DECRETO DE ALCALDIA N° 009-2014/MM - Declaran que predios ubicados en Av. 28 de Julio Ns° 562 - F y 562- C, se encuentran sometidos al régimen especial de conservación establecidos en las Ordenanzas N°s 387/MM y 401/MM

EmisorMUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Fecha de la disposición26 de Mayo de 2014
El Peruano
Lunes 26 de mayo de 2014 523919
y conforme se desprende del Informe Legal Nº 156-2013-
SGCA-GDUMA/MM de fecha 10 de junio de 2013, emitido
por la Subgerencia de Catastro;
Que, en virtud de lo expresado se programaron las
inspecciones a las que se hace mención en al artículo
4 de la Ordenanza Nº 401/MM, luego de los cuales se
emitió el Informe Técnico Nº 1406-2013-SGCA-GDUMA/
MM de fecha 03 de setiembre de 2013, que obra en el
folio veintiuno (21) y siguientes de los actuados, mediante
al cual se efectúa el diagnóstico del predio ubicado en
Av. 28 de Julio Nº 562 - F, Miraf‌l ores, que contiene la
determinación de las áreas o zonas del predio con valor
urbanístico que deberán mantenerse intangibles, el estado
de conservación de las mismas, las recomendaciones
a considerar para las obras a realizarse y los derechos
edif‌i catorios a transferir;
Que, en mérito a lo indicado y acorde a lo establecido
en el artículo 6 de la Ordenanza Nº 401/MM, la Subgerencia
de Catastro emitió la Resolución de Subgerencia Nº
024-2014-SGCA-GDUMA/MM de fecha 04 de marzo de
2014, que declara procedente la solicitud presentada por
la administrada, entre otros aspectos; correspondiendo
emitir el decreto de alcaldía en cumplimiento de lo
señalado en el artículo 18 de la ordenanza citada, a f‌i n de
que se constituya el documento con el que se dispone la
limitación o restricción de demoler, ampliar y/o remodelar
el predio ubicado en Av. 28 de Julio Nº 562 - F, Miraf‌l ores,
con la f‌i nalidad que el decreto de alcaldía a emitirse y
demás actos vinculados, sean inscritos en la Partida
Nº 47506093 del Registro de la Propiedad Inmueble de
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos -
Sede Lima;
Que, por lo expuesto, corresponde emitir un nuevo
decreto de alcaldía en el presente caso, de conformidad
con la opinión contenida en el Informe Legal Nº 228-2014-
GAJ/MM de fecha 22 de mayo de 2014;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
contenidas en el artículo 20, numeral 6, y el artículo 42 de
DECRETA:
Artículo Primero.- Declarar que el predio ubicado
en la Av. 28 de Julio Nº 562 - F, Miraf‌l ores, se encuentra
sometido al régimen especial de conservación establecido
conforme a lo dispuesto en la Resolución de Subgerencia
Nº 024-2014-SGCA-GDUMA/MM de fecha 04 de marzo
de 2014; consecuentemente, la propietaria del predio en
mención se encuentra sujeta a los deberes y obligaciones
que emanen de dicho régimen.
Artículo Segundo.- Disponer la inscripción de la
Carga Técnica Registral respecto del predio ubicado
en la Av. 28 de Julio Nº 562 - F, Miraf‌l ores, inscrito en
la Partida Electrónica Nº 47506093, consistente en el
cumplimiento de las limitaciones y restricciones referidas
a la demolición, ampliación y/o remodelación de las áreas
tangibles del predio, así como el deber de mantenerlo en
buen estado de manera permanente, según lo dispuesto
en el artículo tercero de la Resolución de Subgerencia Nº
024-2014-SGCA-GDUMA/MM de fecha 04 de marzo de
2014.
