Disponen que procesos no contenciosos excluidos de los alcances de la Ley Nº 26662 y que se promuevan a partir de la vigencia del presente dispositivo, sean conocidos por los Juzgados Especializa- dos en lo Civil de Lima

Fecha de publicación16 Abril 1997
Fecha de disposición16 Abril 1997
DIARIO OFICIAL
"A
ÑO
DE
LA
R
EFORESTACION
: C
IEN
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ILLONES
DE
A
RBOLES
"
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Director: Enrique Sánchez Hernani
Lima, miércoles 16 de abril de 1997 AÑO XV - Nº 6135 Pág. 148457
P C M
Designan representante de la Presiden-
cia de la República y Presidente del
Núcleo Ejecutor del "Segundo Progra-
ma Social de Lampas y de Reactiva-
ción de la Micro y Pequeña Empresa
Metalmecánica".
RESOLUCION SUPREMA Nº 162-97-PCM
Lima, 15 de abril de 1997
CONSIDERANDO:
Que, el Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo
Social -FONCODES- ha previsto financiar el "Segundo
Programa Social de Lampas y de Reactivación de la Micro
y Pequeña Empresa Metalmecánica";
Que, en el Convenio de financiamiento del menciona-
do Programa Social se prevé que la Presidencia del Núcleo
Ejecutor esté a cargo de un representante del Presidente
de la República;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legis-
lativo Nº 560, Decreto Ley Nº 26157 y Decreto Supremo Nº
057-93-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.-
Designar al Ing. Augusto Takano Taka-
no como representante de la Presidencia de la República
y Presidente del Núcleo Ejecutor del "Segundo Programa
Social de Lampas y de Reactivación de la Micro y Pequeña
Empresa Metalmecánica".
Artículo 2º.-
La presente Resolución será refrendada
por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Minis-
tro de la Presidencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Presidente del Consejo de Ministros
DANIEL HOKAMA TOKASHIKI
Ministro de la Presidencia
4264
FE DE ERRATAS
RESOLUCION SUPREMA Nº 135-97-PCM
Por Oficio Nº 528-97-PCM/SG-200, la Presidencia del
Consejo de Ministros solicita se publique la Fe de Erratas
de la Resolución Suprema Nº 135-97-PCM, publicada en
nuestra edición del día 26 de marzo de 1997.
DICE:
Artículo 2º.- Nombrar a los señores Rodolfo Basualdo
Meléndez y Arnaldo Mamán Quiroga, como liquidadores de
la empresa Reaseguradora Peruana S.A. en Liquidación.
DEBE DECIR:
Artículo 2º.- Nombrar a los señores Rodolfo Bazualdo
Meléndez y Arnaldo Mamán Quiroga, como liquidadores de
la empresa Reaseguradora Peruana S.A. en Liquidación.
4215
DEFENSA
Prorrogan estado de emergencia en
diversos distritos de la provincia de
Lima
DECRETO SUPREMO
Nº 020-DE/CCFFAA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Visto el Oficio Nº 864-CCFFAA-DOP/PLN de fecha 7
de abril del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas,
mediante el cual solicita la prórroga del Estado de Emer-
gencia por el plazo de sesenta (60) días en los distritos de
la provincia de LIMA del departamento de LIMA: CARA-
BAYLLO, EL AGUSTINO, INDEPENDENCIA, LOS
OLIVOS, SAN MARTIN DE PORRES, SAN JUAN DE
LURIGANCHO, LURIGANCHO, ATE-VITARTE, SAN
LUIS, VILLA MARIA DEL TRIUNFO, SAN JUAN DE
MIRAFLORES, VILLA EL SALVADOR y SAN ISIDRO,
por cuanto aún subsisten algunas manifestaciones de
perturbación del Orden Interno y es necesario concluir el
proceso de pacificación de esta zona del país.
