FE DE ERRATA D.S. N° 121-2014-EF - .

Fecha de disposición07 Junio 2014
Fecha de publicación07 Junio 2014
El Peruano
Sábado 7 de junio de 2014
524790
Autorizan viaje de consultor a Ecuador,
en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 189-2014-EF/43
Lima, 6 de junio de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante OF.RE (DGA) N° 2-5-E/579 de fecha
21 de mayo de 2014, el Director General de América del
Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita la participación
de funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas
en la IX Reunión del Grupo de Trabajo de Expertos de
Alto Nivel de Solución de Controversias en Materia de
Inversiones de UNASUR, a llevarse a cabo en la ciudad
de Quito, República del Ecuador, del 10 al 13 de junio de
2014;
Que, en la mencionada reunión se evaluarán y
negociarán las disposiciones propuestas por todas las
partes que participan de la negociación que permitan
constituir un Centro de Solución de Controversias en
Materia de Inversiones de UNASUR, siendo necesario
que estas disposiciones se encuentren concordadas
con las disposiciones tanto sustantivas como procesales
que nuestro país negocia en sus acuerdos bilaterales
y multilaterales sobre promoción y protección de
inversiones;
Que, en ese sentido, se ha estimado conveniente
que el señor Ricardo Manuel Ampuero Llerena,
consultor de la Dirección General de Asuntos de
Economía Internacional, Competencia y Productividad
del Ministerio de Economía y Finanzas, participe en la IX
Reunión del Grupo de Trabajo de Expertos de Alto Nivel
de Solución de Controversias en materia de Inversiones
de UNASUR; toda vez que, los temas a tratar son de
competencia de la mencionada Dirección General y su
participación permitirá evaluar las propuestas vertidas
en dicho evento y que los acuerdos allí logrados resulten
consistentes con la política económica implementada
de nuestro país;
Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de
la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2014, dispone que los viajes que se
efectúen en el marco de la negociación de acuerdos
comerciales o tratados comerciales y ambientales,
negociaciones económicas y f‌i nancieras y las acciones
de promoción de importancia para el Perú se autorizan
mediante Resolución del Titular de la entidad;
Que, en consecuencia y siendo de interés para el país,
resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos
serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de
Economía y Finanzas; y
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°
27619, Ley que regula la autorización de viajes al
exterior de servidores y funcionarios públicos, en la
Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2014, en el Decreto Supremo N° 047-
2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias
sobre autorización de viajes al exterior de servidores
y funcionarios públicos, y su modif‌i catoria, aprobada
como en la Directiva Nº 003-2012-EF/43.01 – Directiva
para la Tramitación de Autorizaciones de Viajes por
Comisión de Servicios al Exterior e Interior del País
aprobada con Resolución Ministerial Nº 662-2012-EF/43
y sus modif‌i catorias aprobadas mediante Resolución
Ministerial Nº 331-2013-EF/43 y Resolución Ministerial
N° 027-2014-EF/43;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en
comisión de servicios del señor Ricardo Manuel Ampuero
Llerena, consultor de la Dirección General de Asuntos de
Economía Internacional, Competencia y Productividad del
Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Quito,
República del Ecuador, del 9 al 14 de junio de 2014,
para los f‌i nes expuestos en la parte considerativa de la
presente Resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de
la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto
de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del
Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al
siguiente detalle:
Pasajes Aéreos : US $ 1 006,29
Viáticos (4 + 1 días) : US $ 1 850,00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días
calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado
consultor debe presentar ante el Titular de la Entidad,
un informe detallado, describiendo las acciones
realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo
plazo presentará la rendición de cuentas por los
viáticos entregados.
Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor del consultor cuyo
viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
1093955-1
FE DE ERRATAS
DECRETO SUPREMO
Nº 121-2014-EF
Mediante Of‌i cio Nº 420-2014-SCM-PR, la Secretaría
del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas
del Decreto Supremo Nº 121-2014-EF, publicado en la
edición del día 30 de mayo de 2014.
En el Artículo 1º;
DICE:
“Artículo 1º.- (...)
A LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 022 : Organismo Supervisor de la Inversión
en Infraestructura de Transporte de
Uso Público
UNIDAD EJECUTORA 001 : Organismo Supervisor de la Inversión
en Infraestructura de Transporte de
Uso Público
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa
(...)”
DEBE DECIR:
“Artículo 1º.- (...)
A LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 022 : Organismo Supervisor de la Inversión
en Infraestructura de Transporte de
Uso Público
UNIDAD EJECUTORA 001 : Organismo Supervisor de la Inversión
en Infraestructura de Transporte de
Uso Público
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa
(...)”
1093958-1

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