DECRETO SUPREMO N° 019-2011-ED - Dan por finalizado el Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa de los niveles educativos de Inicial y Primaria autorizado por el D.S. N° 078-2006-PCM y de nivel Secundario por el D.S. N° 005-2008-ED

Fecha de disposición22 Diciembre 2011
Fecha de publicación22 Diciembre 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 22 de diciembre de 2011 455239
Designan Jefe del Servicio Nacional
de Áreas Naturales Protegidas por el
Estado - SERNANP
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 025-2011-MINAM
Lima, 21 de diciembre de 2011
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema N° 012-2011-
MINAM de fecha 2 de agosto de 2011 se designó al señor
Félix Sandro Chávez Vásquez en el cargo de Jefe del
Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el
Estado - SERNANP;
Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia
al cargo, por lo que corresponde designar al funcionario
que desempeñará dicho cargo;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aceptar la renuncia presentada por el
señor Félix Sandro Chávez Vásquez al cargo de Jefe del
Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el
Estado - SERNANP, dándosele las gracias por los servicio
prestados
Artículo 2°.- Designar al señor Nonally Pedro Gamboa
Moquillaza en el cargo de Jefe del Servicio Nacional de
Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP
Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro del Ambiente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
MANUEL PULGAR-VIDAL
Ministro del Ambiente
732328-6
EDUCACION
Dan por finalizado el Plan Piloto
de Municipalización de la Gestión
Educativa de los niveles educativos de
Inicial y Primaria autorizado por el D.S.
N° 078-2006-PCM y de nivel Secundario
por el D.S. N° 005-2008-ED
DECRETO SUPREMO
N° 019-2011-ED
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 078-2006-PCM
se autorizó al Ministerio de Educación a llevar a cabo,
a partir del 1 de enero de 2007, con la participación de
las Municipalidades, un Plan Piloto de Municipalización
de la Gestión Educativa de los niveles educativos de
Inicial y Primaria, con el objetivo de mejorar la calidad
de los servicios educativos; participando los Gobiernos
Regionales y las instancias de gestión educativa
descentralizada;
Que, asimismo, mediante el Decreto Supremo N° 005-
2008-ED se incorporó al nivel Secundario en el citado
Plan Piloto;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0031-2007-
ED se aprobó el “Plan de Municipalización de la Gestión
Educativa y Lineamientos del Plan Piloto 2007” con el objetivo
de mejorar la calidad de la educación a través de la aplicación
de un modelo de gestión educativa con la participación del
Municipio y la Comunidad Educativa Local, en el marco del
plan de desarrollo local y el proceso de descentralización;
Que, posteriormente, mediante Decreto Supremo N°
047-2009-PCM se aprueba el “Plan Anual de Transferencia
de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y
Locales del año 2009 y otras disposiciones para el desarrollo
del proceso de descentralización” en el que se señala que
debe incorporarse un nuevo enfoque en la descentralización
administrativa, orientado al desarrollo de la gestión
descentralizada de las funciones públicas dirigido a mejorar
la calidad del servicio a los ciudadanos;
Que, conforme al artículo 188 de la Constitución Política
del Perú, el proceso de descentralización debe realizarse
por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme
a criterios que permitan una adecuada asignación de
competencias y transferencia de recursos del Gobierno
Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales;
Que, el proceso de descentralización de la gestión
educativa implica que los Gobiernos Regionales y Locales
asuman responsabilidades compartidas; no obstante, el
Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa ha
soslayado la participación de los Gobiernos Regionales en la
gestión educativa; situación que no se condice con el principio
de lealtad constitucional en tanto se estaría despojando
de las competencias en materia educativa recientemente
transferidas a favor de los Gobiernos Regionales;
Que, la implementación del Plan Piloto de
Municipalización de la Gestión Educativa se limita a una
concatenación de pasos administrativos a efectos de
transferir competencias, funciones y recursos, sin tener en
cuenta las distintas realidades de los municipios existentes
en el Perú;
Que, el Ministerio de Educación ha recogido los
aportes de los distintos estudios sobre la evaluación
y análisis de los resultados de la implementación del
Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa,
advirtiendo que no se evidencia cambios signif‌i cativos
en la mejora de la calidad educativa y existe el riesgo de
incrementarse las brechas en los logros de aprendizaje
entre las instituciones educativas ubicadas en distritos
pobres y rurales; asimismo, la implementación de dicho
Plan Piloto revela improvisación y ausencia de criterios de
evaluación y el modelo de gestión educativa propuesto,
centrado en los municipios limita el sentido de la gestión
descentralizada de la educación, que establece funciones
compartidas entre los niveles de gobierno, planteando
un único modelo de gestión que no reconoce realidades
locales heterogéneas. De otro lado, el proceso se ha
limitado a una transferencia administrativa evidenciándose
la ausencia de un plan de acompañamiento pedagógico;
Que, el Informe Defensorial N° 148 de la Defensoría
del Pueblo denominado “Primera supervisión del Plan de
Municipalización de la Gestión Educativa: aportes para su
implementación”, corrobora y evidencia las def‌i ciencias
en el proceso de implementación del mencionado Plan
Piloto, el mismo que no consideró una fase de evaluación
para determinar el paso de una etapa a otra;
Que, el Plan Piloto de Municipalización de la Gestión
Educativa no responde a las políticas establecidas en
el Proyecto Educativo Nacional ni está articulado a los
Proyectos Educativos Regionales;
Que, en consecuencia, resulta necesario dar por
f‌i nalizado el Plan Piloto de Municipalización de la Gestión
Educativa de los niveles educativos de Inicial, Primaria y
Secundaria;
De conformidad con el numeral 3) del artículo 11
y el artículo 63 de la Ley N° 28044, Ley General de
Educación;
DECRETA:
Artículo 1.- Dar por f‌i nalizado el Plan Piloto de
Municipalización de la Gestión Educativa de los niveles
educativos de Inicial y Primaria autorizado por el Decreto
Supremo N° 078-2006-PCM; y del nivel Secundario por
el Decreto Supremo N° 005-2008-ED, por las razones
señaladas en la parte considerativa del presente Decreto
Supremo.
Artículo 2.- Autorizar al Ministerio de Educación, en
coordinación con la Presidencia del Consejo de Ministros,

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