13 0254-99 - Encomiendan a empresa llevar a cabo proceso de liquidación del Banco República a partir de suscripción de contrato de locación de servicios

Fecha de disposición19 Abril 1999
Fecha de publicación19 Abril 1999
Pág. 172321
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 19 de abril de 1999
S B S
Encomiendan a empresa llevar a cabo
proceso de liquidación del Banco Repú-
blica a partir de suscripción de contra-
to de locación de servicios
RESOLUCION SBS Nº 0254-99
Lima, 12 de abril de 1999
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SBS Nº 1196-98 de fecha 25
de noviembre de 1998, se declaró en estado de disolución
y liquidación al Banco República;
Que, mediante concurso público para seleccionar a la
persona jurídica encargada de la liquidación del Banco
República se otorgó la buena pro a la empresa Centro de
Servicios y Elaboración de Proyectos de Inversión - Facul-
tad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional
Mayor de San Marcos;
De conformidad con los Artículos 115º y 349º de la Ley
General de Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -
Ley Nº 26702, en adelante Ley General;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Encomendar a partir de la fecha
de suscripción del Contrato de Locación de Servicios, a la
empresa Centro de Servicios y Elaboración de Proyectos
de Inversión - Facultad de Ciencias Económicas de la
Universidad Nacional Mayor de San Marcos, para que
lleve a cabo en nombre y representación de la Superin-
tendencia de Banca y Seguros el proceso de liquidación
del Banco República, con las atribuciones contenidas en
las Resoluciones SBS Nºs. 202-97 y 883-97 y las facultades
de poder general y especial contenidas en los Artículos 74º
y 75º del Código Procesal Civil concordantes con el Artícu-
lo 368º de la Ley General, quien asumirá la representación
y administración de la mencionada empresa en liquida-
ción, sin que sea necesario el otorgamiento de poder por
escritura pública ni por acta ante juez u otra autoridad.
Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación
de los señores Demetrio Castro Zárate y Armando Oliva-
res, representantes de esta Superintendencia en el Banco
República en liquidación, en la fecha en que se efectúe la
transferencia del cargo encomendado. Asimismo, en esa
misma fecha se deja sin efecto el Artículo Segundo de la
Resolución SBS Nº 1196-98, consecuentemente se les
revoca los poderes otorgados a dichas personas.
Artículo Tercero.- Encomendar al señor Adolfo Man-
driotti Hurtado, Superintendente Adjunto de Administra-
ción General, la suscripción del Contrato de Locación de
Servicios con la empresa Centro de Servicios y Elaboración
de Proyectos de Inversión - Facultad de Ciencias Económi-
cas de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTIN NARANJO LANDERER
Superintendente de Banca y Seguros
5034
ADUANAS
Aprueban Circular referida a la transmi-
sión de campos de unidad y tipo de
unidades físicas y comerciales o de
producción de la DUI y de la DUE
CIRCULAR Nº 46-14-99-ADUANAS-INTA
Callao, 15 de abril de 1999
Señor
Intendente de Aduana
Presente.-
------------------------------------------------
REF.- Régimen de Admisión Temporal
Consignación de Unidades Físicas y
Comerciales o de Producción
------------------------------------------------
Teniendo en cuenta la problemática presentada en las
Aduanas Operativas por el incumplimiento de los Despa-
chadores de Aduana de transmitir correctamente los
campos de unidad y tipo de unidades físicas y comerciales
o de producción de la DUI - Admisión Temporal y de la
DUE, estando a la delegación de facultades otorgada
mediante Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº
001029 del 18.3.97, sírvase recordar al personal de esa
Intendencia lo siguiente:
1. Los Despachadores de Aduana para el envío electró-
nico de datos al momento de la numeración de la DUI -
Admisión Temporal o de la DUE, en el archivo
IMPDET01.TXT deberán indicar:
COLUMNAS:
UNID_FIQTY Numeric 12 3 Cantidad de Unidades Físicas
UNID_FIDES Character 3Tipo de Unidades Físicas según
R.I.N. Nº 000154 pub. el 30.1.98
y Circular Nº 46-09-98-ADUA-
NAS/INTA pub. el 26.2.98.
QUNICOM Numeric 14 3 Cantidad de Unidades Comer-
ciales o de Producción referidas
al tipo de unidad según el Cua-
dro de Insumo Producto.
TUNICOM Character 3Tipo de Unidades Comerciales
o de Producción según el Cua-
dro de Insumo Producto del
beneficiario.
Si se trata de la numeración de
la DUI - Admisión Temporal
corresponderá a las unidades
comerciales o de producción
declaradas para el ítem de insu-
mo.
Si se trata de una DUE corres-
ponderá a las unidades comer-
ciales o de producción declara-
das para el ítem del producto
compensador.
2. Los Despachadores de Aduana deberán declarar las
unidades de comercialización o de producción en los
siguientes rubros según corresponda:
DECLARACION UNICA DE IMPORTACION (DUI)
7.25 Descripción de Mercancía Cant. Unid. Com: Tipo Unidad. Com:
DECLARACION UNICA DE EXPORTACION (DUE)
6.15 Descripción de Mercancía
3. El tipo de unidad comercial o de producción debe ser
indicado en estricta concordancia con lo declarado en el
Cuadro de Insumo Producto respectivo según se trate de
insumo o de producto compensador, debiendo llenar obli-
gatoriamente los casilleros señalados en el numeral ante-
rior aun cuando estas unidades coincidan con las declara-
das en el casillero tipo de unidades físicas.
Atentamente,
MIGUEL ARRIOLA LUYO
Intendente Nacional de Técnica Aduanera
5028

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