Ley N° 29702 - Ley que dispone el pago de la bonificación dispuesto por el Decreto de Urgencia 037-94, de acuerdo a los criterios establecidos por el Tribunal Constitucional y sin la exigencia de sentencia judicial y menos en calidad de cosa juzgada otras obligaciones del estado como empleador

AutorElmer Guillermo Arce Ortiz - Javier Neves Mujica
Páginas245-246
NORMAS COMPLEMENTARIAS SOBRE LAS RELACIONES INDIVIDUALES DE TRABAJO
245
Ley que dispone el pago de la bonificacion
dispuesto por el decreto de urgencia 037-94,
de acuerdo a los criterios establecidos
por el tribunal constitucional y sin la
exigencia de sentencia judicial y menos
en calidad de cosa juzgada
(ElPeruano:07-06-2011)
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
EICengrescdeIaRepublica
HadadeIaLeysiguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;
HadadoIaLeysiguiente:
Ley que dispone el pago de la bonificacion dispuesto
por el decreto de urgencia 037-94, de acuerdo a los criterios
establecidos por el tribunal constitucional y sin la exigencia
de sentencia judicial y menos en calidad de cosa juzgada
Artículo Único.- Pago de bonificación
LosbeneficiariosdelabcnilicaciéndispueslaperelDecrelc
deUrgencia 037—94reciben elpago dedicho beneficioy su
continuación,conformealanormatividadvigenteydeacuerdo

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