Autorizan al Banco Financiero el traslado de agencia ubicada en el Cercado de Lima

Fecha de disposición27 Abril 2000
Fecha de publicación27 Abril 2000
Pág. 186003
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 27 de abril de 2000
VISTA:
La comunicación recibida con fecha 7 de abril del
2000 del Banco Santander Central Hispano - Perú,
mediante la cual solicita autorización para el cierre de la
agencia ubicada en la Av. Arenales Nº 2259, distrito de
Lince, provincia y departamento de Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que justifica el cierre de dicha
agencia;
Estando a lo informado por el Intendente de Institu-
ciones Financieras "D", mediante Informe Nº ASIF "D"-
051-OT/2000; y,
De acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 32º de la
Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros, la Circular Nº B-1996-97; y, en
virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS
Nº 003-98;
RESUELVE:
Artículo Unico.- Autorizar al Banco Santander
Central Hispano - Perú el cierre de la agencia ubicada en
la Av. Arenales Nº 2259, distrito de Lince, provincia y
departamento de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SOCORRO HEYSEN ZEGARRA
Superintendente Adjunta de Banca
4677
Autorizan al Banco Financiero el tras-
lado de agencia ubicada en el Cercado
de Lima
RESOLUCION SBS Nº 274-2000
Lima, 17 de abril de 2000
LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Financiero de
fecha 10 de abril de 2000, mediante la cual solicita
autorización para el traslado de su Agencia Nº 7, ubicada
en jirón Miroquesada Nº 199 a jirón Miroquesada Nº 268,
distrito Cercado de Lima, provincia y departamento de
Lima.
CONSIDERANDO:
Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que justifica el traslado de su
referida Agencia; y,
Estando a lo informado por el Intendente de Análisis
y Supervisión de Intermediarios Financieros "B" me-
diante Informe Nº ASIF"B" 055-OT/2000; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 32º de
la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y
del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintenden-
cia de Banca y Seguros; y la Circular Nº B-1996-97; y en
virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS
Nº 003-98.
RESUELVE:
Artículo Unico.- Autorizar al Banco Financiero, el
traslado de su Agencia Nº 7, ubicada en jirón Miroquesa-
da Nº 199 a jirón Miroquesada Nº 268, distrito Cercado
de Lima, provincia y departamento de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SOCORRO HEYSEN ZEGARRA
Superintendente Adjunta de Banca
4668
Autorizan ampliación de actividades
de empresa para operar como ajusta-
dores marítimos, preventores e ins-
pectores de averías
RESOLUCION SBS Nº 276-2000
Lima, 17 de abril del 2000
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS
VISTA:
La solicitud presentada por la empresa McLarens
Toplis Perú Ajustadores y Peritos de Seguros S.A.
para que se le autorice la ampliación de actividades para
operar como Ajustadores Marítimos, Preventores e Ins-
pectores de Averías; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de
noviembre de 1999, se estableció los requisitos formales
para la inscripción de los Ajustadores y Peritos de Seguros;
Que la empresa solicitante cumple con los requisitos
formales exigidos por la citada norma administrativa;
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº
26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Siste-
ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros; y en virtud de la facultad delegada por
la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998;
RESUELVE:
Artículo Unico.- Autorizar la ampliación de activida-
des de la empresa McLarens Toplis Perú Ajustado-
res y Peritos de Seguros S.A. en el Registro del
Sistema de Seguros Libro III que lleva esta Superinten-
dencia para operar como Ajustadores de Siniestros Ra-
mos Generales, Ajustadores Marítimo Transportes, Pre-
ventores e Inspectores de Averías, dejando sin efecto la
Resolución SBS Nº 715-98 del 23 de junio de 1998.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LORENA MASIAS QUIROGA
Superintendente Adjunto de Seguros
4670
ADUANAS
Establecen disposiciones para la
cancelación de adeudos en el sistema
de despacho aduanero mediante la
modalidad de pago electrónico
CIRCULAR Nº INTA-CR-91
Callao, 24 de abril de 2000
Señor:
Intendente de Aduana
Presente.-
Refe.: Procedimiento de "Importación
Definitiva" INTA-PG.01, "Despacho
Simplificado de Importación" INTA-
PE.01.01 y "Destino Especial de En-
víos o Paquetes Transportados por
Concesionarios Postales" INTA-
PG.13.

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