02 N° 101-2006-AC-MDMM - Exoneran de proceso de selección la contratación de estudio de abogados para asesoría y asistencia técnica en la recuperación de deudas coactivas
Fecha de publicación | 14 Diciembre 2006 |
Fecha de disposición | 14 Diciembre 2006 |
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 14 de diciembre de 2006 334477
DISEÑO
Área Bruta Total: 25,000.00 m2
Área Útil Vivienda: 15,526.65 m2
Área de Vías: 7,738.71 m2
Área Recreación Pública: 1,679.22 m2
Área de Compensación: 55.42 m2
PAVIMENTACIÓN DE PISTAS VEREDAS,
ORNAMENTACIÓN DE PARQUE:
Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y
teniendo listo el corte a nivel de Subrasante, será necesario
efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno
natural, eliminando el que contenga restos orgánicos,
escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor
de 0.20 m, mediante la adición de material granular,
mezclándose con riego sucesivos y cercanos al óptimo
contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el
95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio
para un índice C.B.R. mínimo de 20, las partículas sólidas
de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”.
Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse
una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor,
compactado, provenientes de cantera seleccionada,
que contenga proporciones adecuadas de material
gruesos (con diámetro máximo de 1 ½”), fi nos y ligantes
en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación
se efectuara con riegos sucesivos cercanos al optimo
contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el
95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio
para un índice de C.B.R. de 80.
Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el
conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando
mantener el nivel de las tapas de buzones para la
aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor.
Superfi cie de Rodadura .- Estará constituida por una
capa asfáltica en caliente 2” de espesor como mínimo,
que se aplicará previa imprimación de la superfi cie de
base con asfalto líquido RC-250.
Aceras.- Serán de concreto de calidad f’c=140 kg/cm2 de
0.15 ml. de espesor y su colocación se efectuará sobre un
terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente
compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada
será 0.15 m. y el acabado será con mezcla cemento - arena
fi na, en proporción 1:2 de un centímetro de espesor.
Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o
extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de
concreto de dimensiones 0.15 x 0.30 m. de calidad y acabado
igual a las aceras y en forma homogénea con ellas.
En ambos extremos de las calzadas, protegiendo
y confi rmando sus bordes se construirán sardineles de
concreto de calidad de fc= 210 Kg/cm2, y de dimensiones
0.15x 0.30 m.
Rampas Peatonales.- Las aceras y rampas serán
estables, y el acabado de sus superfi cies antideslizante.
Los descansos entre tramos de rampa consecutivos, y
los espacios horizontales de llegada, tendrán una longitud
mínima de 1.20 m, medida sobre el ojo de la vía. Según R.M.
N° 069-01-MTC/15.04, de fecha 7 de febrero del 2001.
Ornamentación del Parque.- El Parque comprenderá
la ejecución de veredas, senderos, colocación de bancas,
señalizaciones, sembrío de árboles diversos, iluminación
y área de recreación activa.
AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO:
Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad
con el proyecto de mejoramiento y ampliación de obras
generales de agua potable y alcantarillado del esquema
“Mayorazgo” aprobados por SEDAPAL debiendo poner
en conocimiento de dicha compañía, la fecha de inicio y
término de las obras.
ENERGÍA ELÉCTRICA:
Electricidad.- Los interesados deberán solicitar a
LUZ DEL SUR la instalación de las redes primarias y
secundarias de energía eléctrica publica y domiciliaria,
los cuales serán ejecutados de acuerdo a los planes de
expansión de dicha compañía.
TELEFONÍA:
Instalaciones Telefónicas .- Para las instalaciones
Telefónicas, la parte interesada deberá coordinar con
la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha
compañía, para la instalación de ductos, cámaras y la
reserva de áreas para centrales.
Artículo 4°.- AUTORIZAR la Inscripción de los lotes
que se aprueba en la Ofi cina Registral de Lima y Callao,
los cuales serán destinados a fi nes de vivienda compatible
con el uso residencial del entorno, de conformidad con el
siguiente cuadro:
MANZANA CANTIDAD
LOTES NUMERACIÓN ÁREA (m2)
A 28 1 al 4, 4A, 5 al 20, 20A, 21 al 26 5,418.75
B 26 1 al 8, 8A, 9 al 14, 14A, 15 al 24 6,033.50
C 24 1 al 24 4,074.40
3 78 TOTAL 15,526.65
Artículo 5°.- AUTORIZAR, a JAIME HANZAWA
SHIGAKI a celebrar Contratos de Venta Garantizada con
respecto a los lotes que constituyen el área útil de vivienda
de la presente habilitación; dejando a salvo el derecho
de los adquirientes de exigir al Habilitador Vendedor las
Garantías previstas en la Legislación Vigente para asegurar
la culminación de las Obras de Habilitación Urbana.
Artículo 6°.- CONSIDERAR, con construcción
simultánea el proceso de Habilitación Urbana del terreno
en cuestión destinado a fi nes de Vivienda compatible con
el uso residencial del entorno, debiendo gestionar ante
la ofi cina de Obras Privadas de esta Entidad Edilicia la
respectiva licencia de construcción.
Artículo 7°.- DISPONER que los lotes N°s. 06 al 08
y 09 al 11 de la Mz. “A” de la denominada Urbanización
“El Banco de Javier Prado” queden en garantía de pago
por el défi cit de los aportes correspondientes a Parques
Zonales y al Ministerio de Educación con un área cada
uno de 500.00 m2, los mismos que deberán ser cancelado
antes de la Recepción de Obra de la Habilitación Urbana.
Artículo 8°.- DISPONER que el interesado gestione
la inscripción registral ante la Superintendencia Nacional
de los Registros Públicos el área de Recreación Pública
de 1,679.22 m2.
Artículo 9°.- AUTORIZAR, a la Subgerencia de
Planifi cación Urbana y Catastro a la suscripción del
plano de Lotización señalado en el artículo segundo de la
presente resolución.
Artículo 10°.- DISPONER la Publicación en el Diario
Ofi cial El Peruano la presente Resolución, en el plazo de
30 días contados a partir de su notifi cación a cargo de los
interesados.
Artículo 11°.- TRANSCRIBIR a la Municipalidad
Metropolitana de Lima para las acciones de su competencia;
a la Ofi cina Registral de Lima y Callao para los efectos de la
Inscripción de la Habilitación Urbana, al Servicio de Parques
de Lima SERPAR - LIMA, al Ministerio de Educación, a la
Superintendencia de Bienes Nacionales y a los interesados
para su conocimiento y fi nes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
LEONARDO VÍLCHEZ FERNÁNDEZ
Alcalde
6668-1
MUNICIPALIDAD DE
MAGDALENA DEL MAR
Exoneran de proceso de selección la
contratación de estudio de abogados
para asesoría y asistencia técnica en la
recuperación de deudas coactivas
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 101-2006-AC-MDMM
Magdalena del Mar, 11 de diciembre de 2006
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE MAGDALENA DEL MAR.
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión
Extraordinaria Nº 04 de la fecha, y;
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