85 114-2004-DE/EP - Facultan al Comandante General del Ejército a suscribir Convenios relativos a Proyectos de infraestructura vial, terrestre, aérea, acuática y de apoyo a la Defensa Civil

Fecha de publicación08 Febrero 2004
Fecha de disposición08 Febrero 2004
Pág. 261660
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 8 de febrero de 2004
Que, el artículo 25º del mencionado Texto Único Orde-
nado de la Ley Nº 26850, establece que las bases de
una Licitación Pública o Concurso Público serán aproba-
das por el Titular del Pliego que lo convoca o por el
funcionario designado por este último; y el artículo 37º
del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi-
ciones del Estado, en el tercer párrafo dispone que ela-
boradas las bases por el Comité Especial, éste las ele-
vará a la autoridad competente para su aprobación;
Que, el artículo 42º del mencionado Texto Único Orde-
nado de la Ley Nº 26850, dispone que la entidad podrá
ordenar y pagar directamente la ejecución de las presta-
ciones adicionales hasta por el 15% de su monto, siem-
pre que sean indispensables para alcanzar la finalidad
del contrato; así mismo podrá reducir servicios u obras
por el mismo porcentaje;
Que, la tercera disposición final de la Ley Nº 28128,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis-
cal 2004, dispone que sólo procederá la ejecución de
obras adicionales, cuando se cuente, previamente, con
disponibilidad presupuestal, con aprobación del Titular
del Pliego o la Máxima Autoridad Administrativa de la
Entidad, mediante la Resolución correspondiente y en
los casos en que su valor, restándole los presupuestos
deductivos vinculados a tales adicionales, no superen el
10% del monto del contrato original;
Que, el artículo 135º del referido Reglamento de la
Ley Nº 26850, norma que para alcanzar la finalidad del
contrato y mediante Resolución previa, el Titular del Plie-
go o la Máxima Autoridad Administrativa de la Entidad,
según corresponda, podrá disponer la ejecución de pres-
taciones adicionales, para lo cual deberá contar con la
asignación presupuestal u ordenar la reducción de di-
chas prestaciones;
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 y
su Reglamento, así como sus normas complementarias
y modificatorias, establecen mecanismos administrativos
para la solución de controversias e impugnaciones du-
rante el desarrollo de los procesos de selección;
Que, de acuerdo con el principio de economía,
establecido en el artículo 3º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante
con el principio de simplicidad establecido en el artículo
4º del Título preliminar del la Ley Nº 27444 - Ley del Proce-
dimiento Administrativo General, los trámites establecidos
por la autoridad administrativa deben ser sencillos, de-
biendo eliminarse toda complejidad innecesaria;
De conformidad con la Ley Nº 27860, el Texto Único
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001
PCM, y el Reglamento de dicho Texto aprobado por De-
creto Supremo Nº 013-2001-PCM, con sus modificato-
rias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Delegar al Comandante General del
Ejército, Máxima Autoridad Administrativa de la Unidad
Ejecutora 003: Ejército del Perú del Pliego 026: Ministe-
rio de Defensa, la facultad de la aprobación del Plan
Anual de Adquisiciones y Contrataciones de Carácter
Público del Ejército del Perú y sus modificaciones por
inclusiones y exclusiones para el Año Fiscal 2004.
Artículo 2º.- Facultar al Comandante General del
Ejército, a delegar, a los Jefes de las Unidades Operati-
vas del Ejército del Perú, las funciones para las Adqui-
siciones y Contrataciones de Carácter Público del Ejér-
cito del Perú, que a continuación se indican:
a) Nombrar los Comités Especiales de los procesos
de selección de Licitación Pública, Concurso Público y
Adjudicación Directa Pública.
b) Nombrar los Comités Especiales Permanentes de
los procesos de Selección de Adjudicación Directa Se-
lectiva y Adjudicación de Menor Cuantía.
c) Aprobar las Bases Administrativas de los Proce-
sos de Selección antes indicados.
d) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales
o su reducción hasta el límite establecido en la norma-
tividad vigente.
e) Cancelar los procesos de selección, en los casos
que corresponda.
f) Suscribir los Contratos derivados de los procesos
de selección de Licitación Pública, Concurso Público y
Adjudicación Directa Pública.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN
Ministro de Defensa
02643
Facultan al Comandante General del
Ejército a suscribir Convenios relativos
a Proyectos de infraestructura vial, te-
rrestre, aérea, acuática y de apoyo a la
Defensa Civil
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 114-2004-DE/EP
Lima, 5 de febrero de 2004
Vista la Resolución presentada por el señor General
de Ejército Comandante General del Ejército, mediante
la cual solicita se le otorgue facultades para suscribir,
durante el presente año, en nombre y en representación
del señor Ministro de Defensa, los Convenios relaciona-
dos con la ejecución de Proyectos de Infraestructura Vial,
Terrestre, Aérea, Acuática y de apoyo a la Defensa Civil,
con los titulares o Representantes de los Gobiernos Re-
gionales o Locales y de los Titulares o Representantes
de Organismos Públicos Descentralizados.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, establece en
el artículo 171º que, las Fuerzas Armadas y Policía Nacio-
nal participan en el desarrollo económico y social del
país y en la defensa civil de acuerdo a Ley;
Que, el Decreto Legislativo Nº 437 "Ley Orgánica del
Ejército" señala en su artículo 3º que, el Ejército tiene
como finalidad primordial, garantizar la independencia,
soberanía e integridad territorial en la República, en el
ámbito de su competencia interviene en los Estados de
Excepción de acuerdo a la Constitución Política del Es-
tado, y, participa en el desarrollo económico y social del
país y en la Defensa Civil de acuerdo a Ley;
Que, ante los requerimientos de los Titulares o Repre-
sentantes de los Sectores del Poder Ejecutivo, de los
Titulares o Representantes de los Gobiernos Regiona-
les o Locales y de los Titulares o Representantes de los
Organismos Públicos Descentralizados, para la suscrip-
ción de Convenios relacionados con la ejecución de Pro-
yectos de Infraestructura Vial, Terrestre, Aérea, Acuática
y de apoyo a la Defensa Civil; a fin de viabilizar los trámi-
tes, se hace necesario que el titular del Ministerio de
Defensa, faculte al señor General de Ejército Comandan-
te General del Ejército, para que en su nombre y repre-
sentación suscriba los mencionados Convenios; así
como de ser el caso, delegue en el Director de Asuntos
Civiles del Ejército y en los Comandantes Generales de
las Regiones Militares, la facultad que le es conferida; y,
Estando a lo propuesto por el señor General de Bri-
gada Director de Asuntos Civiles del Ejército y a lo
recomendado por el señor General de Ejército Coman-
dante General de Ejército;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Facultar al señor General de Ejército Coman-
dante General del Ejército, para que en nombre y representa-
ción del señor Ministro de Defensa, en el presente año, suscri-
ba los Convenios relacionados con los Proyectos de Infraes-
tructura Vial, Terrestre, Aérea, Acuática y de apoyo a la Defen-
sa Civil, con los Titulares o Representantes de los Sectores
del Poder Ejecutivo, de los Titulares o Representantes de los
Gobiernos Regionales o Locales y de los Titulares o Repre-
sentantes de los Organismos Públicos Descentralizados.
Artículo 2º.- La facultad a que se refiere el artículo
precedente, sólo se circunscribe al acto jurídico de re-

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