FE DE ERRATA, R.J. Nº 057-2021-ANA, PODER EJECUTIVO - .-FE DE ERRATA-R.J. Nº 057-2021-ANA

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición20 de Marzo de 2021

FE DE ERRATAS

RESOLUCIÓN JEFATURAL

Nº 057-2021-ANA

Mediante Oficio Nº 165-2021-ANA-OAJ, la Autoridad Nacional del Agua solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Jefatural Nº 057-2021-ANA, publicada en la edición del día 13 de marzo de 2021, en las páginas 15 y 16.

En la parte resolutiva;

DICE:

Artículo 6 Requisitos para tramitar licencia de uso de agua

(…)

  1. Acreditar la temporalidad del uso del agua, adjuntando cualquiera de los documentos indicados en el Artículo 9. Para el uso de agua de mar y agua de mar desalinizada contar con la resolución de la autorización o concesión del área acuática otorgada por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Perú - DICAPI o título equivalente.

  2. Acreditar la titularidad del predio o unidad productiva donde se utiliza el agua, presentando cualquier de los documentos establecidos en el Artículo 7.

  3. Acreditar la disponibilidad hídrica, adjuntando el formato respectivo, según al Artículo 8 de la presente resolución.

  4. Aprobación al instrumento de gestión ambiental de la actividad en curso, para lo cual se debe indicar el número de resolución que aprueba el instrumento de gestión ambiental, o lo que determine la autoridad ambiental sectorial, según se indica en el Artículo 9.

DEBE DECIR:

Artículo 6 Requisitos para tramitar licencia de uso de agua

(…)

  1. Acreditar la temporalidad del uso del agua, adjuntando cualquiera de los documentos indicados en el Artículo 7. Para el uso de agua de mar y agua de mar desalinizada contar con la resolución de la autorización o concesión del área acuática otorgada por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Perú - DICAPI o título equivalente.

  2. Acreditar la titularidad del predio o unidad productiva donde se utiliza el agua, presentando cualquier de los documentos establecidos en el Artículo 8.

  3. Acreditar la disponibilidad hídrica, adjuntando el formato respectivo, según al Artículo 9 de la presente resolución.

  4. Aprobación al instrumento de gestión ambiental de la actividad en curso, para lo cual se debe indicar el número de resolución que aprueba el instrumento de gestión ambiental, o lo que determine la autoridad ambiental sectorial, según se...

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