CONSIDERANDO:
Que, dentro del marco legal establecido por la Consti-
tución Política del Perú, es necesario adoptar medidas
tendientes a preservar y restablecer el Orden Interno;
En uso de las atribuciones que le confiere el Artículo
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con
cargo de dar cuenta al Congreso de la República;
DECRETA:
Artículo 1º.-
Prorrogar el Estado de Emergencia por
el plazo de sesenta (60) días a partir del 17 de abril de 1997,
en los distritos de CARABAYLLO, EL AGUSTINO,
INDEPENDENCIA, LOS OLIVOS, SAN MARTIN DE
PORRES, SAN JUAN DE LURIGANCHO, LURIGAN-
CHO, ATE-VITARTE, SAN LUIS, VILLA MARIA DEL
TRIUNFO, SAN JUAN DE MIRAFLORES, VILLA EL
SALVADOR y SAN ISIDRO de la provincia de LIMA del
departamento de LIMA.
Artículo 2º.-
Suspéndase con dicho fin, en las jurisdic-
ciones antes indicadas el ejercicio de los derechos consti-
tucionales contemplados en los incisos 9), 11) y 12) del
Artículo 2º y en el inciso 24) apartado f. del mismo artículo,
Las Fuerzas Armadas asumirán el control
del Orden Interno, de conformidad con lo dispuesto en la
El presente Decreto Supremo será re-
frendado por el Presidente del Consejo de Ministros, y los
Ministros de Defensa e Interior.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce
días del mes de abril de mil novecientos noventa y siete.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
NORMAS LEGALES
Pág. 148458 Lima, miércoles 16 de abril de 1997
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Presidente del Consejo de Ministros
TOMAS G. CASTILLO MEZA
Ministro de Defensa
JUAN BRIONES DAVILA
Ministro del Interior
4237
SALUD
Autorizan participación de funcionaria
del Ministerio en reunión sobre
etiquetado de alimentos, a realizarse
en Canadá
RESOLUCION SUPREMA Nº 026-97-SA
Lima, 15 de abril de 1997
CONSIDERANDO:
Que, en el marco del Comité Mixto FAO/OMS del
Codex Alimentarius, se llevará a cabo entre el día 15 al 18
de abril del presente año en Ottawa-Canadá, la 25ª RE-
UNION DEL COMITE DEL CODEX SOBRE ETI-
QUETADO DE LOS ALIMENTOS, de importancia para
la armonización de las normas nacionales con las normas
internacionales respecto al cual, la Dirección General de
Salud Ambiental es autoridad sanitaria de los alimentos
de consumo humano y punto central de contacto para los
asuntos de la Comisión Mixta FAO/OMS;
Que, es necesaria la participación de la ingeniera
Vilma MORALES QUILLAMA, funcionaria de la Direc-
ción General de Salud Ambiental, en la mencionada
reunión;
De conformidad con lo previsto en el Decreto Legisla-
tivo Nº 560 y disposiciones conexas; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
1º.-
Autorizar la participación de la ingeniera Vilma
MORALES QUILLAMA, funcionaria de la Dirección Ge-
neral de Salud Ambiental, a la 25ª REUNION DEL COMI-
TE DEL CODEX SOBRE ETIQUETADO DE LOS ALI-
MENTOS, que tendrá lugar en Ottawa-Canadá, del 15 al
18 de abril de 1997.
2º.-
Los gastos que origine el cumplimiento de la
presente Resolución serán cargados al Pliego
Presupuestal del Ministerio de Salud, de acuerdo al
siguiente detalle:
Viáticos US$ 1100.00
Pasajes 1000.00
Tarifa-Uso de
Aeropuertos 50.00
3º.-
La presente autorización no dará derecho a exone-
ración, de ninguna clase o denominación.
