1086 1113-2005 - Amplían autorización de funcionamiento de Latina Seguros y Reaseguros

Fecha de disposición08 Agosto 2005
Fecha de publicación08 Agosto 2005
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NORMAS LEGALES
Lima, lunes 8 de agosto de 2005
de una acción de control se encuentre daño económico
o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar
al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales
de la Contraloría General de la República el inicio de las
acciones legales respectivas contra los responsables
comprendidos en el Informe de Visto; y,
De conformidad con el artículo 22º inciso d) de la Ley
Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Con-
traloría General de la República - Ley Nº 27785, el De-
creto Ley Nº 17537 y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú-
blico encargado de los asuntos judiciales de la Contra-
loría General de la República, para que en nombre y
representación del Estado, inicie las acciones legales
por los hechos expuestos, contra los presuntos respon-
sables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndo-
sele para el efecto, los antecedentes correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GENARO MATUTE MEJÍA
Contralor General de la República
13805
S B S
Autorizan al Banco de Crédito del Perú
la apertura de oficinas especiales en
los distritos de San Miguel y Miraflores,
provincia de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 1104-2005
Lima, 26 de julio de 2005
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO
DE BANCA Y MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco de Crédito del
Perú, para que se le autorice la apertura de dos Oficinas
Especiales, con carácter temporal, en las instalaciones
del Instituto Cultural Peruano Norteamericano (ICPNA) de
la Sede San Miguel, ubicada en la Av. La Marina Nº 2469,
distrito de San Miguel, y de la Sede Miraflores, ubicada en
la Av. Angamos Oeste Nº 120, distrito de Miraflores; am-
bas en la provincia y departamento de Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Banco de Crédito del Perú en sesión de Co-
mité Ejecutivo celebrada el día 14 de julio de 2005, apro-
bó la instalación de dos oficinas especiales temporales
en los locales del ICPNA;
Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que justifica las aperturas
solicitadas;
Estando a lo informado por el Departamento de Eva-
luación Bancario "A", mediante Informe Nº 121-DEB "A"-
2005; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º
de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero
y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten-
dencia de Banca y Seguros, con la Circular Nº B-2147-
05 y con la Resolución SBS Nº 003-98;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar, al Banco de Crédito del
Perú, en vías de regularización, la apertura de dos Ofici-
nas Especiales, con carácter temporal, los días 26 de
julio y 1 de agosto de 2005, en las instalaciones del
Instituto Cultural Peruano Norteamericano (ICPNA) de la
Sede San Miguel, ubicada en la Av. La Marina Nº 2469,
distrito de San Miguel, y de la Sede Miraflores, ubicada
en la Av. Angamos Oeste Nº 120, distrito de Miraflores;
ambas en la provincia y departamento de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO GRADOS SMITH
Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas
13782
Amplían autorización de funcionamien-
to de Latina Seguros y Reaseguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 1113-2005
San Isidro, 1 de agosto de 2005
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
VISTA:
La solicitud presentada por Latina Seguros y Rease-
guros (antes Generali Perú Compañía de Seguros y
Reaseguros) para que se amplíe su autorización de fun-
cionamiento, a fin de poder emitir fianzas; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SBS Nº 130-94 de fecha 1
de marzo de 1994, esta Superintendencia autorizó el
funcionamiento de Generali Perú Compañía de Seguros
y Reaseguros, empresa constituida a partir de la fusión
de las empresas "Atlas" y "La Colmena", autorizada me-
diante Resolución SBS Nº 646-93 de fecha 22 de noviem-
bre de 1993;
Que, en sesión de Directorio de Generali Perú Com-
pañía de Seguros y Reaseguros realizada el día 18 de
mayo de 2005, se acordó solicitar a esta Superintendencia
la ampliación de su autorización de funcionamiento a fin
de poder emitir fianzas, conforme a lo establecido en el
inciso 1 del artículo 318º de la Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la
Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702;
Que, Latina Seguros y Reaseguros (antes Generali
Perú Compañía de Seguros y Reaseguros) cumple con
la exigencia patrimonial dispuesta en el numeral 3.3 del
Capítulo I del Reglamento de Requerimientos Patrimo-
niales de las Empresas de Seguros y Reaseguros,
aprobado por Resolución SBS Nº 764-2001 de fecha 15
de octubre de 2001;
Que, mediante Resolución SBS Nº 982-2005 de fecha
28 de junio de 2005, esta Superintendencia autorizó el
proceso de reorganización societaria simple entre Gene-
rali Perú Compañía de Seguros y Reaseguros y Latina
Seguros y Reaseguros, a través del cual Generali Perú
Compañía de Seguros y Reaseguros modificó su deno-
minación social por la de Latina Seguros y Reaseguros;
Estando a lo opinado por las Superintendencias
Adjuntas de Seguros y de Asesoría Jurídica; y,
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo
349º de la Ley General;
RESUELVE:
Artículo Único.- Ampliar, a partir de la fecha, la auto-
rización de funcionamiento de Latina Seguros y Rease-
guros (antes Generali Perú Compañía de Seguros y
Reaseguros), a fin de que la mencionada empresa ase-
guradora pueda emitir fianzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
13702

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