La falibilidad de la jurisprudencia constitucional

AutorJosé María Soberanes Díez
Páginas107-123
DATOS DEL ARTÍCULO:
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Cuadernos sobre Jurisprudencia Constitucional - N°  - J 
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La falibilidad de la jurisprudencia
constitucional
José María Soberanes Díez
Resumen:
El Derecho no es claro, sino por el contrario, tiene zonas de penumbra las cuales
el constitucionalismo estándar ha pretendido hacer frente a través de la cesión de
ciertas facultades a los tribunales; no obstante, en el ejercicio de esa labor se han
ido presentando toda una serie excesos que éstos han realizado bajo el título de
ser “guardianes de la constitución. Considerando esa situación, el autor plantea
que debemos establecer una diferencia clara entre la nalidad de tener tribunales
como instancia nal, y la infalibilidad de los mismos. Menciona también que no
toda sentencia es per sé arbitraria, razón por la que recomienda algunas pautas que
permitirían eventualmente determinar que una sentencia constitucional es así, por
ejemplo tenemos: la falta de independencia judicial; la contravención evidente del
texto constitucional, entre otras. Y por último, añade que en caso nos encontremos
frente a una decisión cuestionable existen formas de control de las mismas,
esto, a través del control de convencionalidad que puede ser concentrado (entes
supranacionales) o difuso (ennacionales).
Palabras clave:
Control constitucional; infalibilidad de los “tribunales de cierre”; desacuerdos
interpretativos; interpretación última de la ley; control de convencionalidad;
jurisdicción y jurisprudencia internacional; seguridad jurídica; principio de
imparcialidad judicial e independencia.
Abstract:
e law is not clear, but on the contrary, has gray areas where the standard
constitutionalism has tried to address through the transfer of certain powers to
the courts; However, in the course of this work they have been presenting a series
JOSÉ MARÍA SOBERANES DÍEZ
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excesses they have done under the title of “guardian of the constitution.” Considering
this situation, the author suggests that we must establish a clear dierence between
the purpose of having courts as the nal instance, and infallibility thereof. Also
mentions that not every sentence is per se arbitrary, for what it is recommended some
guidelines that would eventually allow determining that a constitutional judgment is
so; for example we have: the lack of judicial independence; the obvious violation of
the Constitution, among others. Finally, he adds that if we are facing a questionable
decision there are ways to control them, that, through the control of compliance which
can be concentrated (supranational bodies) or diuse (national authorities).
Keywords:
Judicial review; infallibility of the “closed court”; interpretive disagreements; latest inter-
pretation of the law; conventionality; jurisdiction and international law; legal security;
principle of judicial impartiality and independence.
Sumario:
I. INTRODUCCIÓN. II. LA ÚLTIMA INSTANCIA. 2.1. Los tribunales constitu-
cionales como instancia denitiva. 2.2. La jurisprudencia internacional como nueva
instancia denitiva.- III. INFALIBILIDAD Y FINALIDAD JUDICIAL. IV. LA
INCONSTITUCIONALIDAD O ARBITRARIEDAD DE LAS SENTENCIAS DE
LOS TRIBUNALES DE CIERRE. 4.1. La falta de independencia judicial.- 4.2.- La
contravención evidente al texto constitucional.- V. BIBLIOGRAFÍA.

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