DECRETO SUPREMO N° 058-2012-PCM - Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en el Anexo de Astobamba, distrito de Cajatambo, provincia de Cajatambo, en el departamento de Lima

Fecha de disposición29 Mayo 2012
Fecha de publicación29 Mayo 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 29 de mayo de 2012
467076
En Lima, a los nueve días del mes de mayo de dos
mil doce.
DANIEL ABUGATTÁS MAJLUF
Presidente del Congreso de la República
YEHUDE SIMON MUNARO
Segundo Vicepresidente del
Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE
LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho
días del mes de mayo del año dos mil doce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ÓSCAR VALDÉS DANCUART
Presidente del Consejo de Ministros
794288-2
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DEJA SIN EFECTO EL REQUISITO DE
AFILIACIÓN OBLIGATORIA A UN SEGURO MÉDICO
PARA TENER ACCESO AL CRÉDITO EN EL
SISTEMA FINANCIERO
Artículo único. Objeto de la Ley
Déjase sin efecto el literal b) del artículo 3 del Decreto
Supremo 034-2010-SA, que aprueba mecanismos
conducentes a la af‌i liación obligatoria del Aseguramiento
Universal en Salud (AUS).
Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la
República para su promulgación.
En Lima, a los ocho días del mes de mayo de dos mil
doce.
DANIEL ABUGATTÁS MAJLUF
Presidente del Congreso de la República
MANUEL ARTURO MERINO DE LAMA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE
LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho
días del mes de mayo del año dos mil doce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ÓSCAR VALDÉS DANCUART
Presidente del Consejo de Ministros
794288-3
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que declara el
Estado de Emergencia en el Anexo
de Astobamba, distrito de Cajatambo,
provincia de Cajatambo, en el
departamento de Lima
DECRETO SUPREMO
Nº 058-2012-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Of‌i cio Nº 120-2012-GRL-PRES,
sustentado en el Informe Nº 226-2012-GRL-
GRRNGMA/ORDC y el Informe Técnico Nº 004-2012-
GRL/GRRNGMA/ODC/JLMM de “Estimación de Riesgo
en el Anexo de Astobamba, distrito de Cajatambo,
provincia Cajatambo, Región Lima”, el Presidente del
Gobierno Regional de Lima, solicita la Declaratoria
de Estado de Emergencia del Anexo de Astobamba,
ubicado a 3,350 msnm en el distrito de Cajatambo,
provincia de Cajatambo, en el departamento de Lima,
en razón a que dicha zona está siendo afectada por
un fenómeno geológico llamado “Reptación del Suelo”,
que data desde hace aproximadamente 10 años,
siendo su principal manifestación el agrietamiento de
viviendas, existiendo dos zonas críticas comprendidas
entre las cuadras 1 y 2 de la calle Hipólito Unanue y
las cuadras 4 y 5 del Jr. Belaúnde, llegando algunas a
estar seriamente afectadas y en peligro alto de colapso;
siendo la principal causa de este fenómeno el mal uso
de las aguas de regadío en los terrenos agrícolas de
las partes altas; agrietamientos que se han manifestado
con mayor incidencia después del sismo de Pisco del
15 de agosto del 2007;
Que, mediante Informe Nº 013-2012-INDECI/10.2
de fecha 04 de mayo del 2012, la Dirección Nacional
de Prevención del Instituto Nacional de Defensa Civil
– INDECI, se pronuncia teniendo en consideración lo
informado por el Gobierno Regional de Lima, así como
el Informe Técnico “Evaluación de Peligros Geológicos
en el Anexo de Astobamba” de Noviembre 2008, y
el Informe Técnico Nº A6589 “Inspección Técnica:
Deslizamiento – Flujo de tierra en la Comunidad
Campesina de Astobamba” de Enero 2012 emitidos
por el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico –
INGEMMET, señalando que el Anexo de Astobamba,
ubicado en el distrito de Cajatambo, provincia de
Cajatambo, en el departamento de Lima, se encuentra
en Alto Riesgo por la presencia de un Peligro Inminente
de Deslizamiento de Tierras, a consecuencia de un
fenómeno geológico llamado “Reptación del Suelo”,
definido como un movimiento lento del terreno en donde
no se distingue una superficie de falla considerándose
reptación del tipo estacional debido a la humedad
del terreno y cambios climáticos, el mismo que está
ocasionando el hundimiento y el agrietamiento en las
viviendas, a lo que se ha sumado como factor de
causa directa de dicha desestabilización la elevación
de la napa freática, ocasionada por el mal uso de las
aguas de regadío en los terrenos agrícolas de las
partes altas, donde los agricultores utilizan el sistema
de riego por inundación, que se ve incrementado por
la presencia de un canal de regadío con flujo de agua
permanente que inunda constantemente los terrenos
adyacentes al Jr. Belaunde (parte baja), existiendo
por ello Riesgo Muy Alto para la población, situación
que constituye un Peligro Inminente, requiriéndose

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