FE DE ERRATA Res. N° 1448-2014-MP-FN - .

Fecha de publicación24 Abril 2014
Fecha de disposición24 Abril 2014
El Peruano
Jueves 24 de abril de 2014
521528
febrero de 2014, se aprobó el Cuadro para Asignación de
Personal de la Of‌i cina Nacional de Procesos Electorales;
el mismo que, ha introducido cambios en el número de
orden de las plazas, correspondiendo al cargo de Gerente
de Supervisión de Fondos Partidarios el N° 230;
Que, con Resolución Jefatural N° 089-2014-J/ONPE
se declara vacante a partir del 24 de abril de 2014, la plaza
N° 230 del CAP, correspondiente al cargo de conf‌i anza de
Gerente de Supervisión de Fondos Partidarios;
Que, mediante Memorando Múltiple 000020-2014-SG/
ONPE la Secretaría General, por encargo de la Jefatura
Nacional dispone designar al señor Fernando Ramiro
Pinto Hinojosa en el cargo de Gerente de Supervisión de
Fondos Partidarios de la Of‌i cina Nacional de Procesos
Electorales, quien cubriría la plaza N° 230 del Cuadro
para Asignación de Personal vigente, correspondiente a
Gerente con Clasif‌i cación de Cargo de Conf‌i anza;
Que, mediante el Memorando N° 001243-2014-GPP/
ONPE, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto
informa que la plaza correspondiente al cargo de
conf‌i anza de Gerente de Supervisión de Fondos
Partidarios, cuenta con marco presupuestario en el
presupuesto institucional;
Que, con Informe N° 001211-2014-SGRH/ONPE,
la Sub Gerencia de Recursos Humanos señala que
el señor Fernando Ramiro Pinto Hinojosa, reúne los
requisitos mínimos del cargo contenidos en el Título
XV numeral 5, inciso 5.4. del Manual de Organización
y Funciones de la Entidad aprobado y modif‌i cado por
Resoluciones Jefaturales N° 141-2011-J/ONPE, N°
244-2011-J/ONPE, N° 088-2012-J/ONPE y N° 0081-
2014-J/ONPE, respectivamente, para desempeñar
el cargo de conf‌i anza de Gerente de Supervisión de
Fondos Partidarios;
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la
Ley N° 27594, todas las resoluciones de designación o
nombramiento de funcionarios en cargos de conf‌i anza,
surten efecto a partir del día de su publicación en el diario
of‌i cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la
misma que postergue su vigencia;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo
13º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE y
los literales j) y s) del artículo 11º de su Reglamento de
Organización y Funciones, aprobado por Resolución
Jefatural N° 063-2014-J/ONPE;
Con el visado de la Secretaría General, de las Gerencias
de Planeamiento y Presupuesto, de Administración, de
Asesoría Jurídica, y de la Sub Gerencia de Recursos
Humanos;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar, a partir de la
publicación de la presente Resolución Jefatural, al
señor Fernando Ramiro Pinto Hinojosa en el cargo
de conf‌i anza de Gerente de Supervisión de Fondos
Partidarios de la Of‌i cina Nacional de Procesos
Electorales, correspondiente a la plaza N° 230 del
Cuadro para Asignación de Personal, aprobado por
Resolución Jefatural N° 049-2014-J/ONPE.
Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la
presente resolución en el diario of‌i cial El Peruano y en el
portal institucional, www.onpe.gob.pe, dentro del plazo de
tres (03) días de su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIANO CUCHO ESPINOZA
Jefe
1076222-3
MINISTERIO PUBLICO
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 1448-2014-MP-FN
Mediante Of‌i cio Nº 7345-2014-MP-FN-SEGFIN, el
Ministerio Público solicita se publique Fe de Erratas de la
Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1448-2014-MP-
FN, publicada en la edición del 22 de abril de 2014.
En el Artículo Segundo;
DICE:
“(...), como Fiscal Superior Provincial del Distrito
Judicial de Ucayali, (...)”.
DEBE DECIR:
“(...), como Fiscal Superior Provisional del Distrito
Judicial de Ucayali, (...)”.
1076160-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE AREQUIPA
Disponen primera inscripción de
dominio a favor del Estado de terrenos
eriazos ubicados en el departamento
de Arequipa
RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL
Nº 080-2014-GRA/PR-GGR
VISTO:
El Expediente Nº 097-2013, correspondiente al trámite
de primera inscripción de dominio a favor del Estado de
un terreno eriazo ubicado en el distrito de Chala, provincia
de Caravelí, departamento de Arequipa.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 62 de la Ley 27867 Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia
de administración y adjudicación de terrenos de propiedad
del Estado, señala en el inc.b), que es función de los
Gobiernos Regionales:
“b) Realizar los actos de inmatriculación, saneamiento,
adquisición, enajenación, administración y adjudicación
de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del
Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos
de propiedad municipal.”
Que, en virtud de lo establecido en la Resolución
Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia
de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales,
de fecha 26 de mayo de 2006, se ha concretado la
transferencia de funciones al Gobierno Regional de
Arequipa las que se encuentran establecidas en los incisos
a), b) y c) del artículo 62 de la Ley 27867 Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales.
Que, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional
de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por el
normas que regulan el ámbito, organización, atribuciones
y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes
Estatales.
Que, el artículo 38 del Decreto Supremo Nº 007-2008-
VIVIENDA, señala:
“Artículo 38.- Del procedimiento de aprobación
La primera inscripción de dominio de predios estatales,
sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, será
sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la
SBN de acuerdo a sus respectivas competencias.
La resolución que dispone la primera inscripción de
dominio del predio del Estado, deberá publicarse por
única vez en el Diario Of‌i cial “El Peruano” y, un extracto,
en un diario de mayor circulación en la Región en que se
encuentre el predio.
La inscripción de los bienes del Estado de dominio
público y de dominio privado se efectuará en el Registro
de Predios a favor del Estado”.

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