Artículo Tercero.- Disponer que la propietaria del
predio ubicado en la Av. 28 de Julio Nº 562 - F, Miraf‌l ores,
lleve a cabo las acciones necesarias para la puesta en
valor del mismo, de conformidad con la disposiciones
de la Ordenanza Nº 387/MM y de la Ordenanza Nº 401/
MM, comprometiéndose a proteger el estado físico del
inmueble una vez restaurado y mantenido su estado
original, en estricto cumplimiento de las recomendaciones
comprendidas en el Informe Técnico Nº 1406-2013-
SGCA-GDUMA/MM, que obra en el Expediente Nº 4356-
2013.
Artículo Cuarto.- Derogar, a partir de la entrada en
vigencia del presente dispositivo, el Decreto de Alcaldía
Nº 009-2013/MM, publicado con fecha 03 de octubre de
2013 en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaría General
la publicación del presente decreto de alcaldía en
el Diario Of‌i cial El Peruano, y a la Gerencia de
Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación
del mismo y del anexo que forma parte integrante, en
el Portal Institucional (www.miraf‌l ores.gob.pe), en la
misma fecha de su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano, conforme a ley.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JORGE MUÑOZ WELLS
Alcalde
1087261-1
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 009-2014/MM
Miraf‌l ores, 22 de mayo de 2014
EL ALCALDE DE MIRAFLORES
CONSIDERANDO:
Que, según el artículo 194 de la Constitución
Política del Perú, las municipalidades provinciales
y distritales son los órganos de gobierno local con
autonomía política, económica y administrativa en
asuntos de su competencia. De igual modo, acorde con
el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972,
la Carta Magna establece para las municipalidades
radica en la facultad de ejercer actos de gobierno,
administrativos y de administración, con sujeción al
ordenamiento jurídico;
Que, con la Ordenanza Nº 387/MM se constituye y
regula las Microzonas de Valor Urbanísticos y Ejes de
Aprovechamiento del Potencial de Desarrollo Urbano
en el distrito de Miraf‌l ores; asimismo, con la Ordenanza
Nº 401/MM se emiten las disposiciones que regulan la
aplicación de la Ordenanza Nº 387/MM, desarrollándose,
entre otros aspectos, el procedimiento para acogerse a
los benef‌i cio que dichos dispositivos establecen. En tal
sentido, con las ordenanzas referidas se busca orientar la
composición arquitectónica de las edif‌i caciones, proteger
la arquitectura de valor representativo, preservando los
predios que constituyen patrimonio cultural o aquellos que
no siéndolo, poseen un valor urbanístico en su conjunto,
como mecanismo de preservación de la identidad
distrital;
Que, a través del Expediente Nº 4355-2013, ingresado
el 06 de junio de 2013, doña Alicia Andrea Cannock Zuleta
de Bazo, identif‌i cada con DNI Nº 07811819, solicita su
acogimiento libre y voluntariamente a los alcances de las
citadas ordenanzas, con relación al predio ubicado en la
Av. 28 de Julio Nº 562 - C, Miraf‌l ores;
Que, conforme se aprecia en el expediente antes
citado y de acuerdo a la verif‌i cación realizada por
la unidad orgánica competente, la administrada
ha cumplido con acompañar los requisitos que se
exigen para la emisión del Certif‌i cado de Derechos
Edif‌i catorios al que hacen referencia las disposiciones
de la Ordenanzas Nº 401/MM y conforme se desprende
del Informe Legal Nº 155-2013-SGCA-GDUMA/MM de
fecha 10 de junio de 2013, emitido por la Subgerencia
de Catastro;
Que, en virtud de lo expresado se programaron las
inspecciones a las que se hace mención en al artículo 4
de la Ordenanza Nº 401/MM, luego de los cuales se emitió
el Informe Técnico Nº 1445-2013-SGCA-GDUMA/MM
de fecha 09 de setiembre de 2013, que obra en el folio
veintisiete (27) y siguientes de los actuados, mediante
al cual se efectúa el diagnóstico del predio ubicado en
Av. 28 de Julio Nº 562 - C, Miraf‌l ores, que contiene la
determinación de las áreas o zonas del predio con valor
urbanístico que deberán mantenerse intangibles, el estado
de conservación de las mismas, las recomendaciones

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