1075 1126-2002-MP-FN - Aprueban Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones del Instituto de Medicina Legal

Fecha de disposición29 Junio 2002
Fecha de publicación29 Junio 2002
Pág. 225565
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 29 de junio de 2002
cencio Terreros, Fiscal Provincial Provisional de la Fisca-
lía Especializada para Desapariciones Forzosas Ejecucio-
nes Extrajudiciales y Exhumación de Fosas Clandestinas,
en el que solicita la designación de Fiscales que coordi-
nen las labores de investigación en los Distritos Judiciales
de Ayacucho y Huancavelica, en razón que los hechos,
pruebas, testigos, víctimas y otros, se encuentran en los
mencionados lugares;
Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar a la doctora María Isabel
Aurora Barreda Bernedo, Fiscal Provincial Provisional de la
Segunda Fiscalía Provincial Penal de Huamanga, Distrito
Judicial de Ayacucho, como Coordinadora de las tareas de
investigación sobre desapariciones forzadas, ejecuciones
extrajudiciales y exhumación de fosas clandestinas, con
retención de su despacho.
Artículo Segundo.- Designar al doctor Álvaro Montes
Oscanoa, Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalía Pro-
vincial Penal de Huancavelica, Distrito Judicial de Huanca-
velica, como Coordinador de las tareas de investigación
sobre desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales
y exhumación de fosas clandestinas, con retención de su
despacho.
Artículo Tercero.- Facultar a los Fiscales Coordinadores,
para que investiguen, promuevan la acción penal a fin de
garantizar el principio del Juez natural, sin perjuicio de las
tareas de coordinación y conclusión de las investigaciones
que realice la Fiscalía Especializada para Desapariciones
Forzosas Ejecuciones Extrajudiciales y Exhumación de Fo-
sas Clandestinas a nivel nacional.
Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente
Resolución a los Fiscales Superiores Decanos de los Dis-
tritos Judiciales de Ayacucho y Huancavelica, Fiscalía Pro-
vincial Especializada para Desapariciones Forzosas Ejecu-
ciones Extrajudiciales y Exhumación de Fosas Clandesti-
nas, Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales men-
cionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NELLY CALDERÓN NAVARRO
Fiscal de la Nación
11602
Aprueban Estructura Orgánica y Regla-
mento de Organización y Funciones del
Instituto de Medicina Legal
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE
LA NACIÓN Nº 1126-2002-MP-FN
Lima, 28 de junio de 2002
VISTO:
El Oficio Nº 069-2002-MP-FN-CRIML de la Comisión de
Reestructuración del Instituto de Medicina Legal; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1309-
2001-MP-FN, se declara en emergencia y en proceso de
reestructuración al Instituto de Medicina Legal, designando
la Comisión de Reestructuración encargada de conducir el
mencionado proceso;
Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación
Nº 1356-2001-MP-FN, se aprueba la Estructura Orgánica y
el Reglamento de Organización y Funciones de los Órga-
nos Administrativos de la Fiscalía de la Nación;
Que, el Artículo 33º de la Estructura Orgánica y Re-
glamento de Organización y Funciones de los Órganos
Administrativos de la Fiscalía de la Nación establece que
la organización y funciones del Instituto de Medicina Le-
gal serán definidas en su correspondiente Reglamento;
Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación
Nº 505-2002-MP-FN, se amplía y modifica la Comisión de
Reestructuración encargada de conducir el proceso de re-
estructuración del Instituto de Medicina Legal, debiendo
proponer el proyecto del nuevo Organigrama del Reglamento
de Organización y Funciones (ROF);
Que, la Comisión de Reestructuración del Instituto de
Medicina Legal recomienda la aprobación del nuevo Regla-
mento de Organización y Funciones para el Instituto de
Medicina Legal;
Contando con el visto de la Gerencia de Planificación,
Racionalización y Estadística, Oficina de Asesoría Jurídi-
ca, Gerencia General; y,
De conformidad con el Artículo 64º del Decreto Legisla-
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la Estructura Orgánica y
Reglamento de Organización y Funciones del Instituto de
Medicina Legal, que consta de cuatro (4) títulos y treinticin-
co (35) artículos, que forman parte integrante de la presen-
te Resolución.
Artículo Segundo.- ENCARGAR la implementación de
lo dispuesto en la presente, a la Comisión Especial integra-
da por los siguientes miembros:
· Dr. Dante Torres Anaya, quien la presidirá.
· Dr. Manuel Castro Baca.
· Lic. Gilmer Cacho Cuba.
Que dispondrá de un plazo de treinta (30) días para el
cumplimiento de su encargo, debiendo dar cuenta de sus
decisiones al Despacho de la Fiscal de la Nación.
Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolución Admi-
nistrativa del Titular del Pliego del Ministerio Público Nº 384-
98-SE-TP-CEMP.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NELLY CALDERÓN NAVARRO
Fiscal de la Nación
11595
UNIVERSIDADES
Declaran infundada apelación contra
acto administrativo relativo a Bases de
la Adjudicación Directa Nº 001-2002/
UNPRG, convocada por la Universidad
Nacional Pedro Ruiz Gallo
UNIVERSIDAD NACIONAL
PEDRO RUIZ GALLO
VICERRECTORADO ADMINISTRATIVO
RESOLUCIÓN Nº 149-2002-VRADM
Lambayeque, 31 de mayo del 2002
VISTO:
El Expediente Nº 1850-2002 VRADM, que contiene el
recurso de apelación interpuesto por el postor Sr. ROLAN-
DO CASAS PORRAS contra el acto administrativo que aco-
ge las observaciones formuladas a las Bases Administrati-
vas de la Adjudicación Directa Nº 001-2002/UNPRG por el
postor MERCEDES VEGA CEBRIAN S.R.L. referidas a la
propuesta Técnica en los rubros "Cartera de Clientes" e
"Infraestructura y Tecnología" en el sentido controversial de
que a la primera se le ha agregado el requisito de la pre-
sentación del Certificado o Constancia de conformidad del
cliente atendido, además del comprobante de pago, con lo
que este acogimiento estaría direccionado a que en el pro-
ceso de selección cuente con el menor número de posto-
res, contraviniendo el Artículo 25º de la Ley; y a la segunda,
porque para acreditar la infraestructura, maquinaria y equi-
pos con facturas, se estaría marginando a los microem-
presarios que no cuentan con facturas y comprobantes de
compra por adquirir sus maquinarias de segunda mano y
por otro lado se estaría exigiendo requerimientos mayores
y distintos a los originariamente establecidos en las Bases,
contraviniendo el Artículo 51º parte final del Reglamento de
la Ley; y,

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