DECRETO SUPREMO N° 031-2010-EM - Aprueban Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-52

Fecha de publicación11 Junio 2010
Fecha de disposición11 Junio 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 11 de junio de 2010 420477
Aprueban Contrato de Licencia para
la Exploración y Explotación de
Hidrocarburos en el Lote Z-52
DECRETO SUPREMO
Nº 031-2010-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, es política del Gobierno promover el desarrollo
de las actividades hidrocarburíferas, a f‌i n de garantizar el
futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la
libre competencia;
se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de
Hidrocarburos, que regula las actividades de hidrocarburos
en el territorio nacional;
Que, el artículo 11º del Texto Único Ordenado de
la Ley Orgánica de Hidrocarburos, establece que los
Contratos podrán celebrarse, a criterio del Contratante,
previa negociación directa o por convocatoria; y, que los
mismos se aprobarán por Decreto Supremo, refrendado
por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de
Energía y Minas, en un plazo no mayor de 60 (sesenta)
días de iniciado el trámite de aprobación ante el Ministerio
de Energía y Minas por la Entidad Contratante, de acuerdo
a lo dispuesto en su reglamento, aprobado mediante
Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 042-2008, de
fecha 17 de abril de 2008, el Directorio de PERUPETRO
S.A. aprobó las Bases del Proceso de Selección Nº
PERUPETRO-CONT-001-2008 para la Selección de
Empresas y Asignación de Lotes para Contratos de Licencia
para Exploración y Explotación de Hidrocarburos;
Que, la Comisión de Trabajo de PERUPETRO S.A.
encargada del Proceso de Selección Nº PERUPETRO-
CONT-001-2008 para la Selección de Empresas y
Asignación de Lotes para Contratos de Licencia para la
Exploración y Explotación de Hidrocarburos, en fecha 10
de setiembre de 2008, otorgó la Buena Pro a PETRO-
TECH PERUANA S.A., por el Lote Z-52;
Que el artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley
Orgánica de Hidrocarburos, establece que las empresas
extranjeras, para celebrar Contratos al amparo de dicha
Ley, deberán establecer sucursal o constituir una sociedad
conforme a la Ley General de Sociedades, f‌i jar domicilio en
la capital de la República del Perú y nombrar Mandatario
de nacionalidad peruana;
Que, de acuerdo a la Constancia de Calif‌i cación emitida
por PERUPETRO S.A. se certif‌i ca que PETRO-TECH
PERUANA S.A., posee la necesaria capacidad legal, técnica,
económica y f‌i nanciera para asumir el 100% de participación
en el Contrato de Licencia en el Lote Z-52;
Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 143-2008, de
fecha 31 de octubre de 2008, el Directorio de PERUPETRO
S.A. aprobó el Proyecto de Contrato de Licencia para la
Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-
52, elevándolo al Poder Ejecutivo para su consideración y
respectiva aprobación;
Que, conforme a la Escritura Pública del Libro de Actas
de Sesión de Directorio y Junta General de Accionistas
Nº 2, otorgada ante el Notario de Lima, Aníbal Corvetto
Romero, de fecha 17 de diciembre de 2009, PETRO-
TECH PERUANA S.A., modif‌i có su denominación social a
SAVIA PERÚ S.A.;
505908-2

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