ENERGIA Y MINAS RESOLUCION DIRECTORAL Nº 587-2007-MEM/DGM - Incluyen la seccion

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición13 de Octubre de 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 13 de octubre de 2007
355320
a) Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto
Participativo.
b) Documento del Proceso Participativo para el Año
Fiscal 2008.
La información de avances y resultados del proceso
del Presupuesto Participativo, debe ser registrada en el
“Aplicativo para el Proceso Participativo del Presupuesto
para el Año Fiscal 2008”. El acceso a dicho Aplicativo
se realiza a través de la página web del Ministerio de
Economía y Finanzas, mediante el ícono Presupuesto
Participativo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN MUÑOZ ROMERO
Director General
Dirección Nacional del Presupuesto Público
119092-1
ENERGIA Y MINAS
Aprueban la inclusión de pasivos
ambientales mineros en la cuenca del
río Llaucano, provincia de Hualgayoc,
departamento de Cajamarca, presen-
tados por el FONAM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 487-2007-MEM/DM
Lima, 11 de octubre de 2007
VISTO:
El Informe Nº 075-2007-MEM/DGM-DNM de fecha 27
de agosto de 2007, de la Dirección General de Minería;
y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3º de la Ley Nº 28271, Ley que regula
los Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, establece
que la identicación, elaboración y actualización del
inventario de los pasivos ambientales mineros está a
cargo del Ministerio de Energía y Minas, a través de su
órgano técnico competente;
Que, en el artículo 6º del anexo del Decreto Supremo
Nº 059-2005-EM, que aprobó el Reglamento de Pasivos
Ambientales de la Actividad Minera, se indica que
la Dirección General de Minería está facultada para
realizar todas las acciones que resulten necesarias para
la identicación de los pasivos ambientales mineros,
la elaboración del inventario y la determinación de
los responsables de las medidas de remediación
ambientales;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 290-2006-
MEM/DM se aprobó el Inventario Inicial de Pasivos
Ambientales Mineros, que consta de veinte y siete (27)
folios;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM se
aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Energía y Minas, donde se precisa
que la Dirección Técnica Minera tiene las funciones y
atribuciones de identicar, elaborar, actualizar y priorizar
los pasivos ambientales mineros;
Que, el Fondo Nacional del Ambiente-FONAM ha
identicado pasivos ambientales mineros en la cuenca
del río Llaucano, provincia de Hualgayoc, departamento
de Cajamarca, presentando la relación de los mismos
al Ministerio de Energía y Minas mediante expediente
Nº 1659510, de fecha 3 de enero del 2007;
Que, la relación de pasivos ambientales mineros
presentada por el FONAM, ha sido evaluada por la
Dirección Técnica Minera de la Dirección General de
Minería, opinando mediante informe Nº 012-2007-MEM-
DGM-DTM que se incluyan los pasivos ambientales
mineros identicados;
De conformidad con el articulo 103º literal j del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo
Nº 031-2007-EM;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar la inclusión de los pasivos
ambientales mineros en la cuenca del río Llaucano,
provincia de Hualgayoc, departamento de Cajamarca,
presentados por el Fondo Nacional del Ambiente-FONAM,
mediante expediente Nº 1659510, de fecha 3 de enero
del 2007, publicándose los mismos en la página web del
Ministerio de Energía y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN VALDIVIA ROMERO
Ministro de Energía y Minas
119200-1
Incluyen la sección “Información de
hechos de importancia, anuncios y
asuntos que expliquen la estadística
reportada y/o afecten el desempeño de
la empresa” en encuesta disponible en
la página web del Ministerio
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 587-2007-MEM/DGM
Lima, 10 de octubre de 2007
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91º
del Reglamento de los Títulos Pertinentes del Texto Único
Ordenado de la Ley General de Minería aprobado por
Decreto Supremo Nº 03-94-EM, los titulares de actividad
minera presentarán mensualmente a la Dirección General
de Minería la información necesaria para elaborar las
encuestas estadísticas de producción (minero-metálica,
minero no-metálica y de producción metalúrgica);
Que, en atención a la precitada norma se emitió la
Resolución Directoral Nº 100-94-EM/DGM que aprobó
los formularios a utilizarse en las encuestas estadísticas
mensuales minero-metálica, minero no - metálica,
producción metalúrgica y de avance de labores, jándose
como plazo máximo de entrega diez (10) días hábiles de
nalizado cada mes;
Que, por Resolución Directorial Nº 125-2006-MEM-
DGM de fecha 20 de marzo de 2006, se aprobó el
formulario de las encuestas estadísticas de producción
minero-metálica, minero no-metálica y de producción
metalúrgica, e Indicadores de Desempeño; se dispuso su
publicación en el portal del Ministerio de Energía y Minas
en internet; y se estableció como medio de cumplimiento
de la acotada obligación los formularios electrónicos que
se encuentran en el portal o página web del Ministerio de
Energía y Minas: http://extranet.minem.gob.pe;
Que, es necesario incorporar en el formulario vigente
de la encuesta estadística minero-metálica, minero no -
metálica y de producción metalúrgica, e Indicadores de
desempeño una sección en la que el titular aporte una
explicación sobre las cifras declaradas en la encuesta a n
de analizar la estadística minera. Dicha información será
utilizada en las publicaciones del Ministerio de Energía y
Minas;
De conformidad con lo establecido en el inciso w) del
artículo 101 del Texto Único Ordenado de la Ley General
de Minería aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-
EM;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Incluir en la encuesta estadística minero-
metálica, minero no - metálica y de producción metalúrgica, e
Indicadores de Desempeño –disponible en el portal o página
web del Ministerio de Energía y Minas: http://extranet.minem.

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