Evolución

AutorEsteban Carbonell O’Brien
Cargo del AutorAbogado.
1.6. - Nacimiento de la legislación francesa de quiebras

Los estatutos de las ciudades italianas influyeron determinantemente en el contenido de la primera reglamentación sobre quiebra dictada en Francia, que lo que fue el 2 de julio de 1667, en Lyon, que era una importante plaza mercantil en esa época. Este cuerpo legal se inspiraba en el principio de la par condictio creditorum y regulaba también el período sospechoso al cual se retrotraen los efectos de la quiebra declarada.

En 1673 se promulgó la Ordenanza de Savary, que reglamentaba la quiebra en su Título XI. El artículo 1º del Título XI disponía que la quiebra o bancarrota se reputará abierta desde el día en que el deudor se haya retirado o se haya colocado sello sobre sus bienes19

La Ordenanza de 1673 fue complementada por declaraciones reales de Luis XV y Luis XVI, que no alteraron fundamentalmente el sistema.

La causa de la bancarrota no se encuentra determinada con claridad en la Ordenanza de 1673, sino que más bien se precisa el momento desde el cual se reputa abierta la bancarrota, lo que no impide concluir que existe una continuidad respecto de la legislación estatutaria. Ello queda establecido por el origen de la legislación francesa, que en esta materia deriva directamente del Derecho Estatutario. En ese momento histórico-jurídico no se encontraba conceptualmente desarrollada la causa de la bancarrota ni se distinguía con la precisión que se postula hoy, el estado patrimonial que la hace procedente. Pero no cabe duda que, genéricamente, el estado patrimonial causante de la quiebra era también en la ley francesa de 1673 uno tal que impedía la continuación normal de las relaciones patrimoniales vinculadas al patrimonio del deudor, trascendiendo así el mero interés de cada acreedor singular. Ello se confirma por el examen de los hechos que hacían procedente la bancarrota en el Derecho Estatutario, sumado a la ausencia de factores económicos o jurídicos que hagan pensar en un cambio de política en la legislación francesa, heredera de aquel derecho en materia de quiebras.

La bancarrota se aplicaba, durante la vigencia de la Ordenanza de 1673, tanto a comerciantes como a deudores que no lo eran, a semejanza del Derecho Estatutario.

1.7. - El Código Francés de 1807

El Código Francés de Comercio de 1807, reglaba la bancarrota en su libro tercero. Sus disposiciones inspiradas en buena medida por el mismo Emperador, pretendieron ordenar definitivamente las relaciones patrimoniales y la situación de las haciendas, convulsionadas desde la Revolución, lo que no pudo ser afrontado debidamente por la legislación anterior20

La bancarrota se aplica bajo...

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