Regístrese y comuníquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
MARINO COSTA BAUER
Ministro de Salud
4266
Disponen que instituciones del Sector
presenten sus planes anuales de capa-
citación y cursos extraordinarios a la
Escuela Nacional de Salud Pública
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 212-97-SA/DM
Lima, 15 de abril de 1997
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo Nº 584, en su Artículo 33º
establece que la Escuela Nacional de Salud Pública es el
Organismo Público Descentralizado del Ministerio de
Salud, encargado de proponer la Política Nacional de
Desarrollo Potencial Humano y de ejecutar acciones de
formación superior y capacitación de funcionarios y servi-
dores en el campo de la salud;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 498-90-SA/
DM, del 13 de agosto de 1990, la Escuela Nacional de
Salud Pública (ENSAP), asume las funciones y atribucio-
nes correspondientes a la ex Dirección Técnica de Desa-
rrollo de Recursos Humanos;
Que, siendo la Escuela Nacional de Salud Pública el
organismo especializado en la capacitación de los funcio-
narios y servidores del Sector Salud;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis-
lativo Nº 584 "Ley de Organización y Funciones del Minis-
terio de Salud"; y,
Con la opinión favorable del Viceministro de Salud, de
la Escuela Nacional de Salud Pública y de la Oficina de
Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
1º.-
Las instituciones del Ministerio de Salud, deberán
presentar a la Escuela Nacional de Salud Pública (EN-
SAP), su plan anual de capacitación y sus cursos extraor-
dinarios, con fines de coordinación y programación.
2º.-
Todo evento bajo la denominación de cursos, talle-
res, fórums o similares, deberá ser aprobado por el Ministro
de Salud, previa opinión favorable de la Escuela Nacional
de Salud Pública. A tal efecto, los diferentes Organos de
Apoyo, Organos de Línea, Organos Desconcentrados y
Especializados, Organismos Públicos Descentralizados,
Programas y Proyectos, remitirán a la Escuela Nacional de
Salud Pública, con una anticipación no menor de quince
(15) días calendario, una solicitud en original y dos (2)
copias, conteniendo la siguiente información:
a) Denominación del Evento;
b) Lugar, especificándose el local donde se desarro-
llará el evento;
c) De ser el caso, centros de hospedaje y de expendio de
alimentos a utilizarse;
d) Costo de pasajes, viáticos y eventualmente de las
atenciones y de otros bienes y servicios;
f) Fuente de financiamiento;
g) Funcionarios, profesionales, servidores e invitados
que habrán de concurrir;
h) Justificación del evento, la que deberá incidir sobre
su beneficio directo e indirecto para el mejoramiento de la
salud de la población y en la preparación de los funciona-
rios, profesionales y servidores del Sector;
i) Expositores y su temática; y,
j) Alcances de la difusión del evento, en concordancia
con lo señalado en el literal "h".
3º.-
Cumplida la evaluación efectuada por la Escuela
Nacional de Salud Pública; en el término no mayor de 72
horas, se expedirá el correspondiente informe, el que será
entregado al interesado para el trámite respectivo.
4º.-
Dentro de ocho (8) días calendario de terminado el
evento, se remitirá a la Escuela Nacional de Salud Pública
lo siguiente:
a) Un informe sobre los resultados, el que deberá estar
acompañado de las conclusiones y recomendaciones del
evento; y,
b) Un juego autenticado de fotocopias de los gastos
efectuados con el correspondiente informe contable.
5º.-
La presente Resolución es de aplicación en casos
que el evento sea financiado tanto con recursos prove-
nientes del Tesoro Público, como de Fuentes Externas.
6º.-
La Escuela Nacional de Salud Pública, semes-
tralmente, remitirá al Despacho Ministerial un informe
de evaluación de resultados de los eventos, así como el
grado de cumplimiento de los planes anuales de capaci-
tación y cursos extraordinarios, programados por cada
dependencia del Ministerio de Salud.
7º.-
Deróguese la Resolución Ministerial Nº 344-94-
SA/DM, del 9 de setiembre de 1994.
Regístrese y comuníquese.
MARINO COSTA BAUER
Ministro de Salud
4231
NORMAS LEGALES
Pág. 148459
Lima, miércoles 16 de abril de 1997
Aceptan renuncia y designan represen-
tante del Ministerio ante la Comisión
Reorganizadora de las Beneficencias
Públicas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 213-97-SA/DM
Lima, 15 de abril de 1997
Vista la renuncia presentada por la Sra. María L.
