar al ciudadano que el juez que lo juzgará «no será seguramente parcial» 12 . En consecuencia, a través de la independencia, se busca impedir cualquier tipo de influencia o presión indebida, interna o externa, sobre el magistrado 13 . En cualquier caso, la independencia no garantiza, por sí sola, la existencia de imparcialidad 14 . Deducir esta relación en forma mecánica, puede resultar altamente engañoso, al traer implícita la necesidad de predicar la imparcialidad de los fallos judiciales, no obstante que pudiera tratarse de una decisión substancialmente injusta 15 .

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El objetivo que emerge de la independencia, es rodear al juez de las condiciones que le permitan ejercer su función de manera tal que sea posible asumir que sus decisiones sólo tendrán como referentes la Constitución y la ley. Ambas, independencia externa e interna, mantienen entre sí una relación articulada, pero es evidente que la primera es una condición esencial de la segunda y ésta a su vez, la base sobre la cual se desarrollan las garantías para la imparcialidad que permitirán al juez decidir en el caso concreto 16 . Entre éstas se encuentran precisamente los elementos esenciales de la vida profesional del magistrado desde su ingreso a la carrera judicial 17 .

De otro lado, los presupuestos del sistema de carrera, por su relación con la independencia, influyen de manera gravitante en la calidad global de la justicia 18 . Precisamente, porque es necesario contar con magistrados calificados para interpretar los cambios producidos en la realidad social, cambios frente a los cuales no pueden permanecer extraños, pues los casos judiciales son un resultado de aquellos, los jueces deben ser idóneos -con todo lo que esto implica, además, en términos de valores y principios 19 - para desarrollar, con conocimiento, las diversas técnicas de interpretación y argumentación jurídica en el ordenamiento constitucional 20 .

Lo señalado apunta a justificar la idea de la evaluación como un proceso de fases articuladas en un espacio de tiempo razonable, de manera que sea posible valorar adecuadamente la idoneidad profesional y las aptitudes para el ejercicio de la función judicial 21 . En todo caso, la evaluación para el acceso, debe ser concebida como una herramienta orientada a impedir que se produzcan formas de selección fundadas sobre prejuicios políticos, sociales o económicos 22 . Su presencia está dirigida a evitar que se vulnere el principio de igualdad, como garantía para los candidatos y también para el ordenamiento constitucional 23 .

A su vez, la formación, como instrumento que se integra al proceso de selección, debe servir para consolidar y articular los conocimientos y destrezas ya adquiridos con las demandas concretas del sistema judicial. Nuevamente, entonces, garantizar la independencia judicial desde esta fase, supone el reclutamiento de profesionales calificados para ser jueces 24 .

Como puede verse, todos los mecanismos y procedimientos que integran el itinerario de la carrera judicial, están presididos por la necesidad de dotar a los magistrados de las herramientas necesarias para el ejercicio de la función con independencia. En esta direc-Page 737ción, el sistema de ingreso a la carrera y la evaluación de quienes ya son magistrados, no puede escindirse, pues ambos forman una línea de continuidad que se retroalimenta y refuerza con el resto de garantías que dan vida a la carrera judicial en un ordenamiento...

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