06 110-2003-EF/93.01 - Aprueban formulario de "Solicitud de Acceso a la Información Pública" de la Contaduría

Fecha de publicación25 Septiembre 2003
Fecha de disposición25 Septiembre 2003
Pág. 251933
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 25 de setiembre de 2003
conocimiento de la Contraloría General de la República,
con sus respectivos antecedentes, dentro de los 10 días
siguientes de su aprobación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS LORET DE MOLA DE LAVALLE
Presidente
17704
CONTADURÍA PÚBLICA
DE LA NACIÓN
Aprueban formulario de "Solicitud de
Acceso a la Información Pública" de la
Contaduría
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 110-2003-EF/93.01
Lima, 10 de setiembre del 2003
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1º del Texto Único Ordenado de la Ley
Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM,
establece como finalidad de la mencionada Ley, promover
la transparencia de los actos del Estado y regular el dere-
cho fundamental del acceso a la información consagrado
en el numeral 5 del Artículo de la Constitución Política
del Perú;
Que, de conformidad con lo establecido en los numera-
les 2 y 3 del artículo 3º del referido Texto Único Ordenado,
el Estado adopta medidas básicas que garanticen y pro-
muevan la transparencia en la actuación de las entidades
de la Administración Pública, teniendo la obligación de en-
tregar la información que demanden las personas en apli-
cación del Principio de Publicidad;
aprobó el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acce-
so a la Información Pública;
Que, el artículo 10º del mencionado Reglamento esta-
blece que la solicitud de acceso a la información pública
puede ser presentada a través del Portal de Transparencia
de la Entidad o de forma personal ante su unidad de recep-
ción documentaría, mediante el formato contenido en el
Anexo que forma parte del mismo;
Que, la Cuarta Disposición Complementaria del men-
cionado Reglamento, establece que las entidades im-
plementarán el formato a que se refiere su artículo 10º;
Estando a lo propuesto por la Oficina General de Admi-
nistración, con la visación de la Oficina General de Aseso-
ría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Or-
denado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acce-
so a la Información Pública; y,
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º
de la Ley Nº 24680 modificado por el artículo 277º de la
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Formulario Nº 001 “Solicitud de
Acceso a la Información Pública” de la Contaduría Pública
de la Nación, el mismo que como Anexo forma parte inte-
grante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- El Formulario Nº 001 “Solicitud de Acceso
a la Información Pública”, podrá ser presentado a través de
la Mesa de Partes en original y copia o en forma virtual a la
Contaduría Pública de la Nación, a fin de cumplir con la
mencionada presentación, se deberá fotocopiar el formula-
rio que se muestra en el Anexo, o imprimir el formulario
que estará a disposición de los interesados en: http: //
cpn.mef.gob.pe (Página Web de la Contaduría Pública de
la Nación).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ
Contador General de la Nación
Tercera Disposición Complementaria establece que el
CONAM emitirá mediante Decreto de Consejo Directi-
vo, de conformidad con lo establecido en el literal c) del
artículo 27º del Reglamento aprobado por Decreto Su-
premo Nº 074-2001-PCM y en coordinación con DI-
GESA, una Directiva para la aplicación del indicado
Reglamento de los Niveles de Estados de Alerta Nacio-
nales para Contaminantes del Aire, en un plazo máxi-
mo de 60 días calendario;
Que de acuerdo al Informe Técnico Legal Nº 001-2003-
CONAM/PROCLIM, de fecha 5 de septiembre del presente
año, se requiere la contratación de una empresa consulto-
ra especializada para la elaboración de la Directiva de apli-
cación sobre los Estados de Alerta, para el cumplimiento
de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria
del Decreto Supremo Nº 009-2003-SA, implicando ello que
el citado servicio sea de carácter personalísimo, ajus-
tándose de esta manera a las disposiciones del artículo
111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento
del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado;
Que el artículo 19º del Texto Único Ordenado de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-
bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estable-
ce que están exoneradas de los procesos de Licitación
Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, se-
gún sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que
se realicen, entre otros, para la prestación de servicios
personalísimos;
Que de conformidad con el artículo 20º del citado
Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las exoneraciones
se aprobarán mediante Resolución del Titular del Plie-
go de la Entidad, cuya copia con el Informe que los sus-
tenta deben remitirse a la Contraloría General de la
República;
Que el artículo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-
PCM establece que la facultad de aprobación de las exo-
neraciones a que se refiere el artículo 20º del TUO de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, no pue-
de ser delegada por las autoridades indicadas en dicha
norma;
Que, en consecuencia, resulta necesaria la emisión de
la Resolución Presidencial mediante la cual se aprueba la
exoneración del proceso de selección correspondiente, para
contratar a través de la modalidad de Adjudicación de Me-
nor Cuantía, la prestación del servicio de la empresa Gol-
der Associates Perú S.A., considerando que la especiali-
zación de sus profesionales, nacionales y extranjeros, así
como su trayectoria internacional en el tema de contamina-
ción del aire es superior al de otras empresas consultadas,
lo que garantiza el óptimo y oportuno resultado del servicio
requerido;
Con la aprobación de la Secretaría Ejecutiva y la visa-
ción de la Oficina de Asesoría Jurídica y la Oficina de Ad-
ministración y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26410,
Decreto Supremo Nº 022-2001-PCM, Decreto Supremo Nº
012-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Exonérase al Consejo Nacional del Am-
biente - CONAM, del proceso de selección correspondiente
y autorícese para contratar a través de la modalidad de
Adjudicación de Menor Cuantía, la prestación del servicio
personalísimo de la empresa Golder Associates Perú S.A.,
para la elaboración de la Directiva de aplicación sobre los
Estados de Alerta, en cumplimiento de lo dispuesto en la
Tercera Disposición Complementaria del Decreto Supre-
mo Nº 009-2003-SA, que aprueba el Reglamento de los
Niveles de Estados de Alerta Nacionales para Conta-
minantes del Aire, publicado el 25 de junio del presente
año, por el valor referencial de US$ 9,500.00 (Nueve Mil
Quinientos y 00/100 Dólares Americanos), monto que in-
cluye los impuestos de ley.
Artículo 2º.- La contratación que se efectúe en virtud a
la presente resolución, se realizará a través de la Oficina
de Administración y Finanzas del CONAM, de conformidad
con las normas del Texto Único Ordenado de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamen-
to. Artículo 3º.- El egreso que irrogue la contratación del
servicio a que se refiere los artículos precedentes se afec-
tará a la fuente de financiamiento Donaciones y Transfe-
rencias - Convenio SENREM.
Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente re-
solución en el Diario Oficial El Peruano, así como poner en

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