RESOLUCION MINISTERIAL N° 333-2013-VIVIENDA - Establecen monto correspondiente a la asignación de recursos que la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público efectuará con cargo a los saldos del Fondo para la Reconstrucción -Sismo del 15 de agosto de 2007, para diversos proyectos

Fecha de publicación29 Diciembre 2013
Fecha de disposición29 Diciembre 2013
El Peruano
Domingo 29 de diciembre de 2013
512982
MTC/15 sobre el “Régimen de Autorización y Funcionamiento de
las Entidades Certif‌i cadoras de Conversiones y de los Talleres
de Conversión a GNV”, aprobada por Resolución Directoral
Nº 3990-2005-MTC/15 y modif‌i cada por las Resoluciones
Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y
elevado al rango de Decreto Supremo conforme al Artículo 2º
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a la empresa M & M
SERVICIOS Y SUMINISTROS S.A.C., como Taller de
Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV para la instalación
del kit de conversión o el cambio de motor correspondiente
y operar en el local ubicado en la Av. La Marina Nº 440,
Distrito de Pueblo Libre, Provincia y Departamento de
Lima, por el plazo de cinco (05) años contados a partir del
día siguiente de la publicación de la presente Resolución
Directoral en el Diario Of‌i cial “El Peruano”.
Artículo Segundo.- La empresa M & M SERVICIOS Y
SUMINISTROS S.A.C., bajo responsabilidad debe presentar
a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones, el correspondiente
“Certif‌i cado de Inspección del Taller” vigente emitido por
alguna Entidad Certif‌i cadora de Conversiones antes del
vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:
ACTO Fecha máxima de
presentación
Primera Inspección anual del taller 28 de octubre de 2014
Segunda Inspección anual del taller 28 de octubre de 2015
Tercera Inspección anual del taller 28 de octubre de 2016
Cuarta Inspección anual del taller 28 de octubre de 2017
Quinta Inspección anual del taller 28 de octubre de 2018
En caso que la empresa autorizada no presente el
correspondiente “Certif‌i cado de Inspección del Taller” vigente
al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá
conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº
001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización.
Artículo Tercero.- La empresa M & M SERVICIOS
Y SUMINISTROS S.A.C., bajo responsabilidad debe
presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la
renovación o contratación de una nueva póliza de seguro de
responsabilidad civil extracontractual contratada antes del
vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:
ACTO Fecha máxima de
presentación
Primera renovación o contratación de nueva póliza 19 de setiembre de 2014
Segunda renovación o contratación de nueva póliza 19 de setiembre de 2015
Tercera renovación o contratación de nueva póliza 19 de setiembre de 2016
Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 19 de setiembre de 2017
Quinta renovación o contratación de nueva póliza 19 de setiembre de 2018
En caso que la empresa autorizada, no cumpla con
presentar la renovación o contratación de una nueva póliza
al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá
conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº
001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización.
Artículo Cuarto.- Remitir a la Superintendencia de
Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías
(SUTRAN), copia de la presente Resolución Directoral para
las acciones de control conforme a su competencia.
Artículo Quinto.- Remítase copia de la presente
Resolución Directoral al Administrador del Sistema de
Control de Carga de GNV.
Artículo Sexto.- La presente Resolución Directoral
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en
el Diario Of‌i cial “El Peruano”. El costo de la publicación
de la presente Resolución Directoral será asumido por la
empresa solicitante.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ
Director General (e)
Dirección General de Transporte Terrestre
1031944-1
VIVIENDA, CONSTRUCCION
Y SANEAMIENTO
Establecen monto correspondiente a la
asignación de recursos que la Dirección
General de Endeudamiento y Tesoro
Público efectuará con cargo a los saldos
del Fondo para la Reconstrucción -
Sismo del 15 de agosto de 2007, para
diversos proyectos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 333-2013-VIVIENDA
Lima, 28 de diciembre de 2013
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 4 de la Ley Nº 29800, Ley que
promueve la intervención de las entidades de los
Gobiernos Nacional, Regional y Local en las zonas
afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007,
establece que el Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento prioriza los proyectos que se ejecutan en el
marco de dicha Ley;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 014-2013-
VIVIENDA, se aprobó la priorización de los Proyectos
de Inversión Pública conforme el orden establecido en el
Anexo que forma parte integrante del mismo Decreto;
Que, el artículo 3 del referido Decreto Supremo,
dispone que mediante Resolución Ministerial del Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento se establecerán
los montos correspondientes a la asignación de recursos
que la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro
Público del Ministerio de Economía y Finanzas efectuará
a favor de las entidades ejecutoras que lo soliciten, para el
f‌i nanciamiento de los Proyectos de Inversión Pública que
sean priorizados;
Que, el Anexo del Decreto Supremo N° 014-2013-
VIVIENDA, considera los Proyectos de Inversión Pública:
“Mejoramiento de la Calle Principal de la Zona A, Distrito
de Huancano – Pisco – Ica”, con Código SNIP Nº 224172;
“Creación de Pistas y Veredas en las Ca. Juan José Miranda,
Sánchez Cerro, Los Nardos, Los Claveles, Cieneguilla, Marta
Reyes, La Esperanza, Los Rosales, San Miguel, Jorge Chávez
y Pasaje Las Amapolas en el Distrito de Pisco, Provincia
de Pisco – Ica”, con Código SNIP Nº 225262; “Creación de
Pistas y Veredas en el Asentamiento Humano Las Dunas,
Distrito de Túpac Amaru Inca, Provincia de Pisco – Ica”, con
Código SNIP Nº 208547; “Creación de Pistas y Veredas de los
Asentamientos Humanos Pachacutec y Nuevo Amanecer del
Distrito de Túpac Amaru Inca, Provincia de Pisco – Ica”, con
Código SNIP Nº 222802;
Que, mediante Informe N° 1187-2013-VIVIENDA-VMVU/
PMIB, de fecha 24 de diciembre de 2013, el Programa
Mejoramiento Integral de Barrios emitió el Informe sobre
Asignación de Recursos para los citados Proyectos de
Inversión Pública;
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el
monto correspondiente a los Proyectos de Inversión Pública
antes descritos; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158,
Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, y el Decreto Supremo Nº
002-2002-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Establecer el monto correspondiente
a la asignación de recursos que la Dirección General
de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de
Economía y Finanzas efectuará con cargo a los saldos del
Fondo para la Reconstrucción - Sismo del 15 de agosto
de 2007, creado mediante el Decreto de Urgencia N° 026-
2007, hasta cubrir la disponibilidad de recursos, de los
siguientes proyectos:

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