RESOLUCION Nº 507-2008-CONAFU - Autorizan al Presidente del CONAFU a expedir resoluciones otorgando prórrogas por única vez, y con cargo a dar cuenta al Pleno del CONAFU, a efectos de agilizar los procedimientos administrativos en curso

Fecha de publicación05 Febrero 2009
Fecha de disposición05 Febrero 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 5 de febrero de 2009 390307
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Administrativa Nº 103-
2008-P-CSJL/PJ de fecha doce de marzo del dos mil
ocho, se designó al doctor Carlos Hugo Falconí Robles,
Juez Titular del Cuadragésimo Primer Juzgado Penal de
Lima, como Juez Decano de la Corte Superior de Justicia
de Lima.
Que, el doctor Carlos Hugo Falconí Robles, mediante
Resolución Administrativa 085-2009-P-CSJL/PJ , de
fecha veintiocho de enero del año en curso, se encuentra
gozando del periodo vacacional correspondiente al
presente año judicial comprendido del 01 de febrero al 02
de marzo de 2009.
Que, atendiendo a lo detallado en el considerando
precedente, resulta necesario proceder a la designación
del Magistrado Titular de Primera Instancia, que conforme
al Cuadro de Antigüedad deba asumir la dirección del
Decanato de Jueces de la Corte Superior de Justicia de
Lima, en tanto dure las vacaciones del doctor Falconí
Robles.
Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos
3º y 9º del artículo 90º de la citada norma;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora CARMEN
TORRES VALDIVIA, Juez Titular del Décimo Segundo
Juzgado Especializado de Familia de Lima, como JUEZ
DECANA de la Corte Superior de Justicia de Lima, a
partir del 05 de febrero hasta el 02 de marzo del presente
año, cargo administrativo que desarrollará en adición a
sus funciones jurisdiccionales, estando a lo expuesto
en el segundo y tercer considerando de la presente
Resolución.
Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución
en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Of‌i cina de Control
de la Magistratura, de la Of‌i cina de Administración Distrital
de la Corte Superior de Justicia de Lima y del Magistrado
para los f‌i nes pertinentes.
Publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese.
CÉSAR JAVIER VEGA VEGA
Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima
309480-1
ORGANOS AUTONOMOS
ANR - CONSEJO NACIONAL
PARA LA AUTORIZACION
DE FUNCIONAMIENTO
DE UNIVERSIDADES
Autorizan al Presidente del CONAFU
a expedir resoluciones otorgando
prórrogas por única vez, y con cargo
a dar cuenta al Pleno del CONAFU, a
efectos de agilizar los procedimientos
administrativos en curso
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN
DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
(CONAFU)
RESOLUCIÓN Nº 507-2008-CONAFU
Lima, 18 de diciembre del 2008
VISTOS: El Acuerdo Nº 526-2008-CONAFU de la
Sesión del Pleno del CONAFU de fechas 17 y 18 de
diciembre del 2008; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional
para la Autorización de Funcionamiento de Universidades -
CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional
de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones:
Elaborar la reglamentación que señale los requisitos,
procedimientos y plazos, para la autorización provisional
o def‌i nitiva de funcionamiento y para la evaluación de las
universidades con autorización provisional;
Que, de conformidad con lo dispuesto con el artículo 3º
del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 189-
2006-CONAFU de fecha 13 de julio del 2006, en adelante
Estatuto: “Son atribuciones del Consejo Nacional para la
Autorización de Funcionamiento de Universidades: a) Evaluar
los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento
de las nuevas universidades a nivel nacional y emitir
resoluciones autorizando o denegando su funcionamiento
provisional, previa verif‌i cación del cumplimiento efectivo de
los requisitos y condiciones establecidos en la Ley Nº 26439
y los Reglamentos respectivos”;
Que, en el artículo 4º inciso a) del Estatuto, se
establece que: “Son f‌i nes del Consejo Nacional para
la Autorización de Funcionamiento de Universidades -
CONAFU: a) Promover una educación universitaria de
calidad, en concordancia con los f‌i nes de la Universidad
establecidos en la Ley Universitaria vigente”;
Que, en el Artículo IV numeral 1.3 de la Ley Nº 27444,
Ley General de Procedimientos Administrativos, se establece
que: “Principios del procedimiento administrativo... 1.3.
Principio de impulso de of‌i cio.- Las autoridades deben dirigir
e impulsar de of‌i cio el procedimiento y ordenar la realización
o práctica de los actos que resulten convenientes para el
esclarecimiento y resolución de las cuestiones necesarias”;
Que, en el Artículo IV numeral 1.9 de la referida
Ley, se establece que: “Principios del procedimiento
administrativo... 1.9. Principio de celeridad.- Quienes
participan en el procedimiento deben ajustar su actuación
de tal modo que se dote al trámite de la máxima dinámica
posible, evitando actuaciones procesales que dif‌i culten
su desenvolvimiento o constituyan meros formalismos,
a f‌i n de alcanzar una decisión en tiempo razonable, sin
que ello releve a las autoridades del respeto al debido
procedimiento o vulnere el ordenamiento”;
Que, la experiencia en los trámites administrativos por
ante el CONAFU, nos lleva a la conclusión que existen
muchos casos en los que puede dotarse de mayor agilidad,
lo cual traería consigo mayor ef‌i ciencia y ef‌i cacia a dichos
procedimientos; y como consecuencia de ello, una mejor
productividad en la labor que realiza este Consejo;
Que, teniendo cuenta tales circunstancias, el Pleno
del CONAFU ha considerado otorgar facultades a
su Presidente para que pueda expedir Resoluciones
otorgando prórrogas por única vez, y con cargo a dar
cuenta al Pleno del CONAFU, a efectos de agilizar los
procedimientos administrativos en curso;
Que, en sesión de fechas 17 y 18 de diciembre del
2008, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 526-2008-
CONAFU acuerda Autorizar al Presidente del Consejo
Nacional para la Autorización de Funcionamiento de
Universidades -CONAFU, a expedir Resoluciones
otorgando prórrogas por única vez, y con cargo a dar
cuenta al Pleno del CONAFU, a efectos de agilizar los
procedimientos administrativos en curso;
Por estas Consideraciones;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- AUTORIZAR al Presidente del
Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento
de Universidades -CONAFU, a expedir Resoluciones
otorgando prórrogas por única vez, y con cargo a dar
cuenta al Pleno del CONAFU; a efectos de agilizar los
procedimientos administrativos en curso.
Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.
JORGE ARTURO BENITES ROBLES
Presidente
JIMS ENRIQUE BARRANTES PINEDA
Secretario General
308852-1
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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