06 1342-2005 - Autorizan viaje de funcionario a Ecuador para participar en reunión a fin de evaluar avances en la implementación del Nuevo Acuerdo de Capital - Basilea II

Fecha de publicación03 Septiembre 2005
Fecha de disposición03 Septiembre 2005
Pág. 299646
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 3 de setiembre de 2005
Estando a lo informado por el Departamento de
Evaluación Microfinanciera "B" mediante Informe Nº 091-
2005-DEM "B" y a la opinión emitida por la Federación
Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito
mediante Oficio Nº 159-2005-FEPCMAC; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º
de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema
de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca
y Seguros, Ley Nº 26702; la Circular SBS Nº CM-0334-
2005; el procedimiento administrativo Nº 11 del Texto
Único de Procedimientos Administrativos aprobado
mediante Resolución SBS Nº 131-2002, modificada por
Resolución SBS Nº 1276-2002; y en virtud de la facultad
delegada por Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de
julio de 2005;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de
Ahorro y Crédito de Ica S.A., la apertura de una Oficina
Especial ubicada en la Av. Ramos Nº 398, distrito de
Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima.
Artículo Segundo.- La Oficina Especial de Imperial
sólo se encuentra facultada a brindar información y
recepcionar documentación referida a operaciones de
crédito.
Artículo Tercero.- Conforme se indica en el numeral
15.7 de la Circular Nº CM-03334-2005, dentro de los siete
(7) días calendario de formalizada la apertura, la Caja
Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A. deberá reportar
a esta Superintendencia las acciones realizadas en el
Anexo B "Movimiento de Oficinas" de la precitada Circular.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO LUIS GRADOS SMITH
Superintendente Adjunto de Banca
y Microfinanzas
15104
Autorizan viaje de funcionario a
Ecuador para participar en reunión a
fin de evaluar avances en la
implementación del Nuevo Acuerdo de
Capital - Basilea II
RESOLUCIÓN SBS Nº 1342-2005
Lima, 31 de agosto de 2005
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
CONSIDERANDO:
Que, en el marco del Convenio de Asistencia
Recíproca suscrito entre la Superintendencia de Bancos
y Seguros de la República del Ecuador y la
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras
Privadas de Fondos de Pensiones del Perú, se ha
confirmado una reunión de coordinación con
representantes de la citada entidad con la finalidad de
revisar los avances y definir las acciones orientadas a la
consolidación del referido Convenio; los avances
realizados por ambas instituciones en la implementación
del Nuevo Acuerdo de Capital – Basilea II, las actividades
de supervisión y las estrategias y programas de
comunicación y difusión, la misma que se llevará a cabo
el 2 de setiembre de 2005;
Que, por ser de interés para la institución, resulta
necesaria la participación del señor Mario Ochoa Ponte,
Jefe de la Unidad de Comunicaciones e Imagen
Institucional, en representación de esta Superintendencia
en la citada reunión;
Que, esta Superintendencia, mediante Directiva
Nº SBS-DIR-ADM-085-06, ha dictado una serie de
Medidas de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2005,
estableciendo en el numeral 4.1.1., que se autorizarán
viajes al exterior únicamente para eventos cuyos objetivos
obliguen la representación sobre temas vinculados con
negociaciones bilaterales, multilaterales, foros, o misiones
oficiales que comprometan la presencia indispensable de
funcionarios de la Superintendencia, como el presente
caso;
Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje
del citado funcionario, sólo por el tiempo necesario para
el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por
concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC,
serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al
Presupuesto correspondiente al ejercicio 2005; y,
En uso de las facultades que le confiere la Ley
Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros” y de conformidad con lo dispuesto
en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-
PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas de
Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2005, Nº SBS-
DIR-ADM-085-06;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Mario
Ochoa Ponte, Jefe de la Unidad de Comunicaciones e
Imagen Institucional, a la ciudad de Quito, Ecuador, del 1
al 3 de setiembre de 2005, para los fines expuestos en la
parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el
cumplimiento del presente dispositivo legal, según se
indica, serán cubiertos con recursos del Presupuesto de
la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras
Privadas de Fondos de Pensiones, de acuerdo al siguiente
detalle:
Pasajes (clase económica) US$ 388,28
Viáticos 600,00
Tarifa CORPAC 28,24
Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga
derecho a exoneración o liberación de impuestos de
Aduana de cualquier clase o denominación a favor del
funcionario cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de
Fondos de Pensiones
15125
UNIVERSIDADES
Separan a docentes de la Universidad
Nacional Federico Villarreal
UNIVERSIDAD NACIONAL
FEDERICO VILLARREAL
RESOLUCIÓN R. Nº 1111-2005-UNFV
San Miguel, 15 de agosto de 2005
Visto, el Oficio Nº 346-2005-D-FCCNM-UNFV, del
14.06.05, del Decano de la Facultad de Ciencias
Naturales y Matemática de esta Casa Superior de
Estudios, mediante el cual remite la Resolución Decanal
Nº 259-2005-D-FCCNM-UNFV, del 09.06.05, que
propone la sanción de separación de la Universidad a
don CARLOS MIGUEL QUISPE MATIAS, docente
permanente auxiliar a Tiempo Completo, de la referida
Facultad; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 28º, literal K), del Decreto Legislativo
Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de
Remuneraciones del Sector Público, detalla entre las
faltas de carácter disciplinarias que según su gravedad

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