López Bravo de Rueda como representante del Despacho
Ministerial del Ministerio de Salud, ante la Comisión
Reorganizadora de las Beneficencias Públicas; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Suprema Nº 005-96-PROMU-
DEH, se constituye la Comisión Reorganizadora de las
Sociedades de Beneficencia, encargada de su transferen-
cia al Instituto Nacional de Bienestar Familiar, la misma
que debe estar integrada por un representante del Minis-
terio de Salud;
Que, por Resolución Ministerial Nº 679-96-SA/DM de
fecha 21 de noviembre de 1996, se designó a la Sra. María
L. López Bravo de Rueda como representante del Despa-
cho Ministerial del Ministerio de Salud ante la Comisión
Reorganizadora de las Sociedades de Beneficencia Públi-
ca; Que, con fecha 4 de abril de 1997, la Sra. María L.
López Bravo de Rueda formula renuncia a la designación
efectuada;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 584 - Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y su
Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-92-SA;
Con la opinión favorable del Viceministro de Salud;
SE RESUELVE:
Aceptar la renuncia formulada por la Sra. María L.
López Bravo de Rueda a la designación como represen-
tante del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud
ante la Comisión Reorganizadora de las Sociedades de
Beneficencia, creada por Resolución Suprema Nº 005-96-
PROMUDEH; dándosele las gracias por los servicios
prestados.
Regístrese y comuníquese.
MARINO COSTA BAUER
Ministro de Salud
4232
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 214-97-SA/DM
Lima, 15 de abril de 1997
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Tercera Disposición Complementa-
ria del Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del
Desarrollo Humano, se dispone la transferencia de las
Beneficencias Públicas al Instituto Nacional de Bienestar
Familiar;
Que, por Resolución Suprema Nº 005-96-PROMU-
DEH, se constituye la Comisión Reorganizadora de las
Sociedades de Beneficencia, encargada de su transferen-
cia al Instituto Nacional de Bienestar Familiar, la misma
que debe estar integrada por un representante del Minis-
terio de Salud;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 584 - Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y su
Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-92-
SA, y de acuerdo a lo previsto en el Artículo 6º del Decreto
Ley Nº 21292; y,
Con la opinión favorable del Viceministro de Salud;
SE RESUELVE:
Designar al Lic. Dante Briones Chalán, como repre-
sentante del Ministerio de Salud ante la Comisión Reor-
ganizadora de las Beneficencias Públicas, creada por
Resolución Suprema Nº 005-96-PROMUDEH.
Regístrese y comuníquese.
MARINO COSTA BAUER
Ministro de Salud
4233
AGRICULTURA
Dan por concluidas designaciones y
encargan funciones de Directores de
Agencias Agrarias
RESOLUCION SUPREMA Nº 013-97-AG
Lima, 15 de abril de 1997
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 032-94-AG, se
designó entre otros en la condición de adscrito en la plaza
de Director de Programa Sectorial II a los Ings. Herminio
Julián Ocampo, Gustavo Vargas Torres - Agencias Agra-
rias Bongará y Rodríguez de Mendoza - Dirección Subre-
gional Agraria Chachapoyas, Ramón Sagástegui Yépez -
Agencia Agraria San Pablo - Dirección Subregional Agra-
ria Cajamarca - Dirección Regional Agraria Nor Oriental
del Marañón, Rogelio Ancco Ancco - Agencia Agraria
Sandia -Dirección Regional Agraria José Carlos Mariáte-
gui, Oscar A. Lazo Ita y Hickey E. Córdova Herrera -
Agencias Agrarias de Carlos F. Fitzcarrald y Corongo -
Dirección Regional Agraria Chavín, Francisco Vargas
Gonzales - Agencia Agraria Pasco - Dirección Subregional
Pasco, Jaime L. Huerta Astorga - Agencia Agraria Arequi-
pa - Dirección Regional Arequipa, Basilio O. Prado Chau-
ca y Carlos de la Cruz Gutiérrez de las Agencias Agrarias
Huanta y Páucar del Sara Sara - Dirección Regional
Agraria Los Libertadores Wari, Efigenio Núñez Aguilar -
AVISO

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