FE DE ERRATA, R.M. Nº 175-2020-MINEM/DM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - .-FE DE ERRATA-R.M. Nº 175-2020-MINEM/DM

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición29 de Julio de 2020

Fe de erratas

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 175-2020-MINEM/DM

Mediante Oficio Nº 560-2020-MINEM/SG, el Ministerio Energía y Minas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 175-2020-MINEM/DM, publicada en la edición del día sábado 18 de julio de 2020, en la página 14.

En el onceavo considerando:

DICE:

“Que, atendiendo a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, corresponde disponer la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modifica diversas disposiciones del Subsector Electricidad”, así como de su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas, por un plazo de treinta (30) días hábiles, a fin que las entidades públicas, privadas y la ciudadanía en general alcancen sus opiniones, comentarios y/o sugerencias;”

DEBE DECIR:

“Que, atendiendo a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, corresponde disponer la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modifica diversas disposiciones del Subsector Electricidad”, así como de su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas, por un plazo de treinta (30) días calendario, a fin que las entidades públicas, privadas y la ciudadanía en general alcancen sus opiniones, comentarios y/o sugerencias;”

EN LA PARTE RESOLUTIVA

DICE:

“Artículo 1.